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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

INSTITUTO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN Y BIBLIOTECAS

Núm. 4360
Convocatoria y bases reguladoras de las subvenciones y ayudas enmarcadas en el ámbito competencial del Imeb, dirigidas a las asociaciones de madres y padres de alumnos de los centros de educación infantil y primaria de Calvià para la realización de aulas de verano del año 2017

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Texto

                  

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Objeto

Estas bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de concesión de las subvenciones y ayudas enmarcadas en el ámbito de las competencias del Institut Municipal d'Educació i Biblioteques (IMEB), de conformidad con lo establecido en las bases de ejecución del presupuesto general de 2017 del Ajuntament de Calvià.

Artículo 2. Concepto de subvención

Tiene la consideración de ayuda o subvención cualquier prestación directa o indirecta, cuantificable económicamente, a cargo del IMEB.

CAPÍTULO II

CARACTERÍSTICAS DE LAS SUBVENCIONES Y AYUDAS

Artículo 3. Beneficiarios

Los beneficiarios de las subvenciones y ayudas son las asociaciones de madres y padres de alumnos de los centros públicos de educación infantil y primaria del municipio de Calvià.

Artículo 4. Objeto de la ayuda

Facilitar el acceso a las aulas de verano organizadas por las asociaciones de madres y padres de alumnos (AMIPA) de los centros públicos de educación infantil y primaria del municipio de Calvià, a las familias residentes en Calvià; a las familias residentes en Calvià con niños o niñas saharauis del programa “Vacances en Pau”; a las familias residentes en Calvià con niños o niñas con discapacidad; y a las familias numerosas residentes en Calvià.

Serán objeto de subvención las AMIPA que presenten proyectos que atiendan principalmente a los siguientes objetivos:

  • Conciliación de la vida laboral y familiar.
  • Fomentar la educación en valores, la igualdad entre hombres y mujeres, la cohesión social, la tolerancia, solidaridad y respeto a la diversidad.
  • Fomentar hábitos de vida saludable y potenciar acciones de responsabilidad medioambiental.
  • Fomento del conocimiento de la lengua inglesa.
  • Desarrollo de las capacidades psicomotrices.

Las ayudas se ofrecen por los siguientes conceptos:

  1. GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE AULAS DE VERANO.
  2. PARTICIPACIÓN DE NIÑOS/AS RESIDENTES EN LAS AULAS DE VERANO.

Durante el periodo de las vacaciones escolares de verano, el IMEB autorizará el uso de determinados espacios de las instalaciones de los centros escolares públicos a las AMIPA del municipio de Calvià, para desarrollar las aulas de verano.

 

El IMEB pone a disposición de las AMIPA del municipio 11 centros de educación infantil y primaria existentes en Calvià: CEIP Galatzó (es Capdellà), CEIP Ses Rotes Velles (Santa Ponça), CEIP Puig de Sa Morisca (Santa Ponsa), CEIP Puig de Sa Ginesta (Urb. Galatzó), CEIP Xaloc (Peguera), CEIP Son Ferrer, CEIP Jaume I (Palmanova), CEIP Bendinat, CEIP Cas Saboners (Magaluf), CEIP Ses Quarterades (Calvià Vila), CEIP Son Caliu.

Las AMIPA del municipio interesadas en realizar aulas de verano, en estos centros públicos, deberán presentar un proyecto en el registro del IMEB.

En el supuesto de que deban realizarse obras durante los meses de verano incompatibles con el desarrollo normal de las actividades propias de las aulas de verano, el IMEB lo comunicará a la AMIPA afectada con la debida antelación.

El IMEB se hace cargo del mantenimiento y de los gastos de conserjería y limpieza de las instalaciones de estos centros escolares en el caso de que desarrollen proyecto de aulas de verano.

Artículo 5. Crédito presupuestario

Para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones objeto de esta convocatoria existe crédito suficiente en la partida 10 32402 4800000 del presupuesto del IMEB del año 2017.

La cuantía total de las subvenciones convocadas es de 85.000 €. Sin perjuicio de que en aplicación del artículo 58.2 del Reglamento de Subvenciones se pueda ampliar el crédito.

Artículo 6. Compatibilidad de las ayudas

Las ayudas y subvenciones son compatibles con otras ayudas para la misma finalidad otorgadas por otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales e internacionales, siempre que, conjunta o aisladamente, no se supere el coste de la actividad y/o proyecto objeto de la ayuda.

Artículo 7. Plazo para subsanar errores

Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 8. Iniciación, Instrucción, resolución y notificación

El procedimiento para la concesión de subvenciones se ajustará al artículo 23 y siguientes de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones.

El procedimiento para la concesión de las subvenciones y ayudas recogidas en estas bases de iniciará de oficio, de acuerdo con los principios de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen jurídico del Sector Público Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento se especifican en el Capítulo IV de estas bases.

Artículo 9. Percepción de la ayuda

Para recibir la subvención concedida es imprescindible que hayan sido adecuadamente justificadas las subvenciones otorgadas en anteriores convocatorias.

Las ayudas y subvenciones concedidas en este marco no se pueden hacer efectivas hasta que las asociaciones de madres y padres beneficiarias de las mismas hayan justificado el gasto según se determina en estas bases.

Artículo 10. Justificación

La justificación de la actividad se tiene que presentar en el registro general del IMEB, situado en c/ Julià Bujosa Sans, Batle 1, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, en los plazos y con la documentación que en cada caso se determina en estas bases.

Artículo 11. Actividades subvencionables, plazos, documentación de solicitud y de justificación.

A) GESTIÓN Y ORGANIZACIÓN DE AULAS DE VERANO.

Objeto: Serán objeto de subvención las AMIPA que gestionen y organicen aulas de verano en sus respectivos centros educativos, previa presentación del proyecto correspondiente que será supervisado y aprobado por el IMEB.

Importe de la subvención: 300 € por AMIPA

Documentación a presentar para solicitar la subvención:

  • Modelo de solicitud (Anexo I).
  • Declaración responsable (Anexo II).
  • Proyecto de Aula de Verano (según guión normativa).
  • Fotocopia del DNI del representante legal de la AMIPA.
  • Fotocopia del NIF o tarjeta de identificación fiscal de la AMIPA.
  • Cualquier otra información o documentación que el IMEB solicite para verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones de la concesión de la ayuda.

Justificación de la subvención: Modelo de justificación (Anexo V).

Plazos:

  • Para solicitar la subvención: 1 mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOIB. Se excluirán del proceso de selección las solicitudes presentadas fuera de plazo, o que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.
  • Para justificar la subvención: Antes del día 8 de septiembre de 2017.

Lugar de presentación: Tanto la solicitud como las justificación, junto con la documentación requerida, debe presentarse en el registro general del IMEB, situado en c/ Julià Bujosa Sans, batle 1, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

B) LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS/AS RESIDENTES EN LAS AULAS DE VERANO.

Objeto: Será objeto de subvención las AMIPA que presenten la relación de alumnos participantes en las aulas de verano que gestionan, y en las que se atienda a niños y niñas de 3 a 14 años (alumnos de segundo ciclo de educación infantil, primaria y de primer ciclo de ESO en el curso 2016/2017), residentes en Calvià (antes del 1 de enero de 2017), en los meses de julio y agosto de 2017.

Esta subvención se aplica en las mismas condiciones en el caso de la participación de menores saharauis del programa “Vacances en Pau” acogidos en período estival con familias residentes, y en el caso de atención a niños y niñas con discapacidad, que son objeto de una subvención complementaria.

De forma adicional, será también objeto de subvención las AMIPA que tengan inscritos en sus respectivas aulas a alumnos a niños y/o niñas discapacitados, residentes en Calvià que presenten el certificado de discapacidad física, psíquica o sensorial, con la certificación del organismo correspondiente, igual o superior a un 33%. Para acceder a esta subvención será necesario que dichos alumnos se incorporen mediante una solicitud directa del Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Calvià, del EOEP, del centro escolar o de la AMIPA. Los Servicios Sociales valorarán cada caso, aportarán la ficha de evaluación, determinarán el sistema de apoyo más adecuado para la participación e integración del menor y realizarán un seguimiento individualizado del proceso de integración en la actividad.

Esta ayuda, permite financiar la contratación de monitores de atención a niños y niñas con discapacidad participantes en las aulas de verano en la modalidad que el equipo de Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales del Ayuntamiento de Calvià determine.

