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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES

Núm. 4406
Acuerdo del Consejo Ejecutivo, de 26 de abril de 2017, relativo a la aprobación de la Convocatoria de subvenciones año 2017 en el fondo de actividades culturales de entidades de administración local o de los organismos públicos que dependen

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Texto

Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones: 344452

El Consejo Ejecutivo, en la sesión de 26 de abril de 2017, ha tomado, entre otros, el acuerdo que transcribo literalmente a continuación:

«Antecedentes

»1. La Dirección Insular de Cultura ha emitido una memoria justificativa sobre la convocatoria de subvenciones 2017 en el fondo de actividades culturales de las entidades de administración local o de los organismos públicos de ellas dependientes.

»2. Se ha emitido un informe jurídico favorable con respecto a la convocatoria mencionada.

»3. En el expediente de referencia consta la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 20.33430.46201 para llevar a cabo la convocatoria mencionada, visto el documento contable RC con núm. de referencia 22017005051, por un importe de 450.000,00 €.

»4. En fecha 11 de abril de 2017 la intervención general ha emitido informe de fiscalización favorable.

»Fundamentos de derecho

»1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre de 2003).

»2. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones (BOE núm.176, de 25 de julio de 2006).

»3. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca, de 23 de diciembre de 2016 (BOIB, nº. 21, de 18 de febrero de 2017).

»4. Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE nº. 236, de 2 de octubre de 2015).

»5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre del régimen jurídico del sector público

»6. Ordenanza vigente de procedimiento administrativo del Consejo de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca de 2 de mayo de 1995 (BOIB nº. 100, de 10 de agosto de 1995).

»7. Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares (BOIB nº. 134, de 2 de noviembre de 2000).

»8. El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 2 de julio de 2001 (BOIB nº. 102, de 25 de agosto de 2001), y modificado por acuerdos del Pleno de: 8 de marzo de 2004 (BOIB nº. 38, de 16 de marzo de 2004), 28 de julio de 2008 (BOIB nº. 113, de 14 de agosto de 2008), 13 de octubre de 2011 (BOIB nº. 158, de 20 de octubre de 2011), 14 de febrero de 2013 (BOIB nº. 86, de 18 de junio de 2013), 9 de octubre de 2014 (BOIB nº. 145, de 21 de octubre de 2014), 8 de octubre de 2015 (BOIB nº. 186, de 24 de diciembre de 2015), 12 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 157, de 15 de diciembre de 2016) y 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 2, de 5 de enero de 2017).

»9. El Decreto de organización del Consejo de Mallorca, de día 10 de julio de 2015 (BOIB nº. 109, de 18 de julio de 2015), parcialmente modificado por los decretos de 24-02-16 (BOIB nº. 27, de 27 de febrero) y el de 09-03-16 (BOIB nº. 35 de 17 de marzo).

»10. Bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca del año 2017.

»Vistos los antecedentes y los fundamentos de derecho expuestos, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas, propongo que el Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, adopte el siguiente,

»Acuerdo,

»1.Aprobar el expediente 31/2017, relativo a la convocatoria de subvenciones 2017 al fondo de actividades culturales de las entidades de administración local o de los organismos públicos que dependen.

»2. Autorizar un gasto de 450.000,00 € a cargo de la partida presupuestaria 20.33430.46201 (RC con nº. de referencia 22017005051) para atender las subvenciones de la convocatoria.

»3. Aprobar la convocatoria mencionada.

»4. Ordenar la publicación en el BOIB de la convocatoria, por conducto de la base de datos nacional de subvenciones.»

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación o publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, 27 de abril de 2017

El secretario general

(por delegación de la Presidencia,

Decreto de 17-07-2015, BOIB nº. 114, de 28-07-2015)

Jeroni M. Mas Rigo

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES 2017 AL FONDO DE ACTIVIDADES CULTURALES DE ENTIDADES DE ADMINISTRACIÓN LOCAL O DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS DE ELLAS DEPENDIENTE

Primero. Normativa

Las bases reguladoras de esta convocatoria se encuentran recogidas en la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca y de los organismos autónomos dependientes publicada en el BOIB nº. 21 de 18 de febrero de 2017.

Segundo. Dotación presupuestaria

Durante el ejercicio presupuestario de 2017 se destina la cantidad de 450.000,00 €, con cargo en la partida 20.33430.46201, para atender a las subvenciones de esta convocatoria, distribuidos entre las diferentes líneas de ayuda, de la siguiente manera:

Línea I: Proyectos culturales: 275.000,00 €

Línea II: Ferias, muestras, certámenes y festivales de artes escénicas: 120.000,00 €

Línea III: Edición de libros, fonogramas y audiovisuales: 55.000,00 €

Si una vez calculados los importes de las ayudas, se produce algún remanente en alguna de las líneas, la comisión evaluadora puede proponer en el órgano instructor que aumente, si procede, las otras de manera proporcional, es decir, en función de las cantidades asignadas inicialmente a cada línea.

 

Tercero. Finalidad, objeto y condiciones.

Finalidad: El Consejo de Mallorca, a través del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, en el ejercicio de sus competencias pretende, por una parte, impulsar una política cultural propia y, de otra, en este caso en particular, dar apoyo a las entidades de administración local o a los organismos públicos de ellas dependientes, a efectos de incentivar y estimular la política cultural de estas entidades con el apoyo a sus actividades culturales involucrando a la ciudadanía, así como el tejido asociativo del municipio.

Objeto: llevar a cabo actividades culturales destinadas a la colectividad o a un sector del público en general.

Condiciones:

Temporalización de la convocatoria: entre el 1 de noviembre de 2016 y el 31 de octubre de 2017 (ambos incluidos).

Limitación en el número de proyectos:

Línea I Proyectos culturales. Máximo 1 proyecto (las propuestas son libres).

Línea II Ferias, muestras, certámenes y festivales de artes escénicas. Máximo 1 proyecto.

Línea III Edición de libros, fonogramas o audiovisuales. Máximo 1 proyecto.

Cada proyecto puede consistir en una sola actividad o en un conjunto, programadas dentro del periodo subvencionable, y tendrá que describir el contenido de la/s actividad/es y su gasto.

La limitación en el número de proyectos que se pueden solicitar hace referencia a las entidades de administración local y los organismos públicos de ellas dependientes de manera conjunta.

Cuarto. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarios las entidades de administración local de Mallorca y los organismos públicos de ellas dependientes cuando, en este último caso, entre sus objetivos y finalidades, esté la cultura en general, o determinados aspectos culturales en particular, siempre y que los proyectos o actividades objeto de subvención los generen y gestionen estas entidades, de manera que la colaboración de otras entidades sea meramente residual o secundaria.

Quinto.- Régimen de concurrencia

El procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a término mediante concurrencia competitiva en los términos que prevé el artículo 21 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM y en virtud de la cual se comparan, en un único procedimiento, todas las solicitudes presentadas con la intención de establecer una prelación a través de los criterios de evaluación previstos en el punto décimo de esta convocatoria y, de esta manera, conceder las subvenciones a las solicitudes que han obtenido una mayor puntuación, dentro de los límites recogidos en el punto undécimo y hasta el importe del crédito presupuestario establecido.

Sexto. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento. Composición de la comisión evaluadora.

La Intervención General del Consejo de Mallorca se encarga de la fiscalización previa de esta convocatoria y de los actos que se derivan: concesión y justificación de las subvenciones y pago.

Órgano competente para aprobar y resolver la convocatoria: el Consejo ejecutivo del Consejo de Mallorca.

La instrucción corresponde a la Secretaría Técnica del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, que tiene que llevar a cabo todas las actuaciones o los actos de trámite necesarios para velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria.

Comisión de evaluación

Presidencia:

Sr. Rafel M. Creus Oliver, director insular de Cultura. Su sustituto es el Sr. Francesc Riera Vayreda, jefe del Servicio de Cultura.

Secretaría:

Sra. Ana M. Catalán Carrera, jefa de servicio de la Unidad Jurídica Administrativa de Cultura del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, o la funcionaria o el funcionario que la sustituya.

Vocales

Sra. Carme Llabrés Mesana, jefa de la Unidad de Publicaciones del Servicio de Cultura o la funcionaria o el funcionario que la sustituya.

