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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 4939
Aprobación inicial del expediente núm. 12/2017 de modificación de créditos en el presupuesto propio de la Corporación del ejercicio 2017 por crédito extraordinario (CE04/2017), por suplemento de créditos (SUP01/2017) y de cambio de destino de proyectos de inversión de ejercicios anteriores (CD02/2017)

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Texto

En la Intervención General del Consell de Mallorca, de acuerdo con aquello que disponen los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del RDL 2/2004, por el cual se aprueba el Texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, del expediente núm. 12/2017 de modificación de créditos por crédito extraordinario (CE04/2017), por suplemento de créditos (SUP01/2017) y de cambio de destino de proyectos de inversión de ejercicios anteriores (CD02/2017) en el presupuesto propio de la Corporación del ejercicio de 2017, aprobado inicialmente por el Pleno en sesión ordinaria celebrada 11 de mayo de 2017.

Los interesados que estén legitimados según lo que disponen los artículos 63.1 de la Ley 7/185 y 170 del RDL 2/2004 y por los motivos taxativamente enumerados en el apartado 2 del mencionado artículo 170, pueden presentar reclamaciones y sugerencias, con sujeción a los trámites siguientes:

  1. Plazo de exposición, admisión de reclamaciones y sugerencias: Quince días hábiles a partir del día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOIB.
  2. Oficina de presentación: Registre general del Consell de Mallorca.
  3. Órgano ante el cual se tiene que reclamar: Pleno del Consell de Mallorca.

La modificación de crédito del presupuesto 2017 del Consell de Mallorca se considerará definitivamente aprobada si, durante este plazo indicado, no se presenta ninguna reclamación.

  

Palma, 11 de mayo de 2017

Por delegación del presidente, el secretario general

(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)

Jeroni M. Mas Rigo