Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA
Núm. 4414
Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para el año 2017
Aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para el ejercicio 2017, por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 27 de abril de 2017, de conformidad con lo que dispone el texto refundido de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación a la obligación de aprobar con carácter previo a su convocatoria, un Plan Estratégico de Subvenciones, se publica el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para el ejercicio 2017
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA PARA El AÑO 2017
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN
1.1. Consideraciones previas
1.2. Naturaleza jurídica
1.3. Competencia
1.4. Ámbito subjetivo
1.5. Vigencia
2. ASPECTOS ESTRATÉGICOS DEL PLA
2.1 Principios Generales
2.2. Objetivos Generales
3. CONTENIDO DEL PLAN
4. BENEFICIARIOS
5. GESTIÓN Y EFICACIA
6. COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
7. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO
8. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
9. TRANSPARENCIA
ANEXO
objetivos específicos, programas y líneas de ayuda.
1.- INTRODUCCIÓN.
1.1- CONSIDERACIONES PREVIAS.
La legislación vigente en materia de subvenciones: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (de ahora en adelante, LGS); y Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la citada Ley (de ahora en adelante, RLGS) tiene como objetivo que la actividad pública, tradicionalmente conocida como de fomento y promoción, se desarrolle dentro de los parámetros que la propia ley impone, estableciendo los mecanismos de control previo y evaluación posterior y sometiendo esta actividad a los principios de:
- Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante.
- Control de la discrecionalidad administrativa.
- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
Para lo cual, la ley introduce la necesidad de elaborar en cada administración un Plan Estratégico de Subvenciones, que permita relacionar los objetivos a lograr y efectos que se pretenden conseguir, con los costes previstos y su financiación, con el objeto de adecuar con carácter previo a la concesión, las necesidades públicas que se pretende cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles.
Una mayor información sobre las subvenciones facilita la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las diferentes administraciones públicas, evitando cualquier tipo de solapamiento.
En virtud de la potestad de programación o planificación atribuida a las entidades locales por el arte. 4.c) de la Ley 7/1985 RBRL, se ha elaborado el presente plan estratégico, con la participación de todas las Áreas, Centros de Gestión y Unidades Administrativas responsables de la gestión de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.
1.2- NATURALEZA JURÍDICA
El plan estratégico de subvenciones se configura como un instrumento de gestión de carácter programático, de planificación, que no tiene carácter normativo y su contenido no crea derechos ni obligaciones, no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni genera derechos ni obligaciones por la administración.
El plan estratégico no supone la generación de ningún derecho a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación en caso de que el Plan no se lleve a la práctica. El Plan se presenta como una guía que, dentro del marco normativo preestablecido, marca la pauta a seguir en la línea de fomento de actividades de interés general.
El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, de forma que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se tienen que acomodar en cada momento a estos objetivos.
1.3- COMPETENCIA
El órgano competente para la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones, es el Pleno Municipal, dado que se trata de un instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con el que prevé el artículo 22.2.e) de la Ley de bases de régimen local.
No obstante, los órganos competentes para conceder las subvenciones serán la Junta de Gobierno Local, el Alcalde y en su caso, las Concejalías delegadas.
1.4- ÁMBITO SUBJETIVO
El presente Plan Estratégico de Subvenciones incluye todas las subvenciones concedidas directamente por este Ayuntamiento.
1.5 VIGENCIA
El ámbito temporal del presente Plan Estratégico de Subvenciones se propone por el ejercicio 2017 y quedará prorrogado hasta la aprobación del siguiente plan.
2.- ASPECTOS ESTRATÉGICOS DEL PLA
2.1.- PRINCIPIOS
a) Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la cual se garantice la concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, sin perjuicio de la posible concesión directa que, en conformidad con lo que establece la norma aplicable, tendrá que contar con las debidas disponibilidades presupuestarias, con carácter previo.
b) Objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos. La subvención se concederá de acuerdo con criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria para garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.
c) Igualdad y no discriminación entre la ciudadanía, entre los diferentes sectores y entre los colectivos.
d) Transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos. Tanto en el proceso de concesión, como en la publicación de los resultados.
e) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos, con el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y control de las subvenciones concedidas.
f) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la asignación a los proyectos más eficientes.
