Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD
Núm. 4229
Resolución del consejero de Educación y Universidad por la que se regula la realización de la evaluación 2016-2017 del impacto de diferentes metodologías en la enseñanza de las matemáticas y el procedimiento de aplicación a los centros docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten enseñanzas de educación primaria
Hechos
Desde el curso 2008-2009 hasta al 2013-2014 se ha llevado a cabo en las Illes Balears evaluaciones diagnósticas a los alumnos de la etapa de la educación obligatoria. El IAQSE (Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo), en los informes derivados de estas evaluaciones, ha puesto de manifiesto que la competencia matemática es la que presenta el menor grado de consolidación entre el alumnado de las Illes Balears.
Así mismo, en el informe Indicadores de Resultados Académicos de las Illes Balears del curso 2015-2016 se hace patente que las matemáticas son la disciplina académica con un porcentaje más bajo de aprobados en la educación primaria, en la educación secundaria obligatoria i en el bachillerato. Este informe aconseja la implantación de nuevos programas y nuevas metodologías didácticas que posibiliten la mejora en la asimilación por parte de los alumnos de los aprendizajes propios de esta disciplina académica.
A lo largo de los últimos años, conscientes de esta necesidad, algunos centros de las Illes Balears, en función de su autonomía, han iniciado diferentes procesos de innovación en la línea apuntada anteriormente. También, la Consejería de Educación y Universidad ha iniciado acciones dirigidas a aplicar procedimientos y recursos de innovación de la enseñanza y el aprendizaje de las matemáticas.
Sin embargo, en cualquier proceso de innovación o de cambio resulta esencial la determinación de sus efectos y, en consecuencia, resulta conveniente comprobar si con la introducción de procesos de innovación se han producido cambios y si estos comportan una mejora en la asunción de la competencia matemática por parte de los alumnos.
Fundamentos de derecho
La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, otorga en el artículo 144 a las administraciones educativas la posibilidad de establecer evaluaciones con finalidad diagnóstica, al margen de las evaluaciones individualizadas de cumplimiento obligado.
También, en el artículo 142 se explicita que las administraciones educativas, mediante los organismos correspondientes que determinen, deben evaluar el sistema educativo en el ámbito de sus competencias.
Por todo ello, a propuesta del director general de Innovación y Comunidad Educativa y del director general de Planificación, Ordenación y Centros dicto la siguiente
Resolución
1. Llevar a cabo, durante el curso escolar 2016-2017, una evaluación de diagnóstico a centros docentes no universitarios de las Illes Balears que imparten enseñanzas de educación primaria, con la finalidad de determinar los efectos de la implantación de metodologías innovadoras sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje de las matemáticas.
2. Encargar al Servicio de Innovación Educativa y al Instituto de Evaluación y Calidad del Sistema Educativo (IAQSE) la responsabilidad de diseñar y planificar la aplicación de la prueba y los cuestionarios de contexto, de coordinar el proceso i de analizar los datos, sin perjuicio de las funciones que la normativa autonómica atribuye a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros (DGPOC) y a la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa (DGICE) en esta materia.
3. Ajustar el proceso de la evaluación del impacto de la implantación del uso de diferentes metodologías para la enseñanza de las matemáticas 2016-2017 en centros de educación primaria al que se indica en el anexo de esta Resolución.
4. Facultar a la Dirección General de Innovación y Comunidad Educativa para que dicte las resoluciones y arbitre los recursos y las medidas necesarias para que los procesos mencionados puedan desarrollarse normalmente y de acuerdo con las finalidades previstas.
5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer potestativamente un recurso de reposición ante el consejero de Educación i Universidad en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haberse publicado en el BOIB, según lo que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa.
Palma, 5 de abril de 2017
El consejero
Martí X. March i Cerdà
ANEXO
Diseño y planificación de la aplicación de la prueba, coordinación del proceso y análisis de los datos
1. Objeto de la evaluación
El curso 2016-2017 se evaluará la competencia matemática de una muestra del alumnado de primer curso de educación primaria de las Illes Balears. Esta muestra tiene que estar formada por alumnos escolarizados en centros donde se estén implantando las metodologías didácticas innovadoras más utilizadas actualmente en las Illes Balears para la enseñanza de las matemáticas y para alumnos de centros donde se siga una metodología tradicional.
Se aplicará una prueba de competencias básicas en matemáticas a los alumnos de la muestra para determinar el nivel, con la finalidad de utilizarlo como punto de partida en la evaluación de su progreso en cursos próximos.
2. Funciones del IAQSE y del Servicio de Innovación Educativa
El Servicio de Innovación Educativa y el IAQSE, en el marco de las funciones respectivas, tiene que tomar las medidas pertinentes, de manera coordinada, para planificar, coordinar, aplicar y corregir las pruebas y elaborar los informes pertinentes que se deriven de la evaluación.
Además, el IAQSE tiene que hacer la gestión y el análisis de los datos de todo el proceso de evaluación.
