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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 4855
Aprobación Bases i convocatoria pública de subvenciones para actividades escolares i extraescolares curso 2017/2018
BDNS: 345.229 CONCEJALÍA DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Los centros educativos y las asociaciones de madres y padres AMIPAS de Palma, las federaciones-confederaciones de asociaciones de madres y padres, las asociaciones de alumnos y que realicen la actividad u objeto de carácter educativo que fundamente la concesión de la subvención de acuerdo con lo previsto en esta convocatoria.
Segundo. Objeto
Modalidad A: La realización de actividades escolares y extraescolares, en los centros educativos de Palma, desarrolladas por su equipo docente, las asociaciones de madres y padres AMIPAS, las federaciones-confederaciones de asociaciones de madres y padres, las asociaciones de alumnos.
Modalidad B: La realización de actividades de formación y divulgación desarrolladas por las federaciones y / o confederaciones de asociaciones de madres y padres dirigidas a más de una AMIPA de centros educativos de Palma.
Tercero. Bases reguladoras
Bases reguladoras de subvenciones de la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Palma relativas a actividades educativas par el curso escolar 2017/2018 publicadas en el B.O.I.B. y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.
Cuarto. Cuantía
La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 66.000 €, no obstante, en cualquier caso la cantidad máxima a subvencionar para el conjunto de actividades de un centro o entidad no podrá exceder del 5% (3.300 €) de la cuantía total de la consignación presupuestaria de 66.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes se pueden presentar desde el día siguiente de la publicación de las bases y la convocatoria en el BOIB y en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y hasta 29 de setiembre de 2017.
Sexto. Actividades no subvencionables en esta convocatoria
1. Salidas fuera de la isla.
2. Desplazamientos.
3. Actividades deportivas.
4. Monitores para la realización de actividades dentro del horario escolar.
5. Entradas para espectáculos
Palma, 9 de mayo de 2017
El jefe de la Secretaria General del Pleno
Antoni Pol Coll