Importe de la subvención:

  • Por mes: 40 €
  • Por quincena: 20 €
  • Familia numerosa residentes en Calvià: 10 € adicionales (mes), 5 € adicionales (quincena).
  • Contratación Monitores de apoyo a alumnos/as con discapacidad:
    • Actividades concretas: 15€ / hora
    • Contratación jornada parcial (de 9 a 14 horas): 910 €/mes.
    • Contratación jornada completa (de 9 a 16 horas): 1241 €/mes.

Documentación a presentar para solicitar la subvención:

  • Modelo de solicitud (anexo I).
  • Solicitud subvención familiar (anexo III).
  • Relación de participantes (anexo IV).
  • Certificado de empadronamiento de los alumnos residentes objeto de la subvención.
  • Si procede, acreditación de alumno perteneciente a familia numerosa. (Fotocopia del Libro de Familia Numerosa o Fotocopia de la Tarjeta de Familia Numerosa Municipal).

Justificación de la subvención: Modelo justificación (anexo V).

Plazos:

  • Para solicitar la subvención:

    • Participación de alumnos en el mes de julio: hasta el día 21 de julio de 2017.
    • Participación de alumnos en el mes de agosto: hasta el día 18 de agosto de 2017.
  • Para justificar la subvención:

    • Participación de alumnos en el mes de julio: hasta el 11 de agosto de 2017.
    • Participación de alumnos en el mes de agosto: 8 de septiembre de 2017.

Lugar de presentación: Tanto las solicitudes como la justificación, junto con la documentación requerida, debe presentarse en el registro general del IMEB, situado en c/ Julià Bujosa Sans, batle 1, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

Artículo 12. Control técnico y financiero

Los beneficiarios quedan sometidos a las medidas de comprobación y de fiscalización que el IMEB considere oportunas.

Artículo 13. Reintegro de las subvenciones

Se producirá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora que se genere desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro en los siguientes casos:

a) Obtención de la subvención falseando las condiciones o datos requeridos u ocultando las que hubieran impedido el otorgamiento.

b) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

c) Cualquier otro caso que esté regulado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

CAPÍTULO III

LOS BENEFICIARIOS

Artículo 14. Requisitos de los solicitantes

Los requisitos imprescindibles para solicitar y recibir las ayudas objeto de esta convocatoria son:

  • Estar constituido como asociación de madres y padres de alumnos de los centros de educación infantil y primaria públicos del municipio de Calvià.
  • Haber presentado la solicitud y la documentación requerida en esta convocatoria en los plazos establecidos.

Artículo 15. Derechos

Los beneficiarios perceptores de la subvención tienen derecho a obtener el apoyo y la colaboración del IMEB en la realización de la actividad o proyecto que se subvencione (permisos, autorizaciones, licencias, etc.), una vez haya autorizado a la AMIPA el uso del Colegio para realizar el Aula de Verano.

  • El IMEB asume el servicio de conserjería y limpieza, una vez dada la conformidad al horario propuesto por la AMIPA.
  • El IMEB asume el mantenimiento de las instalaciones de los colegios cedidos, en el marco de sus competencias.
  • El IMEB prestará un servicio de información y asesoramiento a las asociaciones de madres y padres de alumnos para gestionar la actividad.
  • El IMEB tramitará las peticiones de espacios y recursos municipales hechos por la AMIPA.

En caso de que el servicio no sea correcto, de acuerdo con las asociaciones de madres y padres de alumnos, el IMEB podrá tomar las medidas que considere oportunas para mejorar el servicio.

El beneficiario puede subcontratar parcial o totalmente la actividad o proyecto a subvencionar.

Artículo 16. Obligaciones

La presentación de una solicitud de subvención para una actividad implica el conocimiento y aceptación de estas bases.

1.- En cualquier caso, la AMIPA está obligada a cumplir todo lo establecido en esta convocatoria y bases reguladoras, así como en la normativa.

2.- La AMIPA es responsable de planificar, gestionar y desarrollar la actividad cumpliendo con la normativa vigente (Decreto 18/2011, de 11 de marzo, por el que se establecen los principios generales que rigen las actividades de tiempo libre infantiles y juveniles que se desarrollen en el ámbito territorial de las Islas Baleares. BOIB nº 78 de 28.05.2011). En el supuesto de que la AMIPA opte por contratar una empresa para hacer la actividad, no queda eximida de cumplir todas las obligaciones propias de la actividad.