2.2.- OBJETIVOS
Son objetivos generales del presente Plan estratégico los siguientes:
a) Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el arte. 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que obliga en los ayuntamientos a aprobar su correspondiente Plan Estratégico, previamente a la concesión de subvenciones.
b) Establecer y normalizar los principios y bases de ejecución comunes a todas las subvenciones, incrementando los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
c) Optimizar el acceso de los ciudadanos al hecho subvencional con garantías de transparencia, uniformidad de criterio municipal y de libre concurrencia, facilitando a los ciudadanos todos los datos, cuantías, objetivos, criterios y procedimientos para poder ser beneficiario de subvenciones.
d) Racionalizar la gestión municipal de las subvenciones con la valoración de los aspectos de transversalidad, eficacia y eficiencia en la gestión de las diferentes líneas de ayudas.
e) Impulsar la simplificación administrativa y la transparencia.
3.- CONTENIDO DEL PLAN
En el Anexo se desglosa la actividad del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, estableciendo las diferentes líneas de subvención, su importe máximo, las partidas presupuestarias asignadas, los objetivos y efectos, el plazo para la consecución de estos y sus destinatarios.
4.- BENEFICIARIOS
Las subvenciones se concederán en los términos y con la amplitud que establece el arte. 11 LGS para los beneficiarios, mediante convocatoria pública o mediante concesión directa, y / o por la firma de convenios de colaboración, a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos que se encuentren en la situación que motiva la subvención.
5.- GESTIÓN Y EFICACIA
Para la consecución de los objetivos es necesario que cada Área, Centro de Gestión, Unidad Administrativa u Organismo dependiente sea quien gestione en su ámbito la concesión de las subvenciones en los términos que se señalan en la LGS, correspondiendo a Intervención Municipal la fiscalización de las mismas, lo cual comporta la necesidad de coordinar las acciones.
6.- COSTES PREVISIBLES Y FINANCIACIÓN
Previa a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la autorización del gasto correspondiente.
No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la cual se determine presupuestariamente.
Los créditos presupuestarios tienen carácter limitativo y vinculante por lo que no se podrán adquirir compromisos de gastos superiores a su importe.
7.-CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO.
El control y seguimiento del presente Plan Estratégico se realizará de forma anual, en dos aspectos.
a) Control económico–financiero de las subvenciones concedidas. Está encomendado a la Intervención General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, y se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente.
b) Control y seguimiento del Plan, se encomienda a la Junta de Gobierno Local, para lo cual, cada una de las Áreas, Centro de Gestión, Unidad Administrativa u Organismo dependiente que gestionan las subvenciones, remitirá en el primer cuatrimestre de cada ejercicio, memoria justificativa con las siguientes especificaciones:
- Objeto, entidad beneficiaria e importe subvencionado.
- Subvenciones concedidas, justificadas, renunciadas y reintegradas (o en procedimiento de reintegro).
- El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución, concretando el número de ciudadanos a los cuales ha alcanzado la acción subvencionada.
- Los costes efectivos en relación a los previsibles.
- Conclusiones o valoración global en la cual conste la valoración en cuanto a los objetivos perseguidos y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa.
- Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.
8.-COMISIÓN DE SEGUIMIENTO
Para el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de Subvenciones se designa a la Junta de Gobierno Local.
9.-TRANSPARENCIA
Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento serán publicadas en la WEB municipal, indicando la entidad receptora, cuantía de la misma, y proyecto o acción a la cual va destinada.
El plazo máximo para esta publicación será de un mes desde la concesión de la subvención, en todo caso tendrán que figurar a final de año.
