Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4386
Procedimiento ordinario 922/2015. Notificación de sentencia
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA 51/2017
En Palma de Mallorca, a 30 de marzo de dos mil diecisiete.
Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens
Demandante: D. JOSE HIDALGO BORRAS CARDONA
Abogado: Dª. Magdalena Capellá/D. Jorge Costa Pantoja
Procurador: Dª. Silvia Colom Ruiz
Demandado: IMPTEL S.L. (en rebeldía)
Abogado:
Procurador:
Objeto del juicio: Demanda en resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios.
FALLO
Que debo ESTIMAR Y ESTIMO la demanda interpuesta por la procuradora Dª Silvia Colom Ruiz, en nombre y representación de JOSE HILARIO BORRAS CARDONA, contra IMPTEL S.L. y DECLARAR resuelto el contrato de arrendamiento de obra
suscrito entre las partes en relación a la instalación de placas solares para la climatización de una piscina y CONDENAR a las partes al reintegro de las presentaciones, en concreto, a la entidad demandada a reintegrar al actor la cantidad de 6.000 euros abonada por este concepto; estimar la acción de indemnización de daños y perjuicios y CONDENAR a la parte demandada a que indemnice al actor en la cantidad de 1.746,80 euros (más los intereses legales desde la interposición de la demanda y los intereses procesales del art. 576 LEC), condenando a la demandada al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es susceptible de recurso de apelación que deberá presentarse en el plazo de VEINTE DIAS a contar desde el siguiente a su notificación, previa la consignación y la tasa correspondiente.
Así, por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firma, Dª Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.
Publicación.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en Audiencia Pública en el mismo día de su fecha. Doy Fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad IMPTEL SL, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a siete de abril de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA