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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 4770
Resolución del director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera de corrección de errores de la Resolución de 8 de marzo de 2017 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza de la categoría de Enfermero/a de Urgencias en Atención Primaria (A2) del Área de Salud de Ibiza y Formentera

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Texto

Hechos

  1. Por medio de la Resolución del director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera de 8 de marzo de 2017 se convocó un procedimiento para cubrir por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de la categoría de Enfermero/a de Urgencias en Atención Primaria del Área de Salud de Ibiza y Formentera. (BOIB nº 31/2017, de 14 de marzo).
  2. En fecha 22/03/2017, se presenta por Dª Montserrat Jiménez Quintero escrito de impugnación alegando contradicción en los requisitos para optar a la plaza en la publicación en castellano con respecto a la publicación en catalán.
  3. Se ha advertido un error en dicha Resolución, concretamente en el párrafo segundo del apartado 3 del Anexo I, Bases de la convocatoria de la versión catalana.

Fundamentos de derecho

  1. El Artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a petición de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
  2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que “la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto o la disposición”

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Rectificar en el anexo de esta resolución los errores observados en la Resolución del director gerente de 8 de marzo de 2017 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, un plaza de la categoría de Enfermero/a de Urgencias en Atención Primaria del Área de Salud de Ibiza y Formentera.

En el párrafo segundo del apartado 3. Del anexo 1. Bases de la convocatoria. Requisitos para optar a la plaza, en la versión catalana:

Donde dice:

“Tenir la condició de personal estatutari fix del Servei de Salut de les Illes Balears i prestar servei a l'Hospital Can Misses d'Eivissa. Si la convocatòria es declara deserta en cas que no s'hagi presentat ningú que compleixi els requisits, es preveu expressament que s'estengui al personal que compleixi els requisits de la resta de l'Àrea de Salut d'Eivissa i Formentera”

Ha de decir:

“Tenir la condició de personal estatutari fix del Servei de Salut de les Illes Balears i prestar serveis a l’Àrea de Salut d’Eivissa i Formentera”

2. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes en veinte días naturales a partir de siguiente a la fecha de  publicación de esta resolución.

Las solicitudes ya presentadas se considerarán válidas salvo que el interesado manifieste por escrito su renuncia o presente nueva solicitud aportando nuevos méritos.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa- puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

Ibiza, 4 de mayo de 2017

El director gerente del Área de Salud de Ibiza y Formentera

José Balanzat Muñoz

Por delegación de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB 148/2015)

Por delegación del director general del Servicio de Salud (BOIB 10/2016)