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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 4447
Bases y convocatoria de subvenciones para rehabilitación de fachadas y/o mejoras en accesibilidad y habitabilidad – Campaña “Millorant ca teva, milloram Maó”

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión realizada el día 10 de abril de 2017, adoptó los siguientes acuerdos:

1.- Aprobar las Bases redactadas en fecha marzo de 2017, con los dos anexos correspondientes, que regirán la concesión de subvenciones destinadas a rehabilitación de fachadas y / o mejoras en accesibilidad y habitabilidad durante el año 2017 en régimen de concurrencia competitiva dentro de la campaña 'MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ" destinada a la mejora de las condiciones de seguridad, mantenimiento y estética de las fachadas visibles desde la vía pública y / o de accesibilidad y habitabilidad de los edificios en el casco urbano de Maó.

2.- Aprobar simultáneamente la convocatoria que se regirá por las Bases a las que se ha hecho referencia en el punto anterior.

3.- Las subvenciones concedidas serán con cargo a la partida presupuestaria y con el importe máximo que se indica a continuación:

Partida: 2017 CM2 1511 7800311

Cuantía máxima: € 160.000 que podrá ser incrementada con el crédito procedente de la incorporación de créditos del ejercicio 2016.

De conformidad con el artículo 5 de las bases (plazo de presentación de solicitudes), se publica para que a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares se puedan presentar solicitudes.

La convocatoria aprobada se transcribe a continuación para público conocimiento.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A REHABILITACIÓN DE FACHADAS Y/O MEJORAS EN ACCESIBILIDAD Y HABITABILIDAD. CAMPAÑA 'MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ'

La presente convocatoria basada en los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, transparencia, eficacia y eficiencia tiene por objeto la concesión de ayudas a la rehabilitación de fachadas y/o la introducción de mejoras en el campo de la accesibilidad y habitabilidad de los edificios, durante el año 2017, en el marco de la campaña Millorant ca teva, milloram Maó. Se trata de una actuación destinada a la mejora de las condiciones de seguridad, mantenimiento y estética de las fachadas visibles desde la vía pública y/o de la accesibilidad y habitabilidad de los edificios del casco urbano de Mahón.

La convocatoria se realiza en un régimen de concurrencia competitiva y en ejecución de lo dispuesto en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, publicada en el BOIB núm. 101, de 20 de julio de 2013.

En todo lo no previsto en la presente convocatoria, serán de aplicación la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el reglamento que la desarrolla.

1. PRESUPUESTO

La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria máxima de 160.000 €, que podrá ser atendida con la aplicación de la partida presupuestaria CM2-1511-7800311 del presupuesto municipal del año 2017, que podrá ser incrementada con el crédito procedente de la incorporación de créditos del ejercicio 2016.

2. OBJETO, CONDICIONES, FIN DE LA SUBVENCIÓN Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

1. El objeto y la finalidad de la presente convocatoria es subvencionar a las personas propietarias de inmuebles de Mahón, para que, mediante las intervenciones objeto de la presente convocatoria, garanticen las condiciones de seguridad, mantenimiento y ornamento en las partes de sus edificios que afecten a la vía pública, y/o mejoren las condiciones de accesibilidad y habitabilidad de sus viviendas.

La ayuda que regula esta subvención es compatible con otras ayudas para la misma finalidad que pueda conceder cualquier otra Administración, entidad u organismo público, nacional o internacional. El importe de la ayuda no puede ser, en ningún caso, de una cuantía que, aislada o conjuntamente con otras subvenciones o ayudas, supere el coste total de la actuación.

2. Los inmuebles a subvencionar deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar situados en el ámbito del suelo urbano del término municipal de Mahón.

b) Ser edificios con una antigüedad igual o superior a 35 años.

c) Para ejecutar en ellos la actuación, no debe ser necesario tramitar un proyecto técnico.

d) Las subvenciones relativas a fachadas deberán  afectar a todas las fachadas del inmueble que den a la vía pública.

e) Las subvenciones en materia de habitabilidad y accesibilidad deberán ser consecuentes con los criterios establecidos en los puntos 12 y 13 de la base 8; será obligatoria la justificación de todas las mejoras efectuadas en el interior del inmueble.

f) Las subvenciones para los inmuebles situados en el puerto de Mahón únicamente afectarán a las fachadas y necesitarán autorización de Autoridad Portuaria.