ANEXO
PARTIDA PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
OBJETIVOS Y EFECTOS |
IMPORTE |
DESTINATARIO |
PLAZO CONSECUCIÓN |
FINANCIACIÓN |
---|---|---|---|---|---|---|
136 48022 |
Servicio de prevención y extinción de incendios |
Dar apoyo económico a las actuaciones, iniciativas y proyectos de sociedades y asociaciones de cotos de caza y las asociaciones de propietarios de terrenos forestales o rústicos que tengan como objetivo la preservación del entorno, la conservación del paisaje y la prevención de incendios forestales , dentro del municipio |
15.000,00 |
Sociedades de cazadores, asociaciones de vecinos que gestionen cotos de caza y asociaciones de propietarios de terrenos forestales / rústicos |
2017 |
Fondos propios |
170 48046 |
Convenio Aliança Mar Blava |
Aportación económica para seguir realizando las tareas para intentar parar los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos en el mediterraneo nord-occidental |
7.000,00 |
Associació Aliança Mar Blava |
2017 |
Fondos propios |
170 48052 |
Convenio Bisbat Centre Interp. Ses Salines |
Dar soporte al Centre d'Interpretació de ses Salines |
4.000,00 |
Bisbat d'Eivissa |
2017 |
Fondos propios |
170 48091 |
Convenio Aliança per l'Aigua |
Aportación económica para realizar tareas y publicidad en materia de gestión y ahorro de agua |
7.000,00 |
Aliança per la gestió sostenible de l'aigua d'Eivissa i Formentera |
2017 |
Fondos propios |
231 48003 |
Atenciones a necesidades especiales |
Ayudar económicamente a personas físicas que se encuentren en situación de necesidad o exclusión social |
45.000,00 |
Personas físicas residentes en el municipio de Sant Josep de sa Talaia en situación de necesidad |
2017 |
Fondos propios |
231 48007 |
Convenio Cáritas prevención exclusión social |
Colaborar con las actividades de esta asociación en materia de acción social |
55.736,85 |
Càritas Diocesana Ibiza |
2017 |
Fondos propios |
231 48013 |
Soporte entitades sociales |
Dar apoyo económico a asociaciones y / o entidades que fomenten actividades sociales y / o sociosanitarias |
50.000,00 |
Asociaciones y/o entitades sin ánimo de lucro que fomenten actividades sociales y/o sociosanitarias |
2017 |
Fondos propios |
231 48016 |
Fons Pitiús de Cooperació |
Contribuir a la financiación de proyecto destinados a mejorar condiciones de vida en los países en vías de desarrollo |
80.000,00 |
Fons Pitiús de Cooperació |
2017 |
Fondos propios |
231 48038 |
Convenio associació de majors Sant Jordi |
Apoyar las actividades de carácter social desarrolladas por parte de esta asociación |
4.000,00 |
Casa Cultutal de la tercera edad de Sant Jordi |
2017 |
Fondos propios |
231 48039 |
Convenio associació majors Sant Josep/Es Cubells |
Principio del formulario Apoyar las actividades de carácter social desarrolladas por parte de esta asociación Final del formulario |
3.500,00 |
Casa Cultutal de la tercera edad de Sant Josep |
2017 |
Fondos propios |
231 48040 |
Convenio asociación mayores Sant Agustí |
Apoyar las actividades de carácter social desarrolladas por parte de esta asociación |
3.000,00 |
Associació de Majors de Sant Agustí des Vedrà |
2017 |
Fondos propios |
231 48041 |
Convenio associació majors Cala de Bou |
Apoyar las actividades de carácter social desarrolladas por parte de esta asociación |
3.000,00 |
Club tercera edad Cala de Bou |
2017 |
Fondos propios |
231 48051 |
Convenio "Banc d'Aliments" |
Dar apoyo económico a las actividades de carácter social desarrolladas por parte de esta asociación |
10.000,00 |
Fundació Banc dels Aliments d'Eivissa i Formentera |
2017 |
Fondos propios |
231 48089 |
Convenio Fundació Deixalles |
Dar apoyo económico a esta asociación por su labor en materia de inserción socio-laboral con las personas del municipio en situación de riesgo o exclusión social |
5.000,00 |
Fundació Deixalles |
2017 |
Fondos propios |
231 48090 |
Convenio Asociación Esclerosis Multiple |
Apoyar a esta asociación en su tarea de atención a los enfermos del municipio afectados de esclerosis múltiple y otras enfermedades neurológicas degenerativas |
10.000,00 |
Asociación de esclerosis múltiple de Ibiza y Formentera |
2017 |
Fondos propios |
323 48032 |
Premios "Sant Josep Net" |
Sensibilizar sobre la importancia de un turismo bien gestionado y sostenible. |
6.000,00 |
Alumnado de 6º de primaria de los colegios públics y concertados del municipio de Sant Josep de sa Talaia |
2017 |
Fondos propios |
326 48017 |
Ayudas estudiantes universitarios |
