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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4356
Notificación sentencia procedimiento ordinario 9/15-M

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Texto

D./Dª. VICENTE MANUEL BOLUFER FRANCIA, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 2 de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento seguido a instancia de SISTEMAS DE SONIDO IBIZA SL frente a EXIVENCO SA, GABRIEL BAUZA MUNAR se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 168/2.017

En Palma, a veintitrés de marzo de dos mil diecisiete

Vistos por mí, D. Tomás Méndez López, Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma, los presentes autos de juicio ordinario registrados con el nº 9/2015, seguidos a instancia de la sociedad mercantil "SISTEMAS DE SONIDO IBIZA, S.L", representada por la Procuradora Dña. Antonia Iniesta Rozalen y asistida del Letrado D. Ernesto Florit Canals, contra la entidad mercantil "EXINVECO S.A" y solidariamente contra D. GABRIEL BAUZA MUNAR, ambos sin representación ni defensa y en situación procesal de rebeldía, sobre acción de reclamación de cantidad y de responsabilidad solidaria de los administradores por deudas sociales; ha recaído la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Antonia Iniesta Rozalen, en nombre y representación de la sociedad mercantil "SISTEMAS DE SONIDO IBIZA, S.L", contra la entidad mercantil "EXINVECO S.A" y solidariamente contra D. GABRIEL BAUZA MUNAR; y en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados, de manera solidaria, a pagar a la actora la suma de 17.544,80 euros, más los intereses legales de la referida suma desde la fecha de interposición de la demanda.

Con expresa imposición de costas a la partes demandadas.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Contra la presente resolución cabe recurso de apelación, ex artículo 455 de la LEC

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, EXIVENCO SA, GABRIEL BAUZA MUNAR , en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a veintisiete de abril de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,