3.  Serán obligaciones de las personas beneficiarias:

a) Ejecutar las obras objeto de la subvención.

b)  Justificar el cumplimiento de los requisitos y  condiciones que determinan la concesión de la subvención.

c) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el Ayuntamiento, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información les sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores y que no figure en los archivos municipales.

d) Comunicar la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e)Acreditar, antes de que sea dictada la propuesta de resolución de concesión, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. La comprobación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Mahón se efectuará de oficio.

f) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en esta convocatoria, así como en los demás previstos en la Ordenanza General de Subvenciones.

4. La cuantía de las subvenciones, en el caso de rehabilitación de fachadas, será de un 50% del presupuesto de ejecución material de las obras, con un máximo de 55 € por metro cuadrado de superficie de fachada a rehabilitar. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de revisar los presupuestos presentados y requerir la subsanación de las deficiencias, en caso de que no se consideren correctos. La cuantía máxima de la subvención será de 3.500,00 € si no se sustituye la carpintería y de 5.500,00 si se sustituye la carpintería.

5. La cuantía de las subvenciones en obras de mejora de habitabilidad y accesibilidad será de un 50% del presupuesto de ejecución material de las obras, con un máximo de 800,00 € por metro cuadrado de actuación. El Ayuntamiento se reserva la posibilidad de revisar los presupuestos presentados y de requerir la subsanación de las deficiencias, en caso de que no se consideren correctos. La cuantía máxima de la subvención será 4.500,00 €.

3. REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN

Podrán solicitar la subvención las personas físicas y jurídicas que reúnan los siguientes requisitos:

a)  Ser propietarias de algún inmueble que cumpla las condiciones del punto 2.2 de la presente convocatoria.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

c)  No estar incluidas en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón.

Asimismo, podrán solicitar la subvención las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos.

Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente —tanto en la solicitud, como en la resolución de concesión— los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de  personas beneficiarias. Deberá  nombrarse una persona de representación de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como persona beneficiaria, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 47 y 58 de la Ordenanza General Municipal de subvenciones.

Los edificios que obtengan una subvención mediante la presente convocatoria no podrán presentarse a una nueva convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Mahón, por el mismo concepto, durante los siguientes 5 años.

4. VALORACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LAS SUBVENCIONES

El órgano competente para la instrucción del procedimiento de subvenciones será la Concejalía de Urbanismo, que realizará de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales se formule la propuesta de resolución.

La propuesta de resolución será formulada por la Comisión de Valoración, a la vista del expediente, y trasladada al órgano competente, para que éste resuelva.

La resolución del procedimiento para la concesión de subvenciones corresponderá a la Junta de Gobierno Local.

La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:

Presidenta: tenienta de Alcaldía de Urbanismo o persona en quien delegue.

1ª vocal: M. Emilia Sánchez Martín, abogada de Urbanismo, o persona en quien delegue.

2º vocal: Xavier Tolós Petrus, arquitecto municipal, o persona en quien delegue

3º vocal: Francisco Olives Manent, técnico municipal de Gestión, o persona en quien delegue.

Hará las funciones de secretaria la primera vocal o persona en quien delegue.

La presidenta de la Comisión de Valoración podrá invitar a sus sesiones a cualquier otro miembro de la corporación, con voz y sin voto.

5. PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

1. La solicitud se ajustará al modelo normalizado que figura en el anexo I y deberá acompañarse con la documentación que figura en el punto 7 de esta convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, se requerirá a la persona interesada para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de cinco días, indicándole que, si no lo hace, se considerará que desiste de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera de los registros siguientes:

a)Oficina de Atención Ciudadana (OAC) del Ayuntamiento de Mahón.

b) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y DE NOTIFICACIÓN

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de tres meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB.

Transcurrido este plazo sin que se haya dictado resolución expresa, la persona interesada podrá entender desestimada su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ordenanza General de Subvenciones.

