Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 4519
Notificación de Resolución de corrección de errores de la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de 30 de diciembre de 2016, RCE2 de fecha 27 de abril de 2017, para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, para el año 2015
Notificación de Resolución de corrección de errores de la Resolución del vicepresidente del FOGAIBA de 30 de diciembre de 2016, RCE2 de fecha 27 de abril de 2017, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 23 de marzo de 2015 por la que se convocan subvenciones para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, para el año 2015
El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 23 de marzo de 2015 por la que se convocan, subvenciones para el Fomento de las razas autóctonas en peligro de extinción, correspondientes al año 2015, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente del FOGAIBA, con fecha 27 de abril de 2017, firmó la siguiente resolución,
“INFORME/PROPUESTA Y RESOLUCIÓNDE CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA RESOLUCIÓNDEL VICEPRESIDENTE DEL FOGAIBA DE 30 DE DESEMBRE DE 2016
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 10.1.4-Fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.
Convocatoria: RZ 2015/RCE2
Antecedentes
1. Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014- 2020.
2. Con fecha de 26 de marzo de 2015 se publicó en el BOIB núm. 43, la resolución del 23 de marzo del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.
3. Con fecha 11 de junio de 2015 se publicó en el BOIB núm. 87, una modificación de la Resolución citada anteriormente, y el 30 de junio de 2016 se publicó en el BOIB núm. 86 de 7 de julio de 2016 otra modificación.
4. Con fecha 28 de julio de 2016, se publica en el BOIB núm. 65 la Resolución del Presidente del FOGAIBA de 28 de julio de 2016 por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
5. El 30 de diciembre de 2016, el vicepresidente del FOGAIBA resolvió la totalidad de los expedientes tramitados al amparo de la resolución del 23 de marzo del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción. Fue notificado a los interesados mediante su publicación en el BOIB núm. 8 del 19/01/2017.
6. En el anexo I de la resolución del 30/12/2017, figura para cada uno de los beneficiarios el censo comprometido a mantener durante el período de cinco años, con indicación expresa de la especie, raza y número de animales.
7. Se han detectado errores en el anexo I que afectan únicamente a la raza de los animales comprometidos, y su corrección no implica variación en la cuantía de las ayudas aprobadas.
Fundamentos de derecho
1. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 23 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción, las resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 9 de junio de 2015, del 16 de mayo de 2016 y del 22 de julio de 2016 por las que se modifica la primera.
2. Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio BOIB núm. 95, de 28 de julio de 2016, por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
Propuesta de resolución de corrección de errores
Por todo ello, se informa favorablemente y propongo al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Modificar la información relativa a los beneficiarios indicados en el anexo adjunto que afecta en el anexo I de la resolución del 30 de diciembre de 2016 del vicepresidente del FOGAIBA de los expedientes tramitados al amparo de la resolución del 23 de marzo del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción.
2. Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92 , de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Palma, 24 de abril de 2017
La jefe de sección II Gemma Canós Franch |
El Jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural, Isidre Cañellas Simonet |
Conforme con la propuesta, dicto resolución |
|
Palma, a 27 de abril de 2017 |
|
El vicepresidente del FOGAIBA, |
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Mateu Ginard i Sampol” |
ANEXO I. CORRECIÓN DE ERRORES (RZ) 2015/ RCE 2
160 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
17 vaques > 24 meses |
Boví menorquí |
39,3 |
7.860,00 € |
6.768,16 € |
2.774,95 € |
277,48 € |
3.715,73 € |
33.840,80 € |
3 vaques 6- 24 meses |
Boví menorquí |
||||||||||
110 ovelles |
Oví menorquí |
||||||||||
4 truges > 50 Kg. |
Porc negre mallorquí |
Modificación:
160 |
(datos personales ocultos) |
(datos personales ocultos) |
17 vaques > 24 meses |
Boví menorquí |
39,3 |
7.860,00 € |
6.768,16 € |
2.774,95 € |
277,48 € |
3.715,73 € |
33.840,80 € |
3 vaques 6- 24 meses |
Boví menorquí |
||||||||||
110 ovelles |
Oví menorquí |
||||||||||
4 ases |
Asenca Balear |
Palma, 2 de mayo de 2017
El director gerente del FOGAIBA
Guillem Rosselló Alcina