3.- Si por uso indebido o carencia de supervisión del responsable del aula de verano se ocasionan desperfectos en el centro educativo, la AMIPA se responsabilizará de los daños ocasionados, coordinando con el IMEB el restablecimiento y/o reparación de estos daños.

4.- La AMIPA tendrá que velar por un consumo responsable de agua y luz y, en caso de que se produzca un exceso en el consumo habitual, deberá hacerse cargo del coste adicional.

5.- La AMIPA tendrá que dar aviso inmediato al IMEB de todas las incidencias, ya sean materiales o con los propios participantes.

6.- Todas las aulas de verano participarán en la fiesta final conjunta que se celebrará el 31 de agosto de 2017 asumiendo el transporte de los alumnos y colaborando en el desarrollo de la misma.

7.- La AMIPA deberá cumplir la normativa aplicable en materia de legislación laboral, especialmente en materia de contratación y prevención de riesgos laborales. Asimismo, deberá velar por la exigencia de que el personal al servicio del aula de verano disponga del certificado que acredite la inexistencia de antecedentes por delitos sexuales mediante la aportación del certificado negativo del registro censal de delincuentes sexuales de acuerdo con la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015 de voluntariado.

8.- La AMIPA deberá cumplir con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

Los perceptores de la subvención están obligados a:

a) Revisar y comprobar todos los datos y documentos que se entreguen en la solicitud y justificación.

b) Hacer uso de los anexos de esta convocatoria sin hacer ninguna modificación.

c) Hacer constar en la documentación y en los elementos publicitarios del proyecto, comunicados, etc., el apoyo a la actividad por parte del IMEB (obligación de incluir el logo del IMEB).

d) En caso de renuncia, a comunicarlo formalmente de forma expresa y motivada, en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la notificación de la concesión de la subvención.

e) Realizar la actividad o proyecto para el cual se concede la subvención ajustándose a los objetivos previstos.

f) Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar la información que le sea requerida. En relación con la acreditación de la formación de monitores y directores de las aulas y altas y bajas del personal, deberá estar disponible toda la documentación durante el desarrollo del aula del verano a requerimiento del IMEB.

g) Rendir cuentas de las modificaciones que surjan en la realización del proyecto y justificarlas adecuadamente.

h) Comunicar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otras administraciones, entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.

i) Presentar la memoria de la actividad, siguiendo el guión establecido y en el plazo señalado.

j) En general, cumplir todas las prescripciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

CAPÍTULO IV

ÓRGANO COMPETENTE

Artículo 17. Órgano competente

El Consejo Rector del IMEB es el órgano competente para aprobar las bases reguladoras y la convocatoria de cada tipo de subvención.

La presidencia del IMEB tiene la competencia para resolver la adjudicación de subvenciones.

Artículo 18. Composición y funciones de la Comisión Evaluadora

La Comisión Evaluadora estará formada por tres técnicos adscritos al IMEB designados por la Presidenta del mismo.

Funciones de la Comisión Evaluadora:

  • Autorizar los proyectos que cumplan la normativa y las bases de la convocatoria.
  • Desestimar los proyectos que no presenten una coherencia interna o cuyo desarrollo no sea factible, de acuerdo con las finalidades de las bases.
  • Examinar y valorar las solicitudes de subvención.
  • Elaborar el informe dirigido al Órgano instructor con indicación de los beneficiarios e importes que correspondan en función de la documentación presentada.

Artículo 19. Composición y función del Órgano Instructor

El Órgano Instructor será la gerencia del IMEB, responsable de formular la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, y de notificar a los interesados que tienen un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Si no se presentan alegaciones dentro del plazo establecido, la propuesta de resolución provisional tendrá carácter de definitiva. En caso contrario, una vez examinadas las alegaciones presentadas, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o solicitantes para los que se propone la ayuda, y su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

Artículo 20. Normativa y documentación

La Normativa de las Aulas de Verano 2017, así como toda la documentación correspondiente a la solicitud de ayudas y subvenciones recogidas en estas bases, y a la justificación de éstas, ha de ser publicada en el BOIB; ha de estar disponible en el web municipal (www.calvia.com) y se puede solicitar por correo electrónico a imeb@calvia.com, o por fax al número 971 139159, o de forma personal en las dependencias del IMEB situadas en la calle Julià Bujosa Sans, batle, 1, 07184, de Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.