7. DOCUMENTOS E INFORMACIONES QUE DEBEN ACOMPAÑAR LA SOLICITUD

1. La petición se realizará mediante la presentación de la documentación requerida, correctamente cumplimentada, según el modelo que figura en el anexo I de estas bases:

a) Descripción y datos de las obras a realizar:

 Especificación de si la fachada está catalogada o no

 Descripción de la intervención, de acuerdo con los supuestos de valoración del art. 8 de las presentes bases

Color de la fachada y de la carpintería exterior

 Superficie de intervención

 Presupuesto de las obras

b) Documentación:

 Fotocopia del NIF o CIF de la persona solicitante y de quien la represente

 Fotografía de la fachada y del inmueble objeto de actuación

Presupuesto de las obras a realizar, redactado por el constructor

Modelo de alta de acreedor, procedimiento de pago y modificación de datos bancarios

c) Declaración responsable de la persona o personas solicitantes sobre:

Reunir los requisitos exigidos en la presente convocatoria

 Estar al corriente de las obligaciones con la Administración tributaria y no tener deudas con el Ayuntamiento de Mahón

 No incurrir en ninguna de las causas de prohibición enumeradas en la Ley General de Subvenciones o en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón

2. La persona o personas solicitantes podrán acogerse a lo establecido en los artículos 13 y siguientes  de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en relación a la comunicación y presentación de documentos ante el  Ayuntamiento. 

3. Las personas físicas podrán elegir entre presentar su solicitud a través de medios electrónicos o no hacerlo; será obligatorio presentar su solicitud por medios electrónicos tanto para las personas jurídicas, como para las entidades sin personalidad jurídica, de acuerdo con lo establecido en el art. 14 de la Ley  39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. Las personas interesadas pueden acogerse a lo recogido en el art. 28.2 de la Ley  39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en relación al hecho de no presentar documentos que ya obren en poder del Ayuntamiento o de cualquier Administración Pública. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano  administrativo presentó los citados documentos, y el Ayuntamiento deberá recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas.

5. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento/s por parte de este Ayuntamiento, y con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución, podrá requerirse a la entidad para que lo presente o, en su defecto, para que acredite por otros medios los requisitos a los que se refiere el documento/s.

8. CRITERIOS OBJETIVOS DE VALORACIÓN DE LAS SOLICITUDES

En la valoración de la solicitud de subvención presentada y en la determinación de la cuantía de la ayuda, la Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes aspectos de las obras a realizar, a los que asignará la puntuación que corresponda según los criterios que se indican, hasta un total de 40 puntos:

1.  Fachada incluida en el Catálogo de Protección del Patrimonio Arquitectónico: 2 puntos

2.  Obras de conservación, reparación o consolidación de elementos de la fachada (cornisas, molduras, voladizos, elementos salientes, etc.): hasta un máximo de 4 puntos

3.   Intervención en canales y recogidas de pluviales en la fachada:

3.1. Reparación y/o reposición: 1 punto

3.2. Reconducción de pluviales bajo la acera, hasta la calzada: 1 punto

4.Reparación y restauración (no sustitución) de la carpintería de fachada ya existente: 1 punto

5. Sustitución de carpintería: hasta un máximo de 3 puntos

6.  Obras de reparación o reposición de revoques, revestimientos, aplacados, etc.: hasta un máximo de 2 puntos

7. Pintura de fachadas: 1 punto

8. Ocultación del cableado de la fachada: 2 puntos

9. Supresión de barreras de acceso al inmueble: hasta un máximo de 3 puntos

10.  Obras de supresión de barreras en el interior del inmueble, en la misma planta: hasta un máximo de 2 puntos

11.  Instalación de aparato salva plantas: hasta un máximo de 3 puntos

12.  Referente a la habitabilidad, deberán ser obras de técnica sencilla y poca entidad constructiva, que no supongan alteración del volumen de las instalaciones y servicios de uso común, cuyo objeto sea la mejora para el traslado al interior de un cuarto higiénico exterior: hasta un máximo de 10 puntos

13.  Obras de mejora de habitabilidad de baño y/o cocina en el interior: hasta un máximo de 5 puntos

Una vez valoradas todas las propuestas, se elaborará una lista de las solicitudes presentadas, ordenadas por la puntuación obtenida, de mayor a menor, con indicación del presupuesto a subvencionar, calculado de acuerdo con los puntos 2.4 y 2.5 de la presente convocatoria.


El reparto de la cantidad prevista para las subvenciones en el presupuesto del 2017 entre las solicitudes presentadas se hará comenzando por la propuesta que haya obtenido una mayor puntuación, en sentido descendente de la lista elaborada, hacia las de menor puntuación, hasta que se agote el presupuesto previsto. En caso de que la última subvención asignada sea inferior a la que le correspondería según los puntos 2.4 y 2.5, la persona propietaria del inmueble sólo estará obligada a ejecutar y justificar la parte proporcional del presupuesto subvencionado.

9. NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a las personas solicitantes de conformidad con lo prescrito en los artículos 40 y siguientes de la Ley  39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La resolución de la concesión será publicada en el BOIB, con expresión de la convocatoria, el programa y el crédito presupuestario al que se impute, la persona beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.

La publicación no será necesaria cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 €. En este supuesto, la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears se sustituirá por su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y por la publicación de su extracto en la página web municipal. 

10. PAGO DE LAS SUBVENCIONES

1. Con objeto de facilitar a las personas adjudicatarias la realización de las obras subvencionadas, se realizará un pago anticipado de la subvención otorgada, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

2. Los pagos se realizarán de acuerdo con los siguientes términos y cantidades:

a) Primer pago, del 60% del importe: tras el acuerdo de concesión de la subvención.

b)  Segundo pago, del 40% restante: una vez presentada la justificación de las obras realizadas, según lo establecido en la base 11 de esta convocatoria.

No podrá realizarse el pago de la subvención hasta que la persona beneficiaria no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o mientras sea deudora por resolución de procedencia de reintegro. En este caso, el Ayuntamiento podrá proceder de oficio a saldar previamente las deudas pendientes de cobro de las personas beneficiarias de las subvenciones, mediante compensación de estas subvenciones, o de parte de ellas, con las cantidades adeudadas.

11. PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN

La subvención nunca podrá ser aplicada a obras ya ejecutadas antes de la resolución de la concesión.

Las obras objeto de la subvención deberán ejecutarse en un plazo de 3 meses, a contar a partir del cobro del primer pago de la subvención. La ampliación del plazo de obras sólo será posible en el caso de que, por circunstancias de interés público o privado, debidamente justificadas, no hayan podido ejecutarse en el plazo inicial previsto.

La justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de la concesión de la subvención revestirá la forma de rendición de cuentas justificativa del gasto realizado.

Las personas beneficiarias están obligadas a justificar los gastos producidos por la totalidad de las obras objeto de la subvención. La justificación de la ejecución de las obras se presentará según el modelo que figura en el anexo III de esta convocatoria, acompañada con las facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente, con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, que permitan acreditar el cumplimiento del objeto de la subvención.

El Ayuntamiento de Mahón podrá solicitar los justificantes de los gastos que se estimen oportunos y que permitan la comprobación de la adecuada aplicación de la subvención.

El plazo de justificación de la subvención concedida y, por tanto, de la presentación de la documentación justificativa será de un mes, contado a partir de la finalización de las obras subvencionadas.

12. REINTEGRO DE LAS SUBVENCIONES

Las subvenciones de carácter público no pueden suponer, en ningún caso, lucro; por ello, la obtención concurrente de otras subvenciones para realizar las mismas obras podrá determinar el reintegro de su importe.

Cualquier alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones, personas o entes públicos o privados, no notificadas con anterioridad, podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Si, en el plazo de tres meses, a contar a partir del cobro de la primera parte de la subvención, no se hubieran iniciado las obras de rehabilitación de la fachada, sin justificación adecuada, según lo dispuesto en el apartado 11, podrá requerirse el reintegro de la parte cobrada de la subvención.

La resolución del reintegro de la subvención será adoptada por el Ayuntamiento, previa instrucción de expediente de acuerdo con la legislación general aplicable.

Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público; es aplicable para su cobro lo dispuesto en la normativa vigente de recaudación.

13. LICENCIA DE OBRAS O COMUNICACIÓN PREVIA

La ejecución de las obras objeto de subvención estarán sujetas al régimen de comunicación previa o licencia de obras sin proyecto, en su caso, de acuerdo con lo previsto en el art. 136 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de Ordenación y Uso del Suelo de las Illes Balears, excepto en los supuestos de seguridad, mantenimiento y estética de las fachadas, siempre que se realicen y se cumplan los términos previstos en la presente convocatoria, ya que se trata de obras amparadas en los artículos 117 (deberes legales de los propietarios de bienes inmuebles) y el artículo 52 de la Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno.

Igualmente, la subvención incluye el importe del Impuesto de Obras y Construcciones y la tasa correspondiente, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, 2/2014, la Ordenanza General de Subvenciones del propio Ayuntamiento (BOIB núm. 101, de 2013), las bases de ejecución del Presupuesto para el año 2017 y las propias bases de esta convocatoria.