Sr. Guillem Mas Miralles, jefe de la Unidad de Gestión de Bibliotecas del Servicio de Cultura, o la funcionaria o el funcionario que lo sustituya.

Sr. Francesc Xavier Bonnin Salamanca, jefe de la Unidad de Archivo del Sonido y de la Imagen, o la funcionaria o el funcionario que lo sustituya.

Sra. Cristina Llambies Cortès, técnica de Cultura., o la funcionaria o el funcionario que la sustituya.

Séptimo. Documentos e informaciones que se tienen que adjuntar a la petición

Documentación común para todas las líneas

  • Modelo de solicitud (anexo 1).
  • Declaración responsable de que la entidad beneficiaría no ha sido sancionada o condenada, en los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenada por sentencia judicial firme (anexo 1).
  • Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en caso de que haya escogido la opción de no autorizar en el Consejo de Mallorca para obtenerla. (anexo 1).
  • Declaración responsable expresa sobre si el impuesto indirecto IVA se recuperará y/o compensará, o no (anexo 1).
  • Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del NIF o NIE del representante legal de la entidad y, si ocurre, de la persona autorizada para firmar la solicitud.
  • Documentación acreditativa de la vigencia del cargo del representante legal en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud, y acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en caso de que la firme una persona distinta
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante o de persona autorizada, ante autoridad administrativa, de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM (anexo 2).
  • Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante o de persona autorizada, de no haber pedido ningún otro apoyo, ayuda o subvención para llevar a cabo el proyecto/s cultural/es y, si así fuera, de la relación de los apoyos, de las subvenciones y de las ayudas solicitadas o concedidas, con indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras; así como de los ingresos previstos por la ejecución de la actividad (ventas, entradas, etc.) o de la obtención de otros recursos que la financien (anexo 2).
  • Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente en que se tiene que ingresar el importe de la subvención (anexo 4).
  • Proyecto/s cultural/es objeto de la solicitud, firmado bajo la responsabilidad del representante legal de la entidad solicitante, en que se tienen que reflejar y desarrollar, además, los aspectos que conforman los criterios de evaluación de la base décima.
  • Presupuesto, equilibrado y firmado bajo la responsabilidad del representante legal de la entidad solicitante, que incluya el total de los gastos que tiene que suponer la realización del/os proyecto/s y los ingresos con que se ha/de financiar (anexo 3).

Octavo. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvenciones se pueden presentar en el plazo de 15 días hábiles, el cual computa a partir del día siguiente de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).

Hay que presentarlas en cualquier terminal del registro general del Consejo (Centro Cultural de la Misericordia: plaza del Hospital, 4; sede del Consejo: Palacio Real, 1; Hogar de la Juventud: General Riera, 111 y Hogar de la Infancia: General Riera, 113 -Palma-). Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si la solicitud se envía por correo, se tiene que presentar en Correos con el sobre abierto para que la sellen o, en todo caso, para que sellen el sobre en que se incluya, con el fin de acreditar que se ha enviado dentro del plazo fijado en la convocatoria. No obstante, si esta documentación no entra en el Registro general dentro de los 10 días hábiles siguientes en el de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no se admitirán.

Noveno. Plazo de resolución y notificación

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento es de 6 meses, contadores a partir del día que acaba el plazo de presentación de las solicitudes, transcurridos los cuales sin que se haya dictado la resolución, se entienden desestimadas todas las solicitudes.

Décimo. Criterios de valoración.

I) PROYECTOS CULTURALES

(total máximo de 70 puntos)

A) Interés cultural (máximo de 20 puntos):

Esta puntuación se distribuye a través de los aspectos y de la forma siguientes:

1. Proyectos relacionados con conmemoraciones o efemérides de interés cultural o histórico en el ámbito local y/o insular (máximo de 5 puntos). Se valoran aquellos hitos culturales o históricos relacionados con personas, hechos o acontecimientos significativos en el ámbito local y/o insular:

-Se hace alguna referencia a a alguna conmemoración local o insular: 1 punto

-Se relaciona el proyecto con efemérides o conmemoraciones: 3 puntos

-El proyecto se fundamenta en la celebración o conmemoración de alguna efeméride o conmemoración: 5 puntos

2. Proyectos que contribuyan a la profundización y/o la difusión de los valores históricos, populares y tradicionales de Mallorca (máximo de 5 puntos). Se valoran aquellos proyectos que fomenten valores históricos y de la cultura popular y/o tradicional de nuestra isla o de la localidad:

- Se hace alguna referencia a algún hecho histórico local o insular: 1 punto

- En el proyecto se explicita claramente que se fomentan los valores y la cultura tradicional y popular: 3 puntos

- El proyecto se fundamenta al promover y potenciar los valores de la cultura tradicional y popular o se fundamenta en algún valor histórico de la nuestra cultural: 5 puntos

3. Innovación, originalidad y creatividad de las propuestas presentadas (máximo de 10 puntos):

- El proyecto presenta algún elemento original, creativo e innovador con respecto al contenido, a la metodología o al procedimiento: 3 puntos

- El proyecto presenta elementos innovadores que destacan o cordero en el contenido, la metodología o el procedimiento: 6 puntos

- El proyecto es muy innovador en su contenido, su metodología y procedimiento, y destaca su originalidad o creatividad: 10 puntos

B) Proyección colectiva y pública (máximo de 40 puntos)

Esta puntuación se distribuye a través de los aspectos y de la forma siguientes:

1. El número de destinatarios potenciales a los cuales va dirigido el proyecto (máximo de 10 puntos):

- Hasta 500 personas (2 puntos)

- De más de 500 a 1.000 personas (4 puntos)

- De más de 1.000 a 2.000 personas (6 puntos)

- De más de 2.000 a 5.000 personas (8 puntos)

- Más de 5.000 personas (10 puntos)

2. Difusión del proyecto (máximo de 5 puntos). Se evalúan el alcance territorial de la difusión y todas las medidas adoptadas para darlo a conocer: medios de comunicación y apoyos, en función del tipo de actividad (por ejemplo: folletines, carteles, prensa, radio, televisión, TICs y redes sociales, etc...):

a) Alcance territorial de la difusión (máximo de 3 puntos):

- No se especifica: 0 puntos

- Difusión de ámbito local: 1 punto

- Difusión de ámbito local, insular: 2 puntos

- Difusión de ámbito local, insular y nacional y/o internacional: 3 puntos

b) Medios de comunicación y apoyos (máximo de 2 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Medios de comunicación/apoyos tradicionales (folletines, carteles, prensa, radio, televisión ....): 1 punto

- Medios de comunicación/apoyos tradicionales y uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) y de las redes sociales: 2 puntos

3. Trayectoria y consolidación del proyecto (máximo de 10 puntos). Se valorará el nivel de consolidación del proyecto en función de los años que se haya desarrollado el proyecto de forma continuada:

- Menos de 5 años: 0 puntos

- 5 años: 3 puntos

- De 6 a 10 años: 6 puntos

- Más de 10 años: 10 puntos

4. Duración del proyecto (máximo de 5 puntos):

- Proyecto de una intervención de una duración entre 1 día y una semana: 1 punto

- Proyecto de una intervención de una duración entre 8 días y dos meses: 3 puntos

- Proyecto de una intervención de una duración de más de dos meses: 5 puntos

5. Proyectos presentados en catalán, que fomenten el uso del catalán y que utilicen la lengua catalana para hacer difusión (máximo de 10 puntos):

- El proyecto se presenta íntegramente en catalán: 3 puntos

- El proyecto se presenta en catalán y utiliza la lengua catalana para hacer la difusión: 6 puntos

- El proyecto se presenta en catalán, se hace la difusión en catalán y el proyecto fomenta el uso del catalán: 10 puntos

C) Actuaciones dirigidas a la consecución efectiva de la igualdad de género: (máximo de 10 puntos)

- Disponer de planes de igualdad del personal al servicio de la administración local o los organismos públicos que dependen, de acuerdo con la normativa que las es aplicable: 5 puntos.

