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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TERRITORIO, ENERGÍA Y MOVILIDAD

Núm. 4891
Extracto de la Resolución del consejero de Territorio, Energía y Movilidad de 8 de mayo de 2017 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para establecer nuevos puntos de recarga para vehículo eléctrico destinados a la Administración pública local, dentro del Programa Operativo FEDER 2014-2020.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): 345646

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

1. Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas para puntos de recarga para vehículo eléctrico las administraciones públicas locales que lleven a cabo la actividad en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Islas Baleares. Se excluyen los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles públicas.

Los beneficiarios tienen que haber manifestado, por acuerdo del órgano competente, la decisión de adherirse al convenio de colaboración con la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad y el consejo insular correspondiente para el desarrollo de un proyecto piloto para la implantación de la movilidad eléctrica en las Islas Baleares (MELIB).

2. Objeto

El objeto de esta Resolución es aprobar y regular la convocatoria pública de ayudas para fomentar la instalación de nuevos puntos de recarga públicos para vehículo eléctrico.

3. Bases reguladoras

La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Islas Baleares.

En todo lo que no prevén esta Resolución ni la Orden mencionada se aplicará el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

4. Cuantía

Estas ayudas están cofinanciadas en un 50 % con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de las Islas Baleares.

El importe económico de esta convocatoria es de 600.000 €, con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para el año 2017 y, concretamente, a las partidas siguientes:

— 25601 731A01 76000.10 FF 31110            323.000,00 €

— 25601 731A01 76100.10 FF 31110                7.000,00 €

— 25601 731A01 76000.11 FF 31110              35.000,00 €

— 25601 731A01 76000.20 FF 31110              93.000,00 €

— 25601 731A01 76100.20 FF 31110                7.000,00 €

— 25601 731A01 76000.30 FF 31110              93.000,00 €

— 25601 731A01 76100.30 FF 31110                7.000,00 €

— 25601 731A01 76100.40 FF 31110              35.000,00 €

Siempre que la disponibilidad presupuestaria lo permita, se podrán incrementar los importes de esta convocatoria.

5. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de tres meses a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Palma,  8 mayo de 2017

El consejero de Territorio, Energía y Movilidad

Marc Pons i Pons