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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 4778
Información pública relativa al Acuerdo de aprobación inicial de la modificación de la Relación de puestos de trabajo del Consell Insular de Formentera sobre la posibilidad de participación de personal de otras Administraciones públicas a los procedimientos de provisión del puesto de trabajo "coordinador / a de infraestructuras "

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Texto

Se hace público que el Pleno de la corporación, en la sesión ordinaria del pasado  28 de abril ha adoptado, por mayoría absoluta, lo siguiente

1º.- APROBAR inicialmente la modificación de la Relación de puestos de trabajo de este Consell Insular respecto a la forma de provisión del puesto de trabajo de Coordinador / a de Infraestructuras, tal cual se deriva del anexo.

2º.-SOMETER el expediente presente a información pública, conforme a lo establecido en el artículo 126.3 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en relación a los artículos 164 y siguientes del Texto refundido de la Ley de haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 05 de marzo, mediante la publicación del edicto correspondiente en el BOIB para que los interesados ​​puedan formular reclamaciones en el plazo de 15 días (artículo 169).

3º.- CONSIDERAR que se deberá estar a lo que resulte del trámite de información pública y si hubiera reclamaciones, éstas deberán resolverse expresamente por el Pleno y si no hubiera, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional.

Anexo.- Forma de provisión del puesto de trabajo de Coordinador / a de Infraestructuras: "Lugar abierto a la participación de personal de otras administraciones públicas".

En consecuencia,

se somete el expediente presente a información pública, conforme a lo establecido en el artículo 126.3 del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en relación los artículos 164 y siguientes del Texto refundido de la Ley de haciendas locales aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 05 de marzo, mediante la publicación de este edicto en el BOIB para que los interesados ​​puedan formular reclamaciones en el plazo de 15 días (artículo 169). Se puede consultar el expediente presente la Secretaría de la corporación.

También se hace público que se deberá estar a lo que resulte del trámite de información pública y si hubiera reclamaciones, éstas deberán resolverse expresamente por el Pleno y si no hubiera, se entenderá elevado a definitivo el acuerdo hasta entonces provisional.

En Formentera, 8 de mayo de 2017

La Presidenta en funciones y vicepresidenta primera
Susana Labrador Manchado.