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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 4303
Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Grup Esportiu Espalmador para promocionar, organizar y ejecutar eventos de larga trayectoria, para el año 2017

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Texto

De conformidad con aquello previsto en la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo comun de las administraciones públicas, se hace público la firma del siguiente convenio:

Convenio de colaboración entre el Consell Insular de Formentera y el Grup Esportiu Espalmador prara promocionar, organizar y ejecutar eventos de larga trayectória, para el año 2017.

REUNIDOS

El Sr. Jaume Ferrer Ribas, mayor de edad, con DNI 41450065-V, con domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, Sant Francesc Xavier, Formentera.

El Sr. Juan Jose Escandell Mayans , mayor de edad, con DNI 41.459.818-H, y domicilio a efectos de comunicación en la calle Miramar, 41, 07871, Formentera.

INTERVIENEN

El Sr. Jaume Ferrer Ribas, como presidente del Consell Insular de Formentera, actuando en nombre y representación de esta Corporación, con CIF P0702400C y con domicilio en la plaza de la Constitución núm. 1, de Sant Francesc Xavier (Formentera), en virtud del Acta del Pleno del Consell Insular de Formentera con fecha 13 de junio de 2015, de acuerdo con el artículo 136 del Reglamento Orgánico del Consell Insular de Formentera (ROC) y en virtud del artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de regimen local, de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de regimen electoral general y del artículo 9 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consells insulars, asistido por el secretario de la Corporación, el Sr. Angel Sánchez, de conformidad con el artículo 161 del ROC.

El Sr. Juan Escandell Mayans, presidente del Grup Esportiu Espalmador, quien actua en representación del citado Club, el cual dispone de CIF G57664542, y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Miramar número 41, según el Acta de la Asamblea General Extraordinaria del Grup Esportiu Espalmador de Formentera, con fecha 05 de octubre de 2015.

Ambas partes actuan en representación de sus respectivas entidades, reconociendose mutuamente plena capacidad jurídica para obrar.

MANIFIESTAN

Primero.- La ley 14/2006 de 17 de octubre del deporte de les Illes Balears, en su artículo 3 establece que las competencias de los Consells Insulars es: “Promocionar, planificar y ejecutar diferentes actividades deportivas para los diferentes ambitos y sectores sociales.”

Segundo.- Que el Grup Esportiu Espalmador está interesado en hacer la promoción, la planificación, la organización y ejecución de los diferentes eventos deportivos de Larga Trayectória para el 2017.

Tercero.- Que es voluntad del Consell Insular de Formentera colaborar con el Grup Esportiu Espalmador para que se lleven a cabo las pruebas deportivas siguientes:

  • IV Far a Far del 23 de abril.
  • V Trofeo Ciclismo en ruta Illa de Formentera del 26 de marzo.
  • IV Copa Illa de Formentera en BTT del 7 de mayo.
  • XXXII Milla Urbana del 22 de julio.
  • XXII Subida a la Mola del 12 de octubre.
  • Vuelta Cicloturista en BTT del 27 al 29 de octubre.
  • XXXIX Carrera de la Constitución Memorial Jonh Tunks del 6 de diciembre.

En virtud de lo expuesto anteriormente, ambas partes acuerdan formalizar este convenio, de acuerdo con las siguientes:

 

CLAUSULAS

Primera.- El Consell Insular de Formentera realizará una aportación máxima de 7.000€ para la efectiva realización de los eventos mencionados en el manifiesto tercero de este convenio, con cargo a la partida presupuestária 2017.1.341.48000 de los presupuestos generales del Consell Insular de Formentera para el año 2017.

Segunda.- Que el Grup Esportiu Espalmador se hará cargo de la promoción, planificación, organización y ejecución de los eventos citados.

Tercera.- El Grup Esportiu Espalmador presentará en el registro general de Entrada del CIF, ubicado en la OAC, dirigida al área de deportes de este Consell, una memória justificativa (anexo1) de la realización de los eventos deportivos con fecha no superior al 20 de diciembre de 2017. Esta memória constará de información textual y gráfica del evento, con fotografias, recortes de prensa y qualquier otra información que el Grup Esportiu Espalmador considere oportuno.

Quarta.- En los eventos deportivos objeto de este convenio, tanto los dorsales de todos los deportistas que participen como todas las pancartas, carteles de salida y llegada y página web de cada evento, debe de aparecer siempre el logotipo del Consell Insular de Formentera.

Quinta.- El Grup Esportiu Espalmador se responsabilizará de que los eventos deportivos vinculados a este convenio de colaboración utilice dicho logotipo, y de su correcta utilización.

Sexta.- El Consell Insular de Formentera se compromete a supervisar y velar por el correcto desarrollo de las actividades descritas en este convenio de colaboración.

Séptima.- El Grup Esportiu Espalmador añadirá, en todos los reglamentos deportivos de las pruebas incluidas en este convenio, una cláusula donde quede bien claro que es obligación de los participantes velar por la correcta limpieza y la clasificación de los residuos que se produzcan durante las pruebas, pudiendo el Consell Insular de Formentera sancionarlos por no cumplir la normativa vigente de recogida selectiva.

Octava.- La realización del pago: el Consell Insular de Formentera abonará un pago de 7.000,00€ posterior a la presentación y evaluación de la documentación requerida en el acuerdo octavo, así como qualquier otra documentación solicitada por el Consell Insular de Formentera.

Novena.- Este convenio será vigente desde el día de su firma hasta el día 28 de diciembre de 2017, teniendo los efectos retroactivos en cuanto a las actividades objeto de este convenio, desde el 1 de enero de 2017.

Décima.- Este convenio se podrá resolver, con audiéncia previa de las partes, por las causas siguientes:

  • El mutuo acuerdo entre las partes, que se debe de formalizar por escrito.
  • El incumplimiento de las normativas de aplicación y/o de los pactos establecidos.
  • No llevar a cabo la prestación de las actividades objeto del presente convenio.

En el caso que la resolución del convenio fuese por el incumplimiento por parte del Grup Espalmador, este deberá de reintegrar las cantidades percibidas como aportación económica derivada del convenio.

Decimoprimera.- Dada la naturaleza juridicoadministrativa de este convenio de colaboración, las cuestiones litigiosas que puedan derivarse de la interpretación, la ejecución y, en su caso, la resolución de este convenio se deberá de someter a la jurisdicción contenciosa – administrativa, segun lo establecido en la ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa – administrativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman este convenio de colaboración por duplicado.

Formentera,7 de marzo de 2017

El presidente del Consell Insular de Formentera                  El presidente del Grup Esportiu Espalmador

Sr. Jaume Ferrer Ribas                                                           Sr. Juan José Escandell Mayans

Delante de mi, el Secretario.

Ángel Custodio Navarro Sánchez

 

ANEXO 1.

Documentación para la Cuenta Justificativa del gasto:

  1. Relación de gastos numerada y bien detallada (fecha de factura, número de factura, proveedor, importe, concepto de factura y fecha del pago de la factura)

  2. Memória de las actuaciones.

  3. Declaración responsable de no estar incluido en ninguna incompatibilidad.

  4. Certificados de Hacienda y Seguridad Social de estar al corriente de obligaciones.

  5. Informe técnico favorable de la conselleria de deportes de que el convenio se ha cumplido según los términos en que se firmó (muy importante que se ha dado publicidad a la aportación – colaboración del Consell Insular de Formentera a los eventos).

por lo que se hace público para generar su conocimiento

 

Formentera, 31 de marzo del 2017

Al presidente del Consell Insular de Formentera,

Jaume Ferrer Ribas