Calvià, 27 de abril de 2017

Presidenta del Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas

Natividad Francés Gárate

         

NORMATIVA DE LAS SUBVENCIONES Y AYUDAS ENMARCADAS EN EL ÁMBITO COMPETENCIAL DEL IMEB, DIRIGIDAS A LAS ASOCIACIONES DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DE LOS CENTROS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA PÚBLICOS DEL MUNICIPIO DE CALVIÀ PARA LA REALIZACIÓN DE AULAS DE VERANO 2017.

El Ayuntamiento de Calvià reconoce la importancia de las asociaciones de madres y padres (AMIPA) como agentes dinamizadores del municipio. En este sentido, la voluntad del IMEB es la de poner al alcance de éstas los espacios y las instalaciones más adecuadas para desarrollar sus actividades, especialmente aquellas que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral, como es el caso de las aulas de verano.

El Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas (IMEB) establece la siguiente normativa para llevar a cabo las aulas de verano en los centros escolares públicos de educación infantil y primaria del municipio de Calvià.

La presidenta del IMEB tiene la potestad para decidir sobre todo aquello que no establezca esta normativa.

Las asociaciones de madres y padres de alumnos de infantil y primaria de los CEIP de Calvià interesadas en llevar a cabo una aula de verano deberán presentar en el Registro del IMEB, en los plazos establecidos, un proyecto que deberá cumplir lo establecido en el presente documento y deberá contener como mínimo la descripción de los apartados incluidos en el siguiente guión.

GUIÓN DEL PROYECTO

1.- Datos de la entidad:

· AMIPA: nombre, dirección, NIF, persona de contacto, cargo que ocupa en la AMIPA, teléfono y correo electrónico.

· Centro escolar en el que se desarrolla el proyecto.

· Si la gestión de la actividad se realiza mediante una empresa seleccionada por la AMIPA: nombre de la empresa, NIF, persona de contacto, cargo que ocupa en la empresa, teléfono y correo electrónico.

2.- Nombre del Proyecto.

3.- Breve descripción del proyecto.

4.- Objetivo general.

5.- Objetivos específicos.

6.- Temporalización (fecha de inicio y finalización del aula de verano).

7.- Metodología.

8.- Recursos humanos (Nombre y forma de contacto del director de la actividad. Relación del personal con la titulación, especificando monitores de apoyo a la participación de niños con discapacidad, si fuera el caso).

9.- Recursos materiales.

10.- Recursos de infraestructura. Espacios a usar del centro educativo. Espacios y recursos municipales (concretar fecha, horario, lugar y actividad).

11.- Reuniones con las familias. Fecha, hora y lugar.

12.- Difusión (ejemplar de documentos a editar y/o publicar).

13.- Inscripciones (indicar el lugar, los días y los horarios de atención al público, así como la documentación a aportar a la hora de formalizar la inscripción).

14.- Modelo de hoja de inscripción. (en dicha hoja deberán aparecer los precios).

15.- Modelo de registro de incidencias.

16.- Evaluación de los riesgos de las actividades y descripción de las medidas preventivas.

NORMATIVA AULAS DE VERANO

Destinatarios: Los destinatarios del servicio de aulas de verano son niños y niñas de 3 a 14 años, preferentemente residentes en Calvià.

Temporalización y horario: Meses de julio y agosto, de lunes a viernes.

Mes completo

1ª quincena

2ª quincena

Julio

3 al 31

3 al 14

17 al 31

Agosto

1 al 31

1 al 15

16 al 31

El horario del aula de verano es, con carácter general, de 9 a 14 horas.

Además, deben ofrecerse los siguientes servicios:

· Ludoteca mañana: de 7 a 9 h (el horario de inicio de este servicio se adaptará a las necesidades de las familias)

· Servicio de comedor: de 14 a 16 h. Las AMIPA son las encargadas de gestionar (contratar) el servicio de comedor de acuerdo con la legislación vigente. De 15 a 16 h. se prestará servicio de ludoteca.