Sin embargo, deberá realizarse la oportuna notificación al departamento de Movilidad del Ayuntamiento antes de iniciar las obras.

14. RÉGIMEN DE RECURSOS

Contra la presente convocatoria, las bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas, podrán interponerse los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición, ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

b)  Recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra. 

    

Maó-Mahón, 19 de abril de 2017

LA TENIENTA DE ALCALDIA DE URBANISMO,OBRA PÚBLICA Y MOVILIDAD,

DOLORES ANTONIO FLORIT

ANNEX I-ANEXO I

CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A REHABILITACIONS DE FAÇANES  I/O MILLORES EN ACCESSIBILITAT I HABITABILITAT. CAMPANYA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ", ANY 2017

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIONES DE FACHADAS Y/O MEJORAS EN ACCESIBILIDAD Y HABITABILIDAD. CAMPAÑA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ", AÑO 2017

1. DADES DE LA PERSONA SOL·LICITANT / DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nom / Nombre:       

DNI / NIF:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:      

Mòbil / Móvil:                          

Fax:      

Població / Población:                                                                                        

CP:      

Adreça electrònica / Correo electrónico:      

2. DADES DE LA PERSONA REPRESENTANT / DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE

Nom i llinatges / Nombre y apellidos:      

DNI:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:                                     

Mòbil / Móvil:                           

Fax:      

Població / Población:                                                                                          

CP:      

Adreça electrònica / Correo electrónico:      

Com a persona sol·licitant, en qualitat de     

de l’edifici situat a

     ,

SOL·LICIT una subvenció de rehabilitació de façanes i/o millores en accessibilitat i habitabilitat, en el marc de la convocatòria de la campanya "Millorant ca teva, milloram Maó".

Como persona solicitante, en calidad de

     

del edificio situado en

     ,

SOLICITO una subvención de rehabilitación de fachadas y/o mejoras en accesibilidad y habitabilidad, en el marco de la convocatoria de la campaña "Millorant ca teva, milloram Maó".

3. DADES DE LES OBRES PER A LES QUALS SE SOL·LICITA LA SUBVENCIÓ

     DATOS DE LAS OBRAS PARA LAS CUALES SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN

Descripció de les obres / Descripción de las obras:

     

 1. Façana inclosa en el Catàleg de protecció del patrimoni arquitectònic

           Fachada incluida en el Catálogo de protección del patrimonio arquitectónico

 2. Obres de conservació, reparació o consolidació d’elements de la façana (cornises, motllures, voladissos, elements sortints, etc.) / Obras de conservación, reparación o consolidación de elementos de la fachada (cornisas, molduras, voladizos, elementos salientes, etc.)

      3. Intervenció en canals i recollida de pluvials a la façana

          Intervención en canales y recogidas de pluviales en fachada

      3.1  Reparació i/o reposició / Reparación y/o reposición

      3.2  Reconducció de pluvials sota la vorera fins a la calçada

                   Reconducción de pluviales bajo la acera hasta la calzada

  4. Reparació i restauració (no substitució) de la fusteria de façana existent

            Reparación y restauración (no sustitución) de la carpintería de fachada existente

   5. Substitució de la fusteria de façana existent

               Sustitución de la carpintería existente de fachada

   6. Obres de reparació o reposició d’arrebossats, revestiments, aplacats, etc.

             Obras de reparación o reposición de revocos, revestimientos, aplacados, etc.

   7. Pintura de façanes / Pintura de fachadas

             Color:      

   8. Ocultació de cablejats de façana / Ocultación de cableados de fachada

   9. Supressió de barreres d'accés a l'immoble / Supresión de barreras de acceso al inmueble

  10. Obres de supressió de barreres a l'interior de l'immoble, a la mateixa planta

              Obras de supresión de barreras en el interior del inmueble, en la misma planta

  11. Instal·lació d'aparell salvaplantes / Instalación de aparato salva plantas

 12. Trasllat a l'interior d'una cambra higiènica exterior

             Traslado al interior de un cuarto higiénico exterior

13. Obres de millora d'habitabilitat de bany i/o cuina a l'interior.

            Obras de mejora de habitabilidad de baño y/o cocina en el interior

Superfície de façana a rehabilitar / Superficie de fachada a rehabilitar:       