- Llevar a cabo actividades culturales que incluyan iniciativas complementarías que trabajen la igualdad de género: 5 puntos

II) FERIAS, MUESTRAS, CERTÁMENES Y FESTIVALES DE ARTES ESCÉNICAS

(total máximo de 120 puntos)

A) Interés cultural del Proyecto (máximo de 35 puntos)

Se pretende la mejora de la calidad de la oferta artística y, en este sentido, se valorarán aquellos aspectos que incidan en el interés cultural del proyecto, haciendo especial referencia a todos los aspectos relacionados con el incremento y captación de nuevos públicos, el fomento y difusión de los valores populares y tradicionales así como la promoción del teatro de Mallorca.

Esta puntuación se distribuye a través de los aspectos y de la forma siguientes:

1. Proyectos que contribuyan a la difusión de los valores históricos, populares y tradicionales de Mallorca (10 puntos)

2. Número de contrataciones de compañías mallorquinas en el proyecto cultural   (máximo de 10 puntos):

- Más del 40% de espectáculos programados de compañías mallorquinas (4 puntos)

- Más del 50% de espectáculos programados de compañías mallorquinas (7 puntos)

- Más del 60% de espectáculos programados de compañías mallorquinas (10 puntos)

3. Diversidad de generaciones de las propuestas presentadas (5 puntos)

4. Innovación, originalidad y creatividad de las propuestas presentadas, tanto en el tipo de actividad como en su desarrollo (máximo de 5 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- En caso de que se detallen y se expliquen la innovación, originalidad y creatividad del proyecto de manera muy general: 3 puntos

- En caso de que los conceptos referidos a la innovación, originalidad y creatividad del proyecto o actividad cultural queden muy definidos y explicados: 5 puntos

5. Pautas y medidas para incrementar y captar nuevos públicos: se evalúa la inclusión de pautas y medidas para captar nuevos públicos (máximo de 5 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Se explican las pautas y medidas de una forma muy general y poco detallada: 1 punto

- Las pautas y medidas se tienen presentes, pero no se valoran de una manera especial: 3 puntos

- Las pautas y medidas se tienen presentes o muy presentes y son las más adecuadas y óptimas en la investigación del incremento y captación de nuevos públicos: 5 puntos

B) Proyección colectiva y pública y trayectoria del proyecto (máximo de 55 puntos)

Esta puntuación se distribuye a través de los aspectos y de la forma siguientes:

1. El número de espectadores asistentes el año 2016 en el acontecimiento objeto del proyecto (máximo de 20 puntos):

- Hasta 1.000 personas (5 puntos)

- De más de 1.000 a 2.000 personas (10 puntos)

- De más de 2.000 a 5.000 personas (15 puntos)

- Más de 5.000 personas (20 puntos)

2. Difusión del proyecto. Se evalúan todas las medidas adoptadas para dar a conocer la actividad, teniendo en cuenta el alcance territorial de la difusión, así como los apoyos y medios de comunicación utilizados para difundir el proyecto (máximo de 5 puntos):

a) Alcance territorial de la difusión (máximo de 2 puntos):

- Difusión de ámbito local: 1 punto

- Difusión de ámbito local, insular, y/o nacional y/o internacional: 2 puntos

b) Medios de comunicación / apoyos utilizados para difundir el proyecto, teniendo en cuenta qué medidas se utilizarán para hacer difusión en función del tipo de actividad (por ejemplo: tradicionales como folletines, carteles, anuncios de prensa ..., y TICs y redes sociales) (máximo de 3 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Medios de comunicación/apoyos tradicionales: 1 punto

- Medios de comunicación/apoyos tradicionales y uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) y de las redes sociales: 3 puntos

3. Antigüedad en la organización y realización del acontecimiento objeto del proyecto de la solicitud (máximo de 20 puntos):

- Más de 3 años de antigüedad (5 puntos)

- Más de 7 años de antigüedad (10 puntos)

- Más de 10 años de antigüedad (20 puntos)

4. Número de programadores asistentes el año 2016 al mismo acontecimiento cultural objeto del proyecto (máximo de 10 puntos):

- Por la asistencia de más de 10 programadores (3 puntos).

- Por la asistencia de más de 20 programadores (6 puntos).

- Por la asistencia de más de 30 programadores (10 puntos).

C) Realización de actividades complementarias del proyecto cultural relacionadas con las artes escénicas (un punto para cada actividad) (máximo de 10 puntos):

- De carácter formativo (máximo de 5 puntos)

- De carácter divulgativo (edición de libros, conferencias, premios, concursos, etc) (máximo de 5 puntos)

D) Uso del catalán (máximo de 10 puntos):

Se considera si uno de los objetivos del proyecto es extender el uso o el conocimiento de la lengua catalana, las medidas para alcanzarlo y si es esta la lengua vehicular de la actividad. La puntuación se distribuye de la manera siguiente:

- Uso del catalán en la realización de la propia actividad (5 puntos)

- Uso del catalán en la difusión de la actividad (5 puntos)

E) Actuaciones dirigidas a la consecución efectiva de la igualdad de género: (máximo de 10 puntos)

- Disponer de planes de igualdad del personal al servicio de la administración local o los organismos públicos que dependen, de acuerdo con la normativa que las es aplicable: 5 puntos.

- Llevar a cabo actividades culturales que incluyan iniciativas complementarías que trabajen la igualdad de género: 5 puntos.

III) EDICIÓN DE LIBROS, FONOGRAMAS Y AUDIOVISUALES

(total máximo de 70 puntos)

A) Interés cultural (máximo de 20 puntos):

Esta puntuación se distribuye a través de los aspectos y de la forma siguientes:

1. Proyectos relacionados con conmemoraciones o efemérides de interés cultural o histórico en el ámbito local y/o insular (máximo de 5 puntos). Se valoran aquellos hitos o históricas relacionadas con personas, hechos o acontecimientos significativos en el ámbito local y/o insular:

- Se hace alguna referencia a alguna conmemoración local o insular: 1 punto

- Se relaciona el proyecto con efemérides o conmemoraciones: 3 puntos

- El proyecto se fundamenta en la celebración o conmemoración de alguna efeméride o conmemoración: 5 puntos

2. Proyectos que contribuyan a la profundización y/o la difusión de los valores históricos, populares y tradicionales de Mallorca (máximo de 5 puntos). Se valoran aquellos proyectos que fomenten valores históricos y de la cultura popular y/o tradicional de nuestra isla o de la localidad:

- Se hace alguna referencia a algún hecho histórico local o insular: 1 punto

- En el proyecto se explicita claramente que se fomentan los valores y la cultura tradicional y popular: 3 puntos

- El proyecto se fundamenta al promover y potenciar los valores de la cultura tradicional y popular o se fundamenta en algún valor histórico de la nuestra cultural: 5 puntos

3. Innovación, originalidad y creatividad de las propuestas presentadas (máximo de 2 puntos):

- La innovación, originalidad y creatividad no se detallan: 0 puntos

- El proyecto presenta algún elemento innovador con respecto al contenido o al planteamiento: 1 punto

- El proyecto es innovador, original, creativo en el contenido y el planteamiento: 2 puntos

4. Incidencia, directa o indirecta, en la extensión del uso o el conocimiento de la lengua catalana (máximo de 8 puntos)

- El proyecto no indica la lengua de edición o bien hay nula o escasa presencia de la lengua catalana: 0 puntos

- En el proyecto predomina la parte gráfica y/o audiovisual, si bien usa la lengua catalana como herramienta de expresión: 2 puntos

- El proyecto se edita en varias lenguas, siendo una de ellas el catalán: 5 puntos

- El proyecto tiene el catalán como única lengua de expresión: 8 puntos

B) Proyección colectiva y pública (máximo de 40 puntos):

Esta puntuación se distribuye a través de los aspectos y de la forma siguientes:

1. Ámbito territorial, número y tipos de destinatarios a los cuales va dirigido el proyecto, así como los participantes y colaboradores en el proyecto (máximo de 10 puntos). Se tiene en cuenta: ámbito territorial, número y tipo de destinatarios potenciales interesado en la temática; los participantes y colaboradores en el proyecto y el tipo de apoyo:

a) Ámbito territorial, número y tipo de destinatarios (máximo de 5 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Público potencial limitado al ámbito local: 1 punto

- El público potencial abarca el ámbito local y estudiosos e interesados: 3 puntos

- El público potencial abarca el ámbito local, el ámbito insular y/o nacional: 4 puntos

