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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 4223
Resolución provisional del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 24 de abril de 2017 sobre la renovación y el establecimiento de los conciertos educativos a partir del curso escolar 2017-2018 y hasta el curso 2022-2023

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Texto

Hechos

1. El 14 de enero de 2017 se publicó, en el BOIB nº 6, el Decreto 3/2017, de 13 de enero, por el cual se establecen los preceptos que tienen que regir las convocatorias para el establecimiento y la renovación de los conciertos educativos a partir del curso académico 2017-2018.

2. El 17 de enero de 2017 se publicó, en el BOIB nº 7, la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 16 de enero de 2017 por la cual se convoca el procedimiento para el establecimiento de los conciertos educativos para los cursos académicos 2017-2018 a 2022-2023 y se amplía la relación de apartados en que los centros privados concertados tienen que utilizar el GestIB.

3. El artículo 21.3 del Decreto 3/2017, en lo referente al procedimiento para aprobar y denegar los conciertos educativos, establece que, para suscribir, renovar o modificar un concierto educativo, hace falta un informe previo sobre las necesidades de escolarización del centro solicitante emitido por el Departamento de Inspección Educativa de las Illes Balears a instancia del director general de Planificación, Ordenación y Centros y un informe económico y de planificación educativa del Departamento de Planificación y Centros. En el caso de los conciertos de formación profesional, también hace falta un informe previo del Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales.

4. Con referencia a este artículo, se tiene que señalar que constan en el expediente:

- Un informe del Departamento de Inspección Educativa de 20 de marzo de 2017 sobre las necesidades de escolarización de los centros que han solicitado la suscripción o la renovación de los conciertos educativos a partir del curso escolar 2017-2018.

- Un informe económico y de planificación educativa del jefe del Departamento de Planificación y Centros de 24 de marzo de 2017.

- Los informes del Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales de 9 de marzo y de 5 de abril de 2017 sobre las solicitudes presentadas de suscripción o renovación del concierto educativo de ciclos de formación profesional a partir del curso escolar 2017-2018.

- Los informes del Servicio de Atención a la Diversidad de 7, 8 y 9 de marzo de 2017 sobre las solicitudes presentadas de suscripción o renovación del concierto educativo de unidades de educación especial -aulas ordinarias, aulas sustitutorias en centros específicos (ASCE) y unidades educativas específicas en centros ordinarios (UEECO)-  a partir del curso escolar 2017-2018.

5. El artículo 23.2 del Decreto 3/2017 establece lo siguiente: 

A partir de los informes, establecidos en el artículo 21.3 de este Decreto, del Departamento de Planificación y Centros, del Departamento de Inspección Educativa y, si procede, del Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales, y valorados los apartados de la memoria establecidos en el artículo 21.2 del Real Decreto 2377/1985, oídas las propuestas de la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears y de acuerdo con los recursos presupuestarios destinados a la financiación de los centros concertados, el director general de Planificación, Ordenación y Centros tiene que hacer una propuesta provisional sobre la concesión o la denegación de los conciertos, la tiene que publicar y tiene que fijar un plazo de diez días hábiles para que, en el supuesto de que haya propuestas totalmente o parcialmente denegatorias, los solicitantes puedan alegar lo que consideren procedente según su derecho.

En cumplimiento de lo que dispone el punto anterior, la Comisión de Conciertos Educativos de las Illes Balears se reunió el 6 de abril de 2017. 

6. En fecha 21 de abril de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un segundo informe económico y de planificación educativa, que modifica el de 24 de marzo de 2017, de acuerdo con las propuestas aceptadas de la Comisión de Conciertos citada en el punto anterior.

7. A pesar que el artículo 23.3 del Decreto 3/2017 establece como fecha máxima para resolver los conciertos el  día  15 de abril, no se ha podido cumplir este plazo por la publicación tardía de este Decreto, por la necesidad de revisar todos los conciertos por el hecho de iniciarse un nuevo período de vigencia de estos y por la  subsanación de las solicitudes, con la finalidad de garantizar todo el procedimiento. 

Por todo ello, oída la Comisión de Conciertos Educativos de las  Illes Balears y en aplicación del artículo 23.2 del Decreto 3/2017, dicto la siguiente 

Resolución

1. Aprobar, de forma provisional, la renovación y el establecimiento de los conciertos educativos de los centros docentes privados que figuran en los anexos de esta Resolución, en los cuales también se expresan las observaciones que fundamentan la resolución adoptada en cada caso, así como el número de unidades concertadas por niveles que estos centros tendrán a partir del curso escolar 2017-2018 y hasta el curso 2022-2023.

2. Denegar, de forma provisional, la renovación o el establecimiento de los conciertos educativos de los centros docentes privados que figuran en los anexos de esta Resolución, en los cuales también se expresan las observaciones que fundamentan la resolución adoptada en cada caso, así como el número de unidades concertadas por niveles que estos centros tendrán a partir del curso escolar 2017-2018 y hasta el curso 2022-2023.

3. Conceder a los interesados un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears para que puedan formular las alegaciones que consideren adecuadas. Estas alegaciones se tienen que presentar a través del GestIB.

4. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 24 de abril de 2017

El director general de Planificación, Ordenación y Centros,

Antonio Morante Milla

Documentos adjuntos