Superfície de millora d'habitabilitat i/o accessibilitat:       

Superficie de mejora de habitabilidad y/o accesibilidad

Pressupost de façana/ Presupuesto de fachada:       

Pressupost d'accessibilitat i/o habitabilitat:       

Presupuesto de accesibilidad y/o habitabilidad

4. DOCUMENTACIÓ QUE S’ACOMPANYA / DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

(Marcau amb una x / marque con una x)

 Fotocòpia NIF/CIF de persona sol·licitant i representant

       Fotocopia NIF/CIF de persona solicitante y representante

 Fotografia de la façana / Fotografía de la fachada

 Fotografies de l'interior de l’immoble/ Fotografías del interior del inmueble

 Pressupost de les obres a realitzar a la façana, redactat pel constructor

       Presupuesto de las obras a realizar en fachada, redactado por el constructor

 Pressupost de les obres a realitzar a l'interior de l'immoble, redactat pel constructor

       Presupuesto de las obras a realizaren el interior del inmueble, redactado por el constructor

 Model d’alta de creditor / Modelo de alta de acreedor

5. INFORMACIÓ TRIBUTARIA / INFORMACIÓN TRIBUTARIA

(Marcau amb una x / marque con una x)

 La persona sol·licitant AUTORITZA l’Administració perquè aquesta pugui sol·licitar la informació de caràcter tributari o econòmic a l’Agencia Tributària Estatal (AEAT), a l’Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB), a la Tresoreria General de la Seguretat Social i a la Direcció General del Cadastre, així com perquè pugui comprovar i verificar les dades de caràcter personal, d’acord amb el que estableix el Reial decret 6/2013, de 8 de febrer, de mesures de simplificació documental dels procediments administratius.

La persona solicitante AUTORIZA a la Administración para que ésta pueda solicitar la información de carácter tributario o económico a la Agencia Tributaria Estatal (AEAT), a la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), a la Tesorería General de la Seguridad Social y a la Dirección General del Catastro, así como para que pueda comprobar y verificar los datos de carácter personal, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

En cas de no marcar la casella d’autorització, es compromet a aportar la documentació acreditativa d’estar al corrent de les seves obligacions tributàries i amb la Seguretat Social. / En caso de no marcar la casilla de autorización, se compromete a aportar la documentación acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

6. DECLARACIÓ RESPONSABLE / DECLARACIÓN RESPONSABLE

(Marcau amb una x / marque con una x)

 Complesc tots els requisits exigits a la present convocatòria.

       Cumplo todos los requisitos exigidos por la presente convocatoria.

 Destinaré l'import íntegre de la subvenció al finançament de l'actuació per a la qual s'ha sol·licitat.

        Destinaré el importe íntegro de la subvención a la financiación de la actuación para la que se ha solicitado.

 Comunicaré a l'Ajuntament la modificació de qualsevol circumstància que afecti algun dels requisits que s'exigeixen per concedir la subvenció.

       Comunicaré al Ayuntamiento la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención.

 Justificaré, dins el termini establert i en la forma que correspongui, el compliment dels requisits i les condicions que van determinar la concessió de la subvenció.

        Justificaré, dentro del plazo establecido y en la forma que corresponda, el cumplimiento de los requisitos y las condiciones que determinaron la concesión de la subvención.

 L’entitat a la qual represent es troba al corrent de les seves obligacions amb l’Administració tributària i no té deutes amb l’Ajuntament de Maó, ni amb la Seguretat Social.

       La entidad a la que represento se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Administración tributaria y no es deudora del Ayuntamiento de Mahón, ni de la Seguridad Social.

 Sé que, en cas de falsedat en les dades o en la documentació aportada, o d'ocultació d'informació, de les quals es pugui deduir intenció d'engany en benefici propi o aliè, podré ser exclòs/osa d'aquest procediment i objecte de sanció. Així mateix, sé que, si escau, els fets es posaran en coneixement del ministeri fiscal, per si poden ser constitutius d'il·lícit penal.

        Sé que, en caso de falsedad en los datos o en la documentación aportada, o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, podré ser excluido/a de este procedimiento y objeto de sanción. Asimismo, sé que, en su caso, los hechos se pondrán en conocimiento del Ministerio Fiscal, por si pueden ser constitutivos de ilícito penal.