- El público potencial abarca el ámbito local, el ámbito insular y/o nacional, así como estudiosos e interesados: 5 puntos

b) Participantes y colaboradores en el proyecto (máximo de 5 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Participantes y colaboradores básicos, que estén vinculados directamente en la creación del proyecto y en las tareas propias del proceso de edición (maquetación, impresión...): 1 punto

- Participantes y colaboradores vinculados directamente en la creación del proyecto, en las tareas propias del proceso de la promoción y divulgación de la edición): 3 puntos

- El proyecto cuenta con una alta cantidad de participantes y colaboradores (edición vinculada con actividades como ciclo de conferencias, jornadas de estudio, entre otros, que den apoyo al proyecto): 5 puntos

2. Difusión del proyecto (máximo de 20 puntos). Se evalúan el alcance territorial de la difusión y todas las medidas adoptadas para darlo a conocer: uso de la lengua catalana en la difusión, medios de comunicación y apoyos, tirada de la edición, ejemplares destinados a la distribución venal (librerías, ferias, etc.) y a la distribución no venal (bibliotecas, archivos, centros de enseñanza, etc.), y organización de actividades relacionadas:

a) Alcance territorial de la difusión (máximo de 5 puntos):

- No se especifica: 0 puntos

- Difusión de ámbito local: 1 punto

- Difusión de ámbito local, insular: 3 puntos

- Difusión de ámbito local, insular y nacional y/o internacional: 5 puntos

b) Uso de la lengua catalana en la difusión del proyecto (máximo de 5 puntos):

- No se especifica: 0 puntos

- Uso parcial de la lengua catalana en la difusión del proyecto: 2 puntos

- La difusión del proyecto se hace íntegramente en catalán por medios escritos (prensa, redes sociales) y medios audiovisuales: 5 puntos

c) Medios de comunicación y apoyos (máximo de 4 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Medios de comunicación/apoyos tradicionales (folletines, carteles, prensa, radio, televisión ....): 2 puntos

- Medios de comunicación/apoyos tradicionales y uso de las tecnologías de la información y comunicación (TIC) y de las redes sociales: 4 puntos

d) Tirada de la edición, distribución venal y distribución no venal (máximo de 3 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- La tirada de la edición se dedica íntegramente a la distribución no venal: 2 puntos

- La tirada de la edición, además de la distribución no venal, se dedica también a la distribución venal: 3 puntos

e) Organización de actividades relacionadas (máximo de 3 puntos):

- No se especifican: 0 puntos

- Una única actividad consistente en el acto de presentación: 2 puntos

- Otras actividades relacionadas, aparte del acto de presentación (conferencias, exposiciones...) que refuercen el proyecto: 3 puntos

3. La continuidad y consolidación del proyecto (máximo de 10 puntos). Se valorará si pertenece a una colección editorial y/o forma parte de una actividad o proyecto global consolidados:

a) El proyecto pertenece a una colección (máximo de 5 puntos):

- No se especifica o no pertenece a ninguna colección: 0 puntos

- El proyecto pertenece a una colección: 3 puntos

- La colección tiene una solvencia de 5 años o superior: 5 puntos

b) El proyecto forma parte de una actividad o proyecto global consolidados (máximo de 5 puntos):

- No se especifica o no parece haber continuidad del proyecto: 0 puntos

- Forma parte de un proyecto global de carácter anual (jornadas de estudios locales, por ejemplo): 3 puntos

- Forma parte de un proyecto global con una solvencia de 5 años o superior: 5 punto

C) Actuaciones dirigidas a la consecución efectiva de la igualdad de género: (máximo de 10 puntos)

- Disponer de planes de igualdad del personal al servicio de la administración local o los organismos públicos que dependen, de acuerdo con la normativa que las es aplicable: 5 puntos.

- Llevar a cabo actividades culturales que incluyan iniciativas complementarías que trabajen la igualdad de género: 5 puntos

Undécimo. Importe de las subvenciones

Los importes de las ayudas para las líneas I y III tienen la consideración de importe cierto sin hacer ninguna referencia a un porcentaje o fracción del presupuesto subvencionable del proyecto.

En todo caso, la determinación del importe de la subvención tiene que respetar los criterios y límites siguientes:

Línea I. Proyectos culturales: Una subvención de 10.000,00 € por proyecto.

  • No puede ser superior a la cantidad solicitada o al importe del presupuesto subvencionable del proyecto cultural.
  • La subvención no puede ser superior al importe del remanente que quede para atribuir al último beneficiario, vista la puntuación obtenida, si ocurre.

Línea II. Ferias, muestras, certámenes, y festivales de artes escénicas:

  • No puede ser superior a la cantidad solicitada
  • No puede rebasar el 50% del presupuesto subvencionable del proyecto.
  • La subvención no puede ser superior al importe del remanente que quede para atribuir al último beneficiario, vista la puntuación obtenida, si ocurre.

Línea III. Edición de libros, fonogramas y audiovisuales: Una subvención de 2.000,00 € por proyecto.

  • No puede ser superior a la cantidad solicitada o al presupuesto inicial subvencionable del proyecto cultural.
  • La subvención no puede ser superior al importe del remanente que quede para atribuir al último beneficiario, vista la puntuación obtenida, si ocurre.

Si a la hora de determinar las subvenciones correspondientes a las solicitudes que obtengan la misma puntuación total, el crédito que reste para asignar no fuera suficiente para concederlas todas, se tiene que repartir de acuerdo con la orden de prelación siguiente:

  • Las que hayan obtenido una mayor puntuación en el primer apartado del criterio de evaluación A) (Interés cultural). Sin embargo, en caso de que haya más de una con la misma puntuación en este apartado, y el remanente no sea suficiente para conceder las subvenciones, este empate se tiene que resolver teniendo en cuenta la puntuación del apartado siguiente del mismo criterio de evaluación A). Si el remanente no fuera suficiente, todavía, para otorgar las subvenciones de las solicitudes que tienen la misma puntuación en este apartado, se tiene que observar la puntuación que han obtenido en el apartado siguiente y así sucesivamente. Si una vez comparados todos los apartados del criterio A), el crédito no fuera todavía suficiente, para resolver el empate se tiene que observar la puntuación conseguida en los apartados del criterio B), siguiendo la orden establecido, y si fuera necesario se tiene que observar el resto de criterios, siempre respetando el orden establecido. Este orden de prelación para resolver un posible empate entre solicitudes con la misma puntuación, se tiene que aplicar siempre igual hasta agotar todo el crédito que se tenga que distribuir.
  • Con todo, si como resultado de atender el orden de prelación establecido en el párrafo anterior se mantuviera el empate, este se resolverá a favor de la solicitud con el importe total de presupuesto subvencionable más elevado.

Este sistema, para resolver un posible empate entre solicitudes con la misma puntuación, se tiene que aplicar siempre igual hasta agotar todo el crédito que se tenga que distribuir.

En todo caso, el importe de la subvención no puede rebasar aisladamente o, en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos u otros recursos, obtenidos, para llevar a cabo el mismo proyecto cultural subvencionado, el presupuesto de ejecución de este proyecto.

No son gastos subvencionables, en relación a las diferentes líneas de ayudas y, por lo tanto, no forman parte del presupuesto subvencionable aquellas que se relacionan en el artículo 44 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, así como tampoco:

  • Los costes indirectos de gasolina, luz, teléfono, internet.
  • Los gastos relativos a comidas, refrigerios, servicios de comidas u otros de parecidos.

Duodécimo. Periodos de elegibilidad de los gastos subvencionables

La temporalización de los gastos tiene que coincidir con la del proyecto, que no puede tener, en ningún caso, una duración superior a 12 meses. Por eso, la fecha de los justificantes se computa en virtud de la duración del proyecto o, como máximo, en los 12 meses anteriores a la fecha de la finalización de la ejecución del proyecto y hasta esta fecha como límite.

En este sentido, se entiende como fecha de finalización de la ejecución del proyecto el último día que se realiza la actividad subvencionada, el cual se tendrá que acreditar mediante la memoria técnica y la memoria económica que integran la cuenta justificativa.

En relación a los proyectos de la modalidad III (edición de libros, fonogramas y audiovisuales), se fija, como criterio para determinar la fecha de ejecución de los proyectos objeto de subvención, la que figura en la factura de impresión o edición de las obras.

