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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE VILAFRANCA DE BONANY

Núm. 4268
Nombramiento funcionaria interina

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Texto

Resolución de Alcaldía por la que publica la adjudicación, a través de la bolsa de trabajo, del puesto de trabajo de administrativo como funcionario interino del Ayuntamiento

Antecedentes

El 8 de abril de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (nº 42) Resolución de Alcaldía por la que se convocaba la provisión, con carácter de interinidad, de una plaza vacante de administrativo a través de la bolsa de trabajo en vigor.

Consideraciones jurídicas

De conformidad con el Decreto30/2009, de 22 de mayo, por el cual se aprueba el procedimiento de selección de personal funcionario interino al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Ley 3/2007 de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y cumpliendo con el principio de publicidad establecido en el artículo 55 del Texto refundido 5/2015 de la ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Por todo ello, dicto la siguiente Resolución:

1.-Adjudicar el puesto de trabajo de administrativa a Dª. Magdalena Amengual Gayá, como funcionaria interina del Ayuntamiento de Vilafranca de Bonany.

2.-Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución -que agota la vía administrativa-puede interponerse un recurso de reposición ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha en que se haya recibido la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha que se haya recibido la notificación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.6 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

Vilafranca de Bonany, a 19 de abril de 2017.

El Alcalde
Montserrat Rosselló Nicolau