  No em trob incurs/a en els supòsits d’incapacitat o incompatibilitat establerts a l’art. 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions, ni en cap de les causes de prohibició establertes a l’Ordenança general de subvencions de l’Ajuntament de Maó

         No estoy incurso/a en los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni en ninguna de las causas de prohibición establecidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mahón

No  sí  he sol·licitat una altra subvenció o ajuda, per a la mateixa finalitat, a altres administracions públiques, entitats públiques o privades.        

No  sí   he solicitado otra subvención o ayuda, para el mismo fin, a otras administraciones públicas, entidades públicas o privadas.        

FIRMA

Maó - Mahón,             de           de       

D’acord amb la Llei orgànica 15/1999, de 13 de desembre, de protecció de dades de caràcter personal, i la normativa que la desenvolupa, us informam que les dades de caràcter personal facilitades en el present imprès s’utilitzaran exclusivament per a la gestió d’aquesta convocatòria i seran incorporades als fitxers que conformen la base de dades de l’Ajuntament de Maó, davant el qual podreu exercitar els drets d’accés, rectificació, cancel·lació i oposició, adreçant-vos als registres municipals.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, le informamos que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Mahón, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los registros municipales.

ANNEX II-ANEXO II

CONVOCATÒRIA DE SUBVENCIONS PER A REHABILITACIONS DE FAÇANES I/O MILLORES EN ACCESSIBILITAT I HABITABILITAT. CAMPANYA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAÓ", ANY 2017

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA REHABILITACIONES DE FACHADAS Y/O MEJORAS EN ACCESIBILIDAD Y HABITABILIDAD. CAMPAÑA "MILLORANT CA TEVA, MILLORAM MAO", AÑO 2017

1. DADES DE LA PERSONA SOL·LICITANT / DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE

Nom / Nombre:       

DNI / NIF:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:      

Mòbil / Móvil:                          

Fax:      

Població / Población:                                                                                         

CP:      

Adreça electrònica / Correo electrónico:      

2. DADES DE LA PERSONA REPRESENTANT / DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE

Nom i llinatges / Nombre y apellidos:      

DNI:      

Domicili / Domicilio:      

Telèfon / Teléfono:                                     

Mòbil / Móvil:                           

Fax:      

Població / Población:                                                                                         

CP:      

Adreça electrònica / Correo electrónico:      

Com a persona sol·licitant, en qualitat de

     

de l’edifici situat a

     ,

EXPÒS

Que vaig obtenir una subvenció de rehabilitació de façanes i/o millores en accessibilitat i habitabilitat, en el marc de la convocatòria de la campanya "Millorant ca teva, milloram Maó" de l’any 2017.

Una vegada finalitzades les obres,

SOL·LICIT

El pagament del segon termini de la subvenció corresponent.

Como persona solicitante, en calidad de

     

del edificio situado en

     ,

EXPONGO

Que obtuve una subvención de rehabilitación de fachadas y/o mejoras en accesibilidad y habitabilidad en el marco de la convocatoria de la campaña "Millorant ca teva, milloram Maó" del año 2017.

Una vez finalizadas las obras,

SOLICITO

El pago del segundo plazo de la subvención correspondiente.

DOCUMENTACIÓ QUE S’ACOMPANYA / DOCUMENTACIÓN QUE SE ACOMPAÑA

(Marcau amb una x / marque con una x)

 Fotografia de la façana / Fotografía de la fachada

 Fotografia de l'interior de l'immoble / Fotografía del interior del inmueble

 Factura justificativa de les obres realitzades / Factura justificativa de las obras realizadas

FIRMA

Maó - Mahón,             de           de       

D’acord amb la Llei orgànica 15/1999, de 13 de desembre, de protecció de dades de caràcter personal, i la normativa que la desenvolupa, us informam que les dades de caràcter personal facilitades en el present imprès s’utilitzaran exclusivament per a la gestió d’aquesta convocatòria i seran incorporades als fitxers que conformen la base de dades de l’Ajuntament de Maó, davant el qual podreu exercitar els drets d’accés, rectificació, cancel·lació i oposició, adreçant-vos als registres municipals.

De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, le informamos que los datos de carácter personal facilitados en el presente impreso se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta convocatoria y serán incorporados a los ficheros que conforman la base de datos del Ayuntamiento de Mahón, ante el que podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose a los registros municipales.