No obstante, se pueden admitir las facturas que se hayan emitido con posterioridad a la fecha de finalización de la ejecución del proyecto, siempre que, por una parte, se hayan emitido dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes al de la fecha de finalización de la ejecución del proyecto y, por otra parte, que la entrega de bienes o la prestación de servicios, objeto de la factura, se haya efectuado en la temporalización señalada en el párrafo anterior. Con todo, la fecha de expedición de las facturas no puede pasar el plazo o, si ocurre, la fecha límite para presentar la documentación justificativa señalados en el punto decimocuarto de la convocatoria.

Decimotercero. Documentación necesaria para justificar el cumplimiento de la finalidad de la subvención.

De acuerdo con el artículo 38 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, la modalidad de justificación de esta convocatoria es la prevista en el apartado a), es decir, con la cuenta justificativa del gasto hecho con aportación de justificantes de gasto.

El hecho de que la entidad beneficiaria no sea deudora por una resolución de reintegro se acreditará mediante una declaración responsable de esta (anexo 8).

La cuenta justificativa del gasto se llevará a cabo, según el regulado en el artículo 39 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, con las siguientes especificidades:

Esta justificación está integrada por la documentación siguiente:

A) MEMORIA TÉCNICA:

Es la documentación con la cual la entidad beneficiaria demuestra que ha hecho el proyecto cultural subvencionado, tal como lo presentó inicialmente o con la introducción de los cambios que ha comunicado al departamento y se han autorizado. La memoria técnica está integrada por la documentación siguiente:

  • Memoria explicativa de la actividad realizada: comentario y evaluación de los resultados obtenidos y de todos aquellos aspectos que sean relevantes, con indicación de la fecha de finalización de la actividad. Si no se ha ejecutado la totalidad del proyecto por causas ajenas o de bastante mayor, la memoria tiene que exponer las causas y tiene que explicar el resto del proyecto realizado (anexo 6A). En el caso de ediciones de libros, fonogramas y audiovisuales, la presentación de un ejemplar sustituye a la memoria explicativa, si no se ha presentado con la solicitud.
  • La publicidad original escrita y gráfica relativa a la actividad subvencionada, en la que tiene que constar el patrocinio del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca o, simplemente del Consejo de Mallorca, mediante el logotipo de la institución, siempre que la concesión de la subvención haya sido anterior a la realización de la actividad.
  • Cualquier otra documentación que le sea requerida a los efectos de comprobar la realización del proyecto cultural subvencionado.

B) MEMORIA ECONÓMICA:

Es la documentación que da cuenta de los gastos de ejecución del proyecto realizado y de las distintas fuentes para financiarlo. Esta memoria consta de los documentos que se regulan en el artículo 39.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, teniendo en cuenta además:

1.- Anexo 5: declaración responsable de la realización del proyecto cultural subvencionado y de su presupuesto de ejecución, en la cual se tiene que adjuntar la relación detallada y equilibrada de los ingresos que lo han financiado y de los gastos que corresponden sin lugar a dudas al proyecto cultural subvencionado en los términos que regula el artículo 39, 2 a) de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM.

2.- Relación de los gastos y de los ingresos del proyecto cultural subvencionado (anexos 7-A y 7-B)

La relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con los gastos del presupuesto presentado, tiene que indicar los siguientes datos de las facturas o documentos acreditativos: número de orden, número de factura, fecha de emisión de la factura, proveedor, NIF, concepto de la factura, importe total imputado de la factura y la fecha de pago. (anexo 7-A)

La relación de ingresos tiene que señalar las ayudas, las subvenciones, los ingresos o los fondos propios que han financiado el proyecto subvencionado, indicando el importe y la procedencia (anexo 7-B). (Si no ha habido otros ingresos para financiar el proyecto excepto la subvención, se tiene que adjuntar una declaración responsable sobre esta circunstancia).

Esta información también hará falta enviarla, debidamente identificada, a la Unidad Jurídica Administrativa por correo electrónico a la siguiente dirección: sjacultura@conselldemallorca.net

3.- Una declaración responsable de la entidad beneficiaria sobre el hecho que el gasto justificado no té un valor superior al de mercado (art. 39, 2 f) de la Ordenanza General de Subvenciones) (anexo 5).

4.- Una declaración responsable de la entidad beneficiaria sobre el hecho de sí recupera y/o compensa el IVA (art. 39, 2 g) de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM) (anexo 1)

5.- Copia compulsada, por el secretario/secretaria o secretario/secretària-interventor/a de la entidad beneficiaria, de las facturas o de otros documentos con valor probatorio equivaliendo con validez, en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, justificativos del gasto subvencionable del presupuesto ejecutado, que tienen que estar expeditas a nombre de la entidad beneficiaria y, además, tienen que tener todos los requisitos que exige el Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el qual se aprueba el reglamento que regula las obligaciones de facturación. Así, se pueden citar, entre otros, como ejemplo y siempre que sean apropiados:

  • Datos fiscales identificativos de proveedor y del destinatario
  • Fecha y número de factura
  • Concepto del gasto
  • Retención fiscal y/o IVA (si corresponde)
  • El precio unitario sin el impuesto de las operaciones descritas en el concepto de la factura.

Cuando la operación documentada en la factura esté exenta o no sujeta al impuesto o cuando el sujeto pasivo del impuesto sea el destinatario de la operación facturada, se tiene que hacer constar. O se tiene que incluir una referencia a las disposiciones correspondientes de la Directiva 2006/112/CE, de 28 de noviembre, o a los preceptos correspondientes de la Ley del impuesto.

Asimismo, en relación en las facturas u otros documentos justificativos del gasto subvencionable, la entidad beneficiaria tiene que presentar declaración responsable en el sentido de que estas o estos no se han presentado y no se presentarán a efectos de otras ayudas o subvenciones (anexo 7-C).

6.- Cualquier otra documentación que se derive de esta convocatoria o le sea requerida a los efectos de comprobar la justificación económica del proyecto cultural.

Decimocuarto. Forma, plazos, lugar y condiciones para el pago y para la justificación.

Las facturas o los justificantes del presupuesto subvencionable ejecutado se tienen que presentar siguiendo los requisitos regulados en el artículo 48 de la Ordenanza General de Subvenciones y de forma ordenada, es decir, se tienen que agrupar con el mismo orden establecido en la relación de gastos que tiene que presentar con el anexo 7- A.

Asimismo, en concordancia con el arte. 48.1 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, se puede acreditar el pago de las facturas objeto de justificación mediante certificación de las obligaciones reconocidas, emitida por el secretario/secretària-interventor/a, detallando cada factura, su número, el importe, agrupadas con el mismo orden establecido en la relación de gastos señalada en el párrafo anterior.

En caso de que se imputen gastos de la seguridad social de las nóminas, se tiene que adjuntar sus correspondientes TCs, con el pago y el resumen contable de nóminas.

Plazo de presentación:. Si la resolución de la concesión de la convocatoria se dictara y publicara después de finalizar la temporalización establecida en el punto tercero de la convocatoria, el beneficiario tiene que presentar la documentación justificativa en el plazo de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente al de la publicación de la concesión de las subvenciones.

Si la resolución de la concesión de la convocatoria se dictara y publicara antes de finalizar la temporalización establecida en el punto tercero de la convocatoria, el beneficiario tiene que presentar la documentación justificativa en el plazo de 10 días hábiles contadores desde el día siguiente al de la finalización del mencionado plazo (31 de octubre de 2017).

Lugar de presentación: Hay que presentarla en cualquier terminal del registro general del Consejo (Centro Cultural de la Misericordia: plaza del Hospital, 4; sede del Consejo: Palacio Real, 1; Hogar de la Juventud: General Riera, 111 y Hogar de la Infancia: General Riera, 113 -Palma-). Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Si la documentación se envía por correo, se tiene que presentar en Correos con el sobre abierto para que la sellen o, en todo caso, para que sellen el sobre en que se incluya, con el fin de acreditar que se ha enviado dentro del plazo fijado en la convocatoria.

Decimoquinto. Publicación de la convocatoria.

