Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 4795
Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 19 de abril de 2017, relativo a la aprobación de la creación del fichero de datos personales recetas
El Pleno del Consell de Mallorca, en fecha 19 de abril de 2017, ha adoptado el siguiente acuerdo:
<<Antecedentes
1. Día 15 de marzo de 2017, la secretaría técnica del departamento de Modernización y Función Pública emitió un informe en el cual se justifican la necesidad y la idoneidad de la creación del fichero de datos personales recetas.
Fundamentos jurídicos
1. El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (LOPD), dispone el procedimiento para crear, modificar o suprimir los ficheros y establece los datos que las disposiciones de creación o modificación tienen que recoger.
2. Este artículo ha sido objeto de despliegue en los artículos 52 y 54-55 del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la LOPD.
3. Día 16 de marzo de 2017, el jefe del servicio técnico de recursos humanos emitió el informe jurídico.
4. De acuerdo con el artículo 31.2, apartado e) del Reglamento orgánico del Consell de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001 (BOIB nº 102, de 15 de agosto) y modificado por acuerdo del Pleno de día 8 de marzo de 2004 (BOIB nº 38, de 16 de marzo), y día 28 de julio de 2008 (BOIB nº 113, de 14 de agosto), corresponde a los consejeros ejecutivos y a las consejeras ejecutivas preparar y presentar, para que lo apruebe el órgano competente, a través del procedimiento establecido, la adopción de los acuerdos apropiados respecto de las materias atribuidas a su departamento, y de acuerdo con la competencia de cada órgano mencionado.
Por eso, propongo que el Pleno adopte el siguiente acuerdo:
1. Aprobar la creación del fichero recetas destinado a la gestión de la compensación farmacéutica del personal proveniente del extinguido régimen especial de Funcionarios de la Administración local con el contenido siguiente, y de acuerdo con el anexo que se acompaña:
2. Publicar este acuerdo en el BOIB.
3. Comunicar este acuerdo al Registro General de la Agencia de Protección de Datos, una vez publicado en el BOIB y en el plazo de 30 días.>>
NOMBRE DEL FICHERO: |
RECETAS |
Órgano responsable |
Servicio técnico de recursos humanos |
Finalidad y usos |
RECURSOS HUMANOS Gestión de personal |
Colectivos de personas |
129 TRABAJADORES DEL CONSELL DE MALLORCA Y 137 PERSONAS BENEFICIARIAS (DATOS A 31-12-2016) |
Procedimiento de recogida datos |
FORMULARIO RECETA |
Estructura básica del fichero |
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Cesiones |
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Unidad para el ejercicio de derechos reconocidos en la LO 15/1999 |
SERVICIO TÉCNICO DE RECURSOS HUMANOS |
Nivel de medidas de seguridad |
ALTO |
Soporte |
PAPEL |
Palma, 5 de mayo de 2017
Por delegación del presidente,
El secretario general
(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB nº 114, de 28 de julio de 2015)
Jeroni Miquel Mas Rigo