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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 4689
Cobro, en período voluntario, de recibos correspondiente a los Padrones de Tasa sobre servicio de auto-taxi, de Tasa paradas de venta mercado semanal de Manacor y de Tasa paradas de venta mercado semanal de Porto Cristo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Valentin Valls Droguet, Tesorero, jefe del servicio de recaudación del Ayuntamiento de Manacor, hace saber:

Que durante los días hábiles comprendidos entre el día 1 de junio al 31 de julio ambos inclusive del año 2017, estarán al cobro, en periodo voluntario, los recibos del presente ejercicio, correspondientes a los padrones siguientes:

-TASA SOBRE SERVICIO DE AUTO-TAXI.

-TASA PARADAS DE VENTA MERCADO SEMANAL DE MANACOR

-TASA PARADAS DE VENTA MERCADO SEMANAL DE  PORTO-CRISTO

Los contribuyentes afectados podrán realizar el pago de las deudas tributarias, previa presentación de los documentos cobratorios para su correspondiente validación en los plazos señalados, en cualquiera de las entidades financieras siguientes: CAIXABANK, BANCO MARE NOSTRUM, BANC DE SABADELL, BANCO DE SANTANDER, BANCA MARCH, CAJAMAR, BBVA, CAIXA D’ESTALVIS DE POLLENÇA, BANCO POPULAR ESPAÑOL, BANKINTER y BANKIA.

Al mismo tiempo se recuerda que, para más comodidad, pueden domiciliar los recibos municipales en cualquier entidad bancaria o  caja de ahorros, así como dispone el articulo 25.2 RD 939/2005,  del Reglamento General de Recaudación.

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, tal como dispone el artículo 24.d) del RD 939/2005, del Reglamento General de Recaudación y el artículo 161.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Por lo que se hace público para su conocimiento en general, con el visto bueno del Sr. Alcalde-Presidente, para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 del RD. 939/2005, del Reglamento General de Recaudación.

 

Manacor, 4 de maig de 2017

Visto bueno,

El tesorero

El alcalde,

por delegación de firma

 Valentin Valls Droguet

(Decreto 2313/2016)

5ª teniente de alcalde y delegada

Maria Antònia Sansó Jaume