El Consejo de Mallorca, en cumplimiento del previsto en el artículo 19.1 q) y 19.2 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, enviará en la base de datos nacional de subvenciones información sobre esta convocatoria, y sobre las resoluciones de concesión que se deriven, y se publicarán en el BOIB por conducto de la base de datos mencionada, además de exponerse en el tablón de anuncios del Centro Cultural de la Misericordia y colgarse en la página web del Consejo de Mallorca (www.conselldemallorca.net).

 

Decimosexto. Revocación de la subvención

Será de aplicación el previsto en el artículo 56 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, con las particularidades siguientes:

1. Si la entidad beneficiaria incumple las obligaciones contempladas en la convocatoria, o incurre en alguna de las causas del artículo 56 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, o altera aspectos relevantes del proyecto que se hayan podido tener en cuenta para conceder la ayuda, los órganos competentes del Consejo lo tienen que revocar. En consecuencia, la entidad beneficiaria perderá el derecho a cobrarla o, si ya la ha cobrado, lo tendrá que reintegrar, de acuerdo con lo que establece el artículo 57 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM.

3. Si la entidad beneficiaria ha cumplido de forma significativa con sus obligaciones, si de la documentación justificativa presentada se deduce que ha tenido voluntad de cumplimiento y que se han alcanzado las finalidades de la subvención, se tiene que hacer una revocación parcial. En consecuencia, la entidad beneficiaria perderá el derecho a cobrar parcialmente la subvención, de acuerdo con los criterios siguientes:

Para las líneas I y III

A) En el caso que se haya realidad o justificado parcialmente el proyecto cultural, que tiene que suponer, como mínimo, haber realizado el 50% de las actividades previstas y haber alcanzado los objetivos de la subvención, cuando el importe de la concesión se determine por importe cierto, no se tiene que aplicar el ajuste a la baja del importe de la subvención en razón del grado de ejecución de la actividad subvencionada, siempre que eso no implique superar el coste total de la actividad, proyecto o programa seleccionado, una vez deducidos, los ingresos ajenos o las subvenciones que lo han financiado, si hay.

Para la línea II

A) En caso de que se haya realizado parcialmente el proyecto cultural, que tiene que suponer, como mínimo, haber realizado el 50% de las actividades previstas y haber alcanzado los objetivos de la subvención, esta se tiene que reducir proporcionalmente al presupuesto ejecutado subvencionable.

B) En caso de que se haya realizado totalmente el proyecto cultural, pero el presupuesto inicial subvencionable no esté bien justificado 1) para que la documentación justificativa tenga deficiencias o sea inadecuada para no ajustarse a los requisitos de la convocatoria, o 2) para que sea insuficiente por no haberse cumplido del todo, la revocación parcial de la subvención inicial se tiene que hacer de la manera siguiente.

b1) Si la subvención concedida representa el 50% del presupuesto inicial subvencionable, la subvención se tiene que reducir proporcionalmente al presupuesto ejecutado subvencionable.

b2) Si la subvención concedida es inferior al 50% del presupuesto inicial subvencionable, esta no experimentará cambios siempre que no represente más del 50% del presupuesto ejecutado subvencionable. Si, contrariamente, esta representa más del 50%, la subvención se tendrá que reducir hasta el 50% del presupuesto ejecutado subvencionable.

b3) en Caso de que haya un beneficiario cuya subvención fuera el remanente de la convocatoria, la subvención no experimenta cambios, siempre que esta no represente más del 50% del presupuesto ejecutado subvencionable.

4. Si el importe total de la subvención más el resto de otras ayudas, ingresos o fondos propios que han financiado la realización del proyecto cultural, supera el presupuesto total ejecutado, el importe de la revocación parcial de la subvención tiene que ser la cantidad que lo excede.

Decimoséptimo. Ineficacia sobrevenida de la convocatoria.

Si por circunstancias sobrevenidas de interés público y general, el Consejo de Mallorca no puede llevar adelante la tramitación de esta convocatoria, el órgano, que la aprobó, lo tiene que dejar sin efectos previo informe justificativo de la Secretaría Técnica del centro gestor.

Decimoctavo. Recursos.

Contra el acuerdo que aprueba esta convocatoria, así como, contra los acuerdos de concesión que se deriven, que no ponen fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación o publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No obstante el anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideráis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

ANEXO 1

SOLICITUD DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES AL FONDO DE ACTIVIDADES CULTURALES DE ENTIDADES DE ADMINISTRACIÓN LOCAL O DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS QUE DEPENDEN

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Entidad:

NIF:

Domicilio (a los efectos de notificaciones)

Calle o plaza:

Localidad:

CP:

Teléfono de la persona de contacto:                                        Fax:

Correo electrónico del contacto:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL/PERSONA AUTORIZADA

Nombre y apellidos:

NIF/NIE:

Teléfono:

e-mail:

Represento la entidad solicitante en calidad de:

LÍNEAS DE SUBVENCIÓN PARA LAS CUALES SE PIDE LA PARTICIPACIÓN

Marcad con una "X" las casillas correspondientes.

(   ) Línea I. Proyectos culturales (máximo 1 proyecto)

(   ) Línea II. Ferias, muestras, certámenes y festivales de artes escénicas (máximo 1 proyecto)

(   ) Línea III. Edición de libros, fonogramas o audiovisuales (máximo 1 proyecto)

DATOS DE LOS PROYECTOS CULTURALES

Línea:

Título:

Descripción breve del proyecto:

 Importe total del presupuesto con IVA:

 Importe total del presupuesto sin IVA:

CANTIDAD QUE SOLICITO: ________________________ €

Línea:

Título:

Descripción breve del proyecto:

 Importe total del presupuesto con IVA:

 Importe total del presupuesto sin IVA:

CANTIDAD QUE SOL·LICITO: ________________________ €

Línea:

Título:

Descripción breve del proyecto:

 Importe total del presupuesto con IVA:

 Importe total del presupuesto sin IVA:

CANTIDAD QUE SOLICITO: ________________________ €

* Nota: A los efectos establecidos en el punto decimosexto, donde se regula la revocación parcial, es decir, en caso de ejecución parcial del proyecto, siempre que esté integrado por varias actividades o por una sola susceptible de dividirse en unidades de ejecución, tenéis que indicar, en una hoja adjunta a la solicitud, la distribución de la subvención entre las distintas partes del proyecto.

DECLARACIONES

_____________________________________________-____________________, con NIF, ______________, con domicilio en _______________________________________________ y con número de teléfono ____________________, en representación de la entidad solicitante,

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

1) Que acepto las normas de esta convocatoria.

2) Que adjunto la documentación exigida.

3) Que en relación con el IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto, de acuerdo con el artículo 39, 1, 2 g) de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM:

(   )  No recuperará ni compensará el IVA soportado del gasto subvencionable

(   )  Si recuperará y/o compensará el IVA soportado del gasto subvencionable

4) En cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016 de 28 de julio (BOE de día 22 de agosto de 2016) de igualdad de mujeres y hombres:

 No                                                     Si

He sido sancionado/da o condemnat/da, en los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.

5) AUTORIZACIÓN PARA SOLICITAR CERTIFICADOS TELEMÁTICOS DE LA AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Autoritzo al Consejo Insular de Mallorca a solicitar y obtener, ante la Agencia Tributaria de la Administración del Estado y la Tesorería General de la Seguridad Social, la información relevante necesaria para comprobar que estoy al corriente de mis obligaciones tributarias para cualquier trámite necesario relativo a esta convocatoria, todo de acuerdo con el artículo 10, 2 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, que permite, previa autorización de la persona interesada, ceder los datos tributarios que necesiten las administraciones públicas para desarrollar sus funciones (art. 11. de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal; art. 10 del Real decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento que la despliega, y arte. 13.2 b) del Real decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el cual se regulan los registros y las notificaciones telemáticas), así como utilizar medios telemáticos para sustituir la aportación de certificados por parte de los ciudadanos.

(   ) SI                                                 (   ) NO

Nota: Esta autorización que otorga la persona firmando se puede revocar en cualquier momento, mediante escrito dirigido al Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes (Servicio Jurídico Administrativo) y suscrito por esta (persona física), para el representante legal de la persona (jurídica) solicitando de la ayuda o por persona autorizada.