Dar apoyo económico a los estudiantes del municipio que cursen estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio y de grado superior fuera de la isla. |
99.750,00 |
Estudiantes del municipio de Sant Josep de sa Talaia que cursen estudios universitarios y ciclos formativos de grado medio y superior |
2017 |
Fondos propios |
326 48018 |
Programa reutilización libros |
Concesión de ayudas a centros que imparten educación primaria y secundaria para la renovación de lotes de libros o compra por el alumnado nuevo adherido al Programa de reutilización |
57.000,00 |
Centros de educación primaria y secundaria con alumnos adheridos al programa de reutilización de libros, empadronados en el municipio de Sant Josep |
2017 |
Fondos propios |
326 48033 |
Ayudas compra libros |
Ayudas económicas para la adquisición de libros de texto de alumnos de centros de educación secundaria obligatoria los cuales no tienen instaurado el programa de reutilización de libros |
43.000,00 |
Alumnos empadronados en el municipio de Sant Josep que cursen 1º, 2º, 3º o 4º de ESO |
2017 |
Fondos propios |
326 48036 |
Premios estudiantes universitarios |
Concesión de premios para los estudiantes del municipio de Sant Josep que hayan terminado de una forma más brillante sus estudios universitarios y de formación profesional superior, con el fin de premiar y propiciar la cultura del esfuerzo, el mérito y la excelencia |
6.000,00 |
Estudiantes del municipio de Sant Josep que hayan acabado estudios universitarios y de formación profesional superior |
2017 |
Fondos propios |
334 48044 |
Premio Novela |
Fomentar la creación literaria |
1.000,00 |
Creadores literarios |
2017 |
Fondos propios |
337 48029 |
Becas monitores de tiempo libre |
Ofrecer a aquellas personas que hayan realizado la parte teórica del curso de monitores de tiempo libre, una ayuda complementaria para la realización de las prácticas |
1.000,00 |
Personas empadronadas en el municipio de Sant Josep que hayan realizado la parte teórica del curso de monitores de tiempo libre |
2017 |
Fondos propios |
338 48019 |
Subvenciones fiestas |
Organización fiestas patronales, de Navidad o festividad de la barriada y fiestas populares. Realización de actuaciones, iniciativas y proyectos de carácter folclórico o relacionados directamente con la cultura tradicional de las Pitiusas |
148.000,00 |
Instituciones sin finalidad de lucro con sede en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia |
2017 |
Fondos propios |
338 48043 |
Premios Rúa |
Fomentar la participación y ayudar a sufragar los gastos para la realización de disfraces y carrozas |
3.600,00 |
Asociaciones, entidades, escolares y particulares |
2017 |
Fondos propios |
341 48025 |
Ayudas clubs deportivos |
Fomentar actividades y/o acciones en materia de deportes |
90.000,00 |
Instituciones sin finalidad de lucro relacionadas con el deporte |
2017 |
Fondos propios |
342 48008 |
Convenio Unió Esportiva Sant Josep |
Fomentar actividades y/o acciones en materia de deportes |
12.100,00 |
UE Sant Josep |
2017 |
Fondos propios |
342 48009 |
Convenio Club de Tir amb Arc Es Cubells |
Fomentar actividades y/o acciones en materia de deportes |
7.805,20 |
Club de Tir amb Arc Es Cubells |
2017 |
Fondos propios |
342 48010 |
Convenio Penya Esportiva Sant Jordi |
Fomentar actividades y/o acciones en materia de deportes |
13.166,40 |
PE Sant Jordi |
2017 |
Fondos propios |
342 48011 |
Convenio CD Bahia Sant Agustí |
Fomentar actividades y/o acciones en materia de deportes |
12.100,00 |
CD Bahia San Agustín |
2017 |
Fondos propios |
414 48023 |
Convenio Cooperativa Agrícola |
Fomentar la cooperación mediante la búsqueda de nuevos cultivos y variedades alternativas, contribuyendo a la protección y conservación del medio ambiente, patrimonio rural y mejora de la imagen paisajística y turística |
9.000,00 |
Sociedad Cooperativa Agrícola Sant Antoni |
2017 |
Fondos propios |
432 48034 |
Becas informadores turísticos |
Ayuda complementaria y formativa a los alumnos de turismo, en su proceso de formación y perfeccionamiento académico |
25.000,00 |
Alumnos actuales o que hayan acabado los estudios de turismo |
2017 |
Fondos propios |
924 48027 |
Ayudas asociaciones vecinos |
Dar apoyo económico a las asociaciones de vecinos, sin ánimo de lucro, del municipio de Sant Josep de la Talaia, para la realización de actividades |
32.000,00 |
Asociaciones y/o entidades sin ánimo de lucro |
2017 |
Fondos propios |
En Sant Josep de sa Talaia, a 2 de mayo de 2017
El Alcalde,
Josep Mari Ribas