Precios: Se establecen los siguientes precios máximos para las aulas de verano subvencionadas por el IMEB, que se podrán revisar en circunstancias excepcionales:

QUINCENA

MES

SERVICIO COMEDOR

De 7 a 9 h

De 9 a 14 h

De 7 a 9 h

De 9 a 14 h

10,00 €

100,00 €

20,00 €

180,00 €

Estos precios pueden mejorarse por parte de las AMIPA en beneficio de los niños interesados en participar en las aulas de verano.

Los precios máximos indicados en el cuadro anterior no podrán verse incrementados por gastos adicionales en ningún concepto, salvo el servicio de comedor. No podrá cobrarse cantidad adicional por excursiones, material, transporte, etcétera.

El precio del comedor se determinará con la empresa de comedor que gestione el servicio.

Excepcionalmente, y siempre que se trate de una aula de verano que por su contenido específico necesariamente deba contar con un equipo de profesionales especializados en otras disciplinas, se determina que el precio máximo por quincena será de 115 €, y por mes de 220 €. Este supuesto deberá contar con el visto bueno previo del IMEB.

Difusión: Las asociaciones de madres y padres deberán realizar la máxima difusión posible de las aulas de verano. Todos los documentos, en cualquier soporte, que quieran emplearse para promocionar las aulas de verano, deberán hacer constar “Con el apoyo del IMEB”, incluyendo el logo correspondiente y siendo supervisados y autorizados por el IMEB antes de ser divulgados.

En la publicidad deberá hacerse mención expresa a la subvención municipal realizada por el Ayuntamiento, distinguiendo el precio de residente y no residente.

Subvención municipal

Mensual

Quincena

Alumnos residentes en Calvià

40,00 €

20,00 €

Alumnos residentes en Calvià pertenecientes a familia numerosa

50,00 €

25,00 €

Las familias numerosas, que aporten Libro de Familia Numerosa, tienen acceso preferente a las aulas de verano, de acuerdo con lo que determina la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.

La inscripción de los participantes es a cargo de las asociaciones de madres y padres. Las AMIPA tendrán que disponer y habilitar un espacio donde recibir a las familias.

El modelo de hoja de inscripción deberá de disponer de un campo para que los usuarios puedan marcar la opción en el caso de que dispongan de certificado de discapacidad.

Los teléfonos del centro educativo no estarán disponibles para la utilización de la organización o empresa que presta el servicio; sólo pueden utilizarse para recibir llamadas y en caso de urgencia.

Cualquier incidencia deberá ser comunicada de forma inmediata y por escrito (correo electrónico imeb@calvia.com, teléfono 971 139 139 o fax número 971 139 159) al IMEB.

El IMEB autorizará cualquier nueva propuesta o incremento de actividades o servicios que quiera incorporarse al programa del aula de verano y tendrá en cuenta los objetivos, la posibilidad de realización y sus características.

Cada aula de verano deberá contar con un teléfono móvil operativo para que tanto la AMIPA como el IMEB puedan ponerse en contacto con el aula, en cualquier momento, durante el horario de realización de las aulas de verano.

Fiesta final conjunta: el 31 de agosto se celebrará una fiesta final conjunta de obligada asistencia y participación para todas las aulas de verano. El IMEB dirigirá y coordinará la fiesta con la colaboración de las diferentes aulas de verano que deberán hacerse cargo del transporte de los alumnos.

En caso de que el Aula de Verano deba suspenderse, por motivos ajenos a los alumnos inscritos, la AMIPA procederá a la devolución del importe proporcional a la actividad no realizada.

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN DE LOS MENORES SAHARAUIS

El Ayuntamiento de Calvià, desde el Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales, promueve la participación de familias en la acogida de menores saharauis durante la época estival, enmarcada en el programa “Vacances en Pau» y organizada por la Asociación Balear de Amigos del Pueblo Saharaui.

En caso de que las familias participantes estén interesadas en que los niños participen en las aulas de verano, deberán trasladar la petición al Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales. En este caso:

· El IMEB contactará con la AMIPA para atender la petición y garantizar la integración de los menores saharauis acogidos por familias del municipio. Así mismo el IMEB facilitará a la AMIPA todos los datos del menor de que disponga.

· La AMIPA tiene que dar respuesta a esta petición en el menor tiempo posible.

· Una vez aceptada la petición, la familia contactará con la AMIPA para formalizar la inscripción.

· Para contribuir a la integración de estos menores a las aulas de verano, el IMEB subvencionará su participación en la actividad, de la misma forma y en la misma cuantía que se subvenciona la participación de niños residentes en Calvià.