6) De acuerdo con lo que dispone el arte. 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM, la entidad a quien represento y con relación a las obligaciones tributarias ante la Agencia Tributaria de la Administración del Estado y con la Seguridad Social:

(   ) Se encuentra al corriente.                        (   ) No se encuentra al corriente.

(Cumplimentar en el caso de escoger la opción de no autorizar en el Consejo de Mallorca para obtener la información directamente)

______________________________, ______ d __________________________ de 2017

(firma)

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y DEPORTES DEL CONSEJO DE MALLORCA

CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE LOS DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

En cumplimiento de lo que establece la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, os informamos que:

1. Los datos que contenga la solicitud de admisión, la documentación que se adjunte o la documentación que se genere a partir de esta convocatoria, se incorporan en un fichero de datos personales, inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos, del cual es responsable el Consejo de Mallorca. Este fichero sirve, por una parte, para conceder las subvenciones previstas en esta convocatoria con el fin de alcanzar los objetivos y las finalidades recogidos en la base tercera y, por otra parte, si es el caso, para llevar a cabo la tramitación de los expedientes sancionadores por haberse cometido las infracciones recogidas en la normativa de subvenciones.

2. Cesiones de los datos previstos: en las publicaciones previstas en la convocatoria (BOIB, tablón de anuncios del Centro Cultural la Misericordia, página web del Consejo de Mallorca, www.conselldemallorca.net), según lo que prevé el artículo 14 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; a las personas interesadas en los términos previstos en la mencionada ley; y a la Intervención General del Estado en los términos previstos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, básica de subvenciones.

3. El órgano administrativo delante del cual podéis ejercitar, si procede, los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y los otros que reconozca la ley orgánica mencionada es la Secretaría Técnica del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca (Centro Cultural la Misericordia, plaza del Hospital 4. 07012. Palma).

ANEXO 2

DECLARACIÓN RESPONSABLE:

A) DE NO HABER PEDIDO NINGÚN OTRO APOYO, AYUDA O SUBVENCIÓN PARA EL/LOS PROYECTOS Y/O ACTIVIDADES CULTURALES OBJETO DEL A SOLICITUD Y, SI ES EL CASO, LA RELACIÓN DE LOS APOYOS, DE LAS SUBVENCIONES Y DE LAS AYUDAS SOLICITADOS O CONCEDIDOS, CON INDICACIÓN DE LOS IMPORTES Y DE LAS ENTIDADES SUBVENCIONADORAS

B) DE LOS INGRESOS PREVISTOS POR LA EJECUCIÓN DEL/S PROYECTOS Y/O ACTIVIDADES CULTURALES (VENTAS, ENTRADAS, ETC.) O DE LA OBTENCIÓN DE OTROS RECURSOS PARA SU FINANCIACIÓN

C) DE NO INCURRIR EN NINGUNA DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS EN EL ARTÍCULO 8 DE LA ORDENANZA GENERAL DE SUBVENCIONES DEL CIM

DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE

Entidad:

NIF:

Domicilio

Calle o plaza:

Núm:

Piso:

Localidad:

Código postal:

Teléfono del persona de contacto:

Correo electrónico:

Fax:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA AUTORIZADA

Entidad:

NIF:

Domicilio

Calle o plaza:

Núm:

Piso:

Localita t:

Código postal:

Teléfono del persona de contacto:

Fax:

Represente la entidad solicitando en calidad de:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD

A) Con respecto al proyecto cultural, objeto de la solicitud:

(   ) Que la entidad no ha pedido ningún otro apoyo, ayuda o subvención.

(   ) Que la entidad ha pedido para el proyecto siguiente los apoyos, las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación

Proyecto de la solicitud: _________________________________________________

Entidad subvencionadora: _________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: _____________________________________________

Marcad con una “X” la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibimiento

Proyecto de la solicitud: _________________________________________________

Entidad subvencionadora: _________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: _____________________________________________

Marcad con una “X” la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibimiento

Proyecto de la solicitud: _________________________________________________

Entidad subvencionadora: _________________________________________________

Cuantía de la ayuda o subvención: _____________________________________________

Marcad con una “X” la casilla correspondiente

No resuelta

Denegada

Concedida y no recibida

Recibimiento

B) Que:

(   )  No se prevén ingresos derivados de la ejecución del proyecto (ventas, entradas, etc.) o la obtención de otros recursos.

(   )  Los ingresos que se prevén obtener de la ejecución del proyecto o de otros recursos para financiar el proyecto cultural son los siguientes:

Título del proyecto

Tipo de ingresos                                                                                Importe

........................................................................                      ...................................

........................................................................                      ...................................

........................................................................                      ...................................

C) Declaro bajo mi responsabilidad, para que el órgano concedente de la subvención tenga conocimiento, que:

(   )  La entidad no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM.

__________________________________, _____ de ________________________de 2017

El representante legal o persona autorizada                          He tomado nota

de la entidad solicitante                                                         El secretario técnico

(firma)                                                                                   del Departamento de Cultura,

                                                                                              Patrimonio y Deportes

                                                                                              (firma)

_____________________________                                    _________________________

(nombre y apellidos)                                                              Jaume Colom Adrover

ANEXO 3

(Este anexo se tiene que cumplimentar para cada proyecto cultural por el cual se solicita la ayuda)

PRESUPUESTO DEL PROYECTO CULTURAL

Título del proyecto cultural: ....................................................................

GASTOS

(Aquí se tienen que recoger los tipos de gasto que son necesarias para hacer el proyecto cultural)

TIPO DE GASTO

ESPECIFICAR

IMPORTE CON IVA   £

IMPORTE SIN IVA     £

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

10.

IMPORTE TOTAL

INGRESOS

(Se tienen que indicar las otras ayudas, subvenciones, recursos o fondos propios con que financia la realización del proyecto)

TIPO DE INGRESO Y, SI PROCEDE, ENTIDAD CONCEDENTE

IMPORTE

1. Subvención solicitada al Consejo de Mallorca

2.

3.

4.

5.

6.

IMPORTE TOTAL

........................................................, ........... d......................................................... de 2017

El representante legal o persona autorizada de la entidad solicitante

(firma)

___________________________________________

                                                           (Nombre y apellidos)

 

ANEXO 4

SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

DATOS DEL PERCEPTOR

NIF DEL PERCEPTOR

LINAJES Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL

DIRECCIÓN

LOCALIDAD

C. POSTAL

PROVINCIA

TELÉFONO

FAX

DATOS BANCARIOS

ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL

BIC

IBAN

BANCO

OFICINA

CUENTA NÚM

Bajo mi responsabilidad, declaro que estos datos corresponden en la cuenta corriente o la libreta abierta a nombre mío.

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD    DE LA ENTIDAD BANCARIA     ________________, ___d _____________ 2017

(Estos datos coinciden con las que constan en esta oficina)

El director / el delegado,                                                       El perceptor,

Firma: ________________                                                   Firma

(sello de la entidad bancaria)

De acuerdo con lo que dispone la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE nº. 298, de 14 de diciembre), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del consejo de Mallorca. El órgano administrativo delante del cual se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y otros que reconozca la Ley mencionada, es la Secretaría Técnica del Departamento de Modernización y Función Pública de la Corporación.

ANEXO 5

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria)

DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD CULTURAL SUBVENCIONADO Y DE SU PRESUPUESTO

__________________________________________, como representante legal del entidad _________________________________________________, con NIF._________________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca para llevar a cabo el proyecto o actividad cultural_________________________________________________________________________________________________________,

Declaro bajo mi responsabilidad,

1.- Que el mencionado proyecto/actividad se ha realizado.

2.- Que la relación detallada y equilibrada de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto/actividad indicado/da ha sido la que se adjunta.

* Notes:

a) La relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los siguientes datos de las facturas o documentas acreditativos: número de orden, número de factura, fecha de emisión de la factura, proveedor, NIF, concepto de la factura, importe total imputado de la factura y la fecha de pago.

b) La relación de ingresos tiene que señalar las ayudas, las subvenciones, los ingresos o los fondos propios que han financiado el proyecto subvencionado, indicando el importe y la procedencia.

c) Esta relación de gastos e ingresos tiene que ir firmada por el beneficiario.

d) Esta información y en relación a las modalidades I, II y III también habrá que enviarla a la Unidad Jurídica Administrativa, debidamente identificada, por correo electrónico a la siguiente dirección: sjacultura@conselldemallorca.net

3. Que el importe total de los gastos relacionados, es decir, ______________ €, corresponden sin lugar a dudas al presupuesto del proyecto o actividad cultural subvencionado, y que no tienen un valor superior al de mercado.

