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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 4564
Resolución de la consejera de Presidencia de 28 de abril de 2017 por la que se somete a información pública el Proyecto de Orden de la consejera de Presidencia de creación de ficheros de la Consejería de Presidencia que contienen datos de carácter personal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 25 de abril de 2017, la secretaria general de la Consejería de Presidencia emitió una memoria justificativa de la necesidad de iniciar la tramitación de una orden de creación de ficheros de la Consejería de Presidencia que contienen datos de carácter personal.

En fecha 26 de abril de 2017, la consejera de Presidencia, de conformidad con el artículo 42 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, dictó la Resolución de inicio de la tramitación del Proyecto de Orden de la consejera de Presidencia de creación de ficheros de la Consejería de Presidencia que contienen datos de carácter personal.

Por todo ello, y vista la naturaleza de la disposición, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Someter a información pública el Proyecto de Orden de la consejera de Presidencia de creación de ficheros de la Consejería de Presidencia que contienen datos de carácter personal, y ponerlo a disposición de las personas interesadas, para que puedan consultar-lo, en las oficinas de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia (paseo de Sagrera, 2, Palma), y también en el apartado de la Secretaría General de la página web de dicha consejería (<http://sgcpres.caib.es>) y en la web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears.

2. Fijar el plazo de información pública en quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Las alegaciones, que deben ir dirigidas a la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, se presentarán en la sede de esta consejería (paseo de Sagrera, 2, Palma) o en cualquiera de los sitios determinados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos en la web Participación ciudadana (<http://participaciociutadana.caib.es>) del Gobierno de las Illes Balears, en el plazo que establece el apartado anterior, de acuerdo con el artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Siempre que las alegaciones presentadas a través de la web contengan la identificación de la persona o la entidad que las formula, deben incluirse en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A este efecto, el órgano responsable de tramitar el Proyecto de Orden emitirá una diligencia de la incorporación de estas alegaciones al expediente.

4. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 28 de abril de 2017

La consejera de Presidencia

Pilar Costa i Serra