Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 4108
Notificación del acuerdo del Consell Executiu de resolución del expediente sancionador número 11/2015-1644 por infracción de la normativa en materia de caza
Mediante el presente anuncio le notifico el acuerdo del Consell Executiu del Consell Insular d'Eivissa de fecha 21 de abril de 2017, por infracción de la normativa vigente en materia de caza, Ley 3/2013, de 17 de julio, de modificación de la Ley 6/2006, de 12 de abril, Balear de Caza y Pesca Fluvial, y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y Económico administrativas. De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la persona interesada que se detalla en el anejo adjunto se le notifica que este acto no pone fin a la vía administrativa y contra el se puede interponer recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Adminsitraciones Públicas, ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular d'Eivissa dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, todo ello en virtud de lo que dispone el artículo 10.2a y 22.2 de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de Consells Insulars y artículo 147.1 del Reglamento Orgánico del Consell Insular d’Eivissa (BOIB núm. 136 de 18.09.2010, corrección en BOIB núm. 148 de 14.10.2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16.04.2016).
Eivissa, 24 de abril de 2017
La secretaria técnica de Bienestar Social y Sanidad
Isabel Silverde Fernández
ANEXO
Número de expediente: 11/2015-1644
Presunto infractor: Sr. Joaquín Muñoz Moreno. DNI.: 41446633N
Fecha del acuerdo resolutivo del procedimiento sancionador: 21 de abril de 2017
Preceptos infringidos: El artículo 73.5 de la Ley 6/2006, de 12 de abril, de Caza y Pesca Fluvial (BOIB núm. 61, de 27 de abril de 2006) modificada por la Ley 3/2013, de 17 de julio y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y Económico Administrativas (BOIB núm. 16 de 30 de julio de 2013), tipificada como una infracción administrativa, y en relación con el artículo número 21 de la menciondaa Ley referente a las zonas de seguridad, consitente en realizar el deporte cinegético de la caza con escopeta a una distancia menor de 100 metros, y por tanto, no respetando la distancia de seguridad obligatoria respecto de las dos construcciones que indica el SEPRONA en su acta-denuncia número IB 134/15 de fecha 23.08.2015, una vivienda unifamiliar y un almacén agrícola en uso.
Último domicilio: C/ Extremadura, núm. 25 piso 2º puerta 2ª - 07800
Municipio: Eivissa