Sección I. Disposiciones generales
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TERRITORIO E INFRAESTRUCTURAS
Núm. 4412
Acuerdo relativo a la modificación puntual número 22 de las Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Sant Llorenç des Cardassar relativa al cambio de la configuración y de la calificación de equipamiento docente a comercial en Sa Coma
La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión de día 28 de abril de 2017 ha tomado el acuerdo siguiente:
“Visto el expediente relativo a la modificación puntual nº. 22 de las Normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Sant Llorenç des Cardassar relativa al cambio de la configuración y de la calificación de equipamiento docente a comercial a Su Coma, y de acuerdo con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el trámite previsto en el artículo 164 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca, esta Comisión Insular acuerda denegar la expresada modificación puntual por los siguiente motivos:
- No está justificado ni acreditado el interés público de la presente modificación.
- Se incumple lo que se establece en el artículo 79.3.a) del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca.”
La publicación de este acuerdo se hace a reserva de la aprobación del acta.
Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente
Palma, 2 de mayo de 2017
El secretario de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Jaume Munar Fullana