4. Que el beneficiario/entidad beneficiaria en relación al IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto y, de acuerdo con el artículo 39.1, 2 g) de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM:

  • No recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable.
  • Si recupera o compensa el IVA soportado del gasto subvencionable.

5. Que la subvención otorgada por el Consejo de Mallorca se ha aplicado a la finalidad para la cual se concedió y que no supera –con las subvenciones y otros ingresos concurrentes- el presupuesto de ejecución del proyecto/s cultural/es subvencionado/s.

6. Que se adjuntan la totalidad de las copias careadas de las facturas o de otros documentos justificativos del presupuesto de ejecución del proyecto o actividad cultural subvencionado.

Y para que conste, firmo esta declaración en _______________________________, el _________, d _____________________________ de 2017

(Firma)

ANEXO 6

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria. Una memoria para cada proyecto cultural subvencionado)

MEMORIA TÉCNICA DEL PROYECTO

(PROYECTOS DE LAS LÍNEAS I, II y III)

______________________________________________, como representante legal de la entidad __________________________________________________, con NIF. _______________, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes del Consejo de Mallorca para llevar a cabo el proyecto ____________________________________,

Declaro bajo mi responsabilidad a los efectos del en base decimoctava:

1. que el proyecto cultural se ha realizado:

(  ) Íntegramente

(  )   Parcialmente, cumpliendo los requisitos exigidos en la base decimosexta de la convocatoria.

2- Que la evaluación de las resultantes obtenidas por la ejecución del proyecto cultural mencionado son los siguientes:

Grado de consecución de los objetivos planteados:

Explicación detallada de la actividad:

Grado de cumplimiento del plan de trabajo de la actividad

Evaluación del proyecto

Valoración de los recursos utilizados

Asistentes a la actividad del proyecto, así como participantes o colaboradores en el proyecto:

Valoración de la difusión realizada de la actividad (alcance territorial, medios de comunicación, apoyos utilizados, etc):

Utilización y uso del catalán en la presentación y en la difusión del proyecto:

Explicación relativa a la organización de actividades relacionadas con el proyecto (acto de presentación, conferencias, exposiciones...), si ocurre:

Explicación relativa a la trayectoria, continuidad y consolidación del proyecto ejecutado, si ocurre:

Valoración de la innovación, originalidad y creatividad del proyecto:

Comparativa entre el gasto presupuestado y la realizada:

Fecha de finalización de ejecución del proyecto (de acuerdo con la base tercera):

(Si el espacio establecido en algún apartado no fuera suficiente se puede presentar la información en cuestión a través de una hoja aparte y presentarlo como hoja adjunta de este documento)

____________________________, ______ d ______________________ de 2017

El representante legal de la entidad beneficiaria

(firma)

________________________________

(Nombre y apellidos)

ANEXO 7-A

RELACIÓN DE GASTOS DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO CULTURAL SUBVENCIONADO

N.ORDEN

N.FACTURA

FECHA

EMISIÓN

PROVEEDOR

NIF

CONCEPTO

TOTAL IMPUTADO

FECHA PAGO

TOTAL GASTOS

DE EJECUCIÓN

                                                                       Fecha:

                                                                       Firma:

ANEXO 7-B

RELACIÓN DE INGRESOS DEL PROYECTO CULTURAL SUBVENCIONADO

AYUDAS, SUBVENCIONES U OTROS INGRESOS ECONÓMICOS

PROCEDENCIA

IMPORTE

CONSEJO DE MALLORCA

FONDOS PROPIOS

OTROS..

TOTAL INGRESOS

*** El total de ingresos tiene que ser igual al total de gastos.

*** En el caso que el proyecto se haya financiado sólo con la ayuda del Consejo de Mallorca y el fondo de la entidad, esta tendrá que presentar una declaración responsable en que se haga constar este hecho.

                                                                                  Fecha:

                                                                                  Firma:

ANEXO 7-C

(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar y presentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria)

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO HABER PRESENTADO Y DE QUE NO SE PRESENTARÁN LAS FACTURAS U OTROS DOCUMENTOS PROBATORIOS DE LA JUSTIFICACIÓN DEL GASTO SUBVENCIONABLE A EFECTOS DE OTRAS AYUDAS O SUBVENCIONES

_________________________________________________________, titular del NIF/NIE ____________________, como representante legal de la entidad _____________________________________________________________________, declaro, que la entidad _________________________________________________, con el NIF. _____________________, que las facturas u otros documentos probatorios de la justificación del gasto subvencionable, no se han presentado, ni se presentarán a efectos de otras ayudas o subvenciones.

Lo declaro delante de la Secretaría técnica del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, a los efectos pertinentes.

__________________________________, _____ d___________________________de 2017

El representante legal o persona autorizada                          He tomado nota,

de la entidad beneficiaria                                                      El secretario técnico

(firma)                                                                                   del Departamento de Cultura,

                                                                                              Patrimonio y Deportes

                                                                                              (firma)

_______________________________                                __________________________

 (nombre y apellidos)                                                            Jaume Colom Adrover

ANEXO 8

(Este anexo sólo se tiene que llenar y presentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria)

DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO SER DEUDOR POR UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES

_________________________________________________________, titular del NIF/NIE ____________________, como representante legal de la entidad _____________________________________________________________________, declaro, de acuerdo con el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (BOE nº. 176, de 25 de julio de 2006), por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, que la entidad _________________________________________________, con el NIF. _____________________, no es deudora por una resolución de reintegro de subvenciones.

Lo declaro delante de la Secretaría técnica del Departamento de Cultura, Patrimonio y Deportes, a los efectos del artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18 de noviembre de 2003).

__________________________________, _____ d___________________________de 2017

El representante legal o persona autorizada                          He tomado nota,

de la entidad beneficiaria                                                      El secretario técnico

(firma)                                                                                   del Departamento de Cultura,

                                                                                              Patrimonio y Deportes

                                                                                              (firma)

_______________________________                                __________________________

 (nombre y apellidos)                                                            Jaume Colom Adrover

GUÍA DE DOCUMENTACIÓN PARA ADJUNTAR CON LA SOLICITUD

ANEXO 1

  • Modelo de solicitud
  • Autorización para solicitar certificados telemáticos del AEAT y de la Seguridad Social o declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y con la Seguridad Social.
  • Declaración responsable expresa sobre si el impuesto indirecto IVA se recuperará y/o compensará, o no.
  • Declaración responsable de que la entidad beneficiaria no ha sido sancionada o condenada, en los últimos tres años, por resolución administrativa firme o sentencia judicial firme, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género.

ANEXO 2

  • Declaración responsable de no haber pedido ningún otro apoyo, ayuda o subvención por el/los proyecto/s y/o actividades culturales objeto del a solicitud y, si es el caso, la relación de los apoyos, de las subvenciones de las ayudas solicitadas o concedidas, con indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras.
  • Declaración responsable de los ingresos previstos por la ejecución del proyecto/s y/o actividades culturales (ventas, entradas, etc) o de la obtención de otros recursos por su financiación.
  • Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza General de Subvenciones del CIM

ANEXO 3

  • Presupuesto equilibrado y firmado bajo la responsabilidad del representante legal de la entidad solicitante, que incluya el total de los gastos que tiene que suponer la realización del proyecto/s y los ingresos con que se tiene que financiar.

ANEXO 4

  • Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente o la libreta en la qué se tiene que ingresar el importe de la subvención.

Además, hay que adjuntar:

  • Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del NIF o NIE del representante legal de la entidad y, si procede, de la persona autorizada para firmar la solicitud.
  • Documentación acreditativa de la vigencia del cargo del representante legal en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud y, si procede, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en el caso de que la firme una persona distinta.
  • Proyecto/s cultural/es objeto de la solicitud, firmado bajo la responsabilidad del representante legal de la entidad solicitante, en que se tienen que reflejar y desarrollar, además, los aspectos que conforman los criterios de evaluación del punto décimo.