En este caso deberá aportarse certificado de empadronamiento de la familia de acogida.

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN DE MENORES CON DISCAPACIDAD

El Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales tiene entre sus objetivos facilitar la integración de los niños con discapacidad en las aulas de verano. Con este objetivo se establece una serie de requisitos y procedimientos a seguir:

1. En cualquier caso, los participantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

· Tener una edad comprendida entre 3 y 14 años.

· Estar escolarizados en un centro educativo de infantil y primaria, salvo algunas excepciones, que deberán ser valoradas.

· Ser residentes en Calvià.

· Tener el certificado de discapacidad física, psíquica o sensorial, con la certificación del organismo correspondiente, igual o superior a un 33%.

2. Los participantes pueden solicitar el acceso a este servicio a través de uno de los siguientes canales:

· Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales, EOEP, Centro escolar, AMIPA.

3. Posteriormente a la solicitud, la trabajadora social de referencia valorará las necesidades de apoyo para cada caso y mantendrá una reunión con el EOEP u otros servicios especializados de referencia para acordar la derivación y el contenido del informe técnico.

4. La trabajadora social de referencia concertará una entrevista con los padres o tutores del menor, con el fin de aportar la documentación necesaria.

5. El Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales tiene que valorar cada caso, aportar la ficha de evaluación y determinar el sistema de apoyo más adecuado para la participación e integración del menor. En caso de estimar la necesidad de contratación de monitores de apoyo, ésta será a cargo de la AMIPA.

Según rigen estas bases, será objeto de subvención la contratación de monitores de apoyo para actividades concretas; la contratación en jornada parcial y/o la contratación en jornada completa. Los monitores contratados a cargo de alumnos con discapacidad deberán estar capacitados para el desarrollo de las funciones encomendadas acreditando experiencia suficiente y/o titulación relacionada con las tareas a desarrollar. Dichos monitores deberán coordinarse y seguir las pautas marcadas por la trabajadora social asignada a este programa.

6. El Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales deberá contactar con la AMIPA para comunicar el sistema de integración óptimo para cada caso y concretar las gestiones pertinentes que se han de realizar antes, durante y posteriormente a la actividad, así como las condiciones correspondientes.

7. En cualquier caso, la AMIPA deberá atender las peticiones derivadas del Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales y garantizar la integración de los participantes.

DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS

La documentación que se indica a continuación deberá presentarse en el Registro General del IMEB, situado en C/ Julià Bujosa Sans, Batle, 1 Calvià, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas:

Antes del 10 de junio

· Concreción de los espacios a usar del centro educativo y espacios municipales (número de aulas y espacios comunes).

· Copia de la declaración responsable entregada al Govern Balear (debe estar registrada).

· Nombre, teléfono y correo electrónico de la persona que ejerce la función de director de la propia aula. Nombre, teléfono y correo electrónico del representante de la AMIPA para contactar en caso de urgencias. Deberá estar disponible durante la duración de la actividad.

· Fotocopia de la contratación de la póliza de seguros (de responsabilidad civil y de asistencia/accidentes).

GUIÓN PARA REALIZAR LA MEMORIA

1.- Participantes y año de nacimiento. Participantes por grupos de edad (educación infantil; primer ciclo de primaria; segundo ciclo de primaria y tercer ciclo de primaria). Número de participantes y periodo en el que se inscriben: quincenal y mensual. Participación en las ludotecas por la mañana y tarde y en el comedor, quincenal y mensual. Participantes y centro escolar de donde proceden. Organización de los grupos. Número de menores participantes con discapacidad. Número de menores participantes del programa “Vacances en Pau”

2.- Recursos humanos. Organización del equipo encargado de la actividad: número de profesionales y perfiles.

3.- Recursos materiales e infraestructura.

4.-  Difusión. Se deberá adjuntar una copia de cada folleto, cartel, documento de difusión de la actividad.

5.- Presupuesto. Relación de gastos y de las facturas vinculadas a los mismo.

6.- Resultados del cuestionario de satisfacción de las familias (según modelo entregado).

7.- Observaciones y propuestas de mejora.

Calvià, 27 de abril de 2.017

Presidenta del Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas

Natividad Francés Gárate

Documentos adjuntos