3. Fases del proceso
Las fases del proceso evaluador deben llevarse a cabo durante el año 2017 y requieren el desarrollo, entre otras, de les actuaciones siguientes:
a) Elaboración de las pruebas y cuestionarios de contexto.
b) Información a los centros y mecanización de los procesos.
c) Información a los aplicadores y correctores.
d) Introducción por parte del IAQSE de las pruebas, los cuestionarios y los usuarios (alumnos, aplicadores y directores) en la aplicación informática.
e) Aplicación de las pruebas a los alumnos de la muestra y de los cuestionarios a sus familias.
f) Corrección de las pruebas y gestión de los datos.
g) Análisis y explotación de los datos.
h) Envío de la información a los centros.
i) Análisis de los resultados por parte de los centros.
j) Informe ejecutivo sobre los resultados obtenidos por la Administración educativa.
4. Implicación de los centros educativos
1. Los centros que formen parte de la muestra tienen que participar y colaborar con la Administración educativa en la realización de la evaluación.
2. Los tutores de los grupos clase que formen parte de la muestra o las personas en que delegue el director del centro serán los encargados de introducir en la aplicación informática correspondiente los datos de los cuestionarios de familias que se hagan en papel.
5. Poblaciones implicadas
1. Una vez detectadas las metodologías más utilizadas en la enseñanza de las matemáticas en las Illes Balears a partir de un cuestionario que se envió a todos los centros de educación primaria, se tiene que elaborar una muestra de 50 centros. De cada centro, tienen que formar parte de la muestra hasta dos grupos clase elegidos aleatoriamente.
2. La prueba de competencias básicas en matemáticas la tienen que hacer todos los alumnos de primer curso de EP que formen parte de la muestra.
3. Se pueden excluir de la muestra los alumnos (NESE) que estén diagnosticados de acuerdo con el artículo 19 del Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos, que presenten un desajuste curricular significativo.
4. Además, las familias de los alumnos que hagan la prueba tienen que contestar un cuestionario de contexto, tal como se detalla en el punto 6.1 de este anexo.
6. Instrumentos de evaluación (pruebas y cuestionarios de contexto)
1. Los instrumentos de evaluación aplicables son los siguientes:
a) De los alumnos de la muestra: prueba de competencias básicas en matemáticas para detectar el nivel de partida.
b) De las familias de los alumnos de la muestra: cuestionario para obtener información sobre las variables de contexto y de satisfacción con la metodología didáctica utilizada en la enseñanza de las matemáticas.
2. Personal responsable de la elaboración de las pruebas: la preparación de la prueba tiene que ir a cargo de maestros de la etapa de educación primaria, coordinados y asesorados por personal técnico del IAQSE y del Servicio de Innovación Educativa.
Se tiene que constituir una comisión de elaboración para confeccionar y diseñar la prueba objeto de evaluación.
7. Aplicación de las pruebas
1. La aplicación de las pruebas se tiene que hacer entre los días 5 y 9 de junio de 2017. Sólo se pueden modificar estas fechas, previa consulta al Servicio de Innovación Educativa, en casos excepcionales y por motivos de calendario del centro.
1.1. En cada centro se tiene que aplicar la prueba en un solo día a todos los alumnos de cada grupo clase que forme parte de la muestra. En el caso que haya dos grupos clase muestrales, se puede aplicar la prueba en dos días consecutivos, cada grupo clase en un solo día.
1.2. Los cuestionarios de familias se tienen que haber contestado antes de la realización de las pruebas.
2. Responsables de la aplicación y corrección de las pruebas:
La aplicación y la corrección de las pruebas la tienen que llevar a cabo maestros del equipo de apoyo, preferentemente maestros de atención a la diversidad designados por el centro, de acuerdo con las instrucciones que el director general de Innovación y Comunidad Educativa les enviará al efecto.
3. Criterios de aplicación y de corrección de las pruebas y de gestión del proceso de evaluación:
Los maestros designados para la aplicación de la prueba serán informados por el IAQSE y por el Servicio de Innovación Educativa sobre el procedimiento que tienen que seguir en la aplicación y el funcionamiento de la aplicación informática mediante la cual se tienen que introducir las pruebas (sólo se tienen que introducir las opciones de respuesta de cada alumno a las preguntas cerradas, una vez corregidas, las puntuaciones obtenidas en las preguntas abiertas).
8. Análisis y explotación de datos y elaboración de informes
1. Una vez aplicadas y corregidas las pruebas e introducidas en la aplicación informática correspondiente, el IAQSE tiene que hacer los análisis estadísticos de los ítems y de los resultados obtenidos. Los resultados obtenidos de estos análisis se tienen que facilitar a los centros una vez finalizados.
2. A partir de los datos recogidos con los cuestionarios de familias, se tiene que analizar la incidencia de las diferentes variables de contexto sobre los resultados de los alumnos.
3. Igualmente, se tiene que calcular el índice socioeconómico i cultural (ISEC) de los alumnos, con la finalidad de utilizarlo como variable de control en la comparación de resultados de los alumnos que sigan las diferentes metodologías utilizadas.
9. Informe de situación inicial para la Administración educativa
El IAQSE tiene que elaborar un informe ejecutivo para la Administración educativa en el que se proporcionen los resultados globales de los alumnos para el conjunto de la Comunidad Autónoma, desagregados según diferentes variables de interés.
Si se dan resultados desagregados por isla, los resultados de los alumnos de Formentera se tienen que integrar en los de Ibiza para garantizar la confidencialidad de los datos.