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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA

Núm. 4048
Extracto de la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de Participación Ciudadana para el año 2017

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Extracto del Acuerdo de Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca de día 5 de abril de 2017 relativo a la convocatoria de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de Participación Ciudadana para el año 2017

Código de la convocatoria: 341961

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Pueden obtener la condición de persona beneficiaria de las subvenciones las entidades asociativas u organizativas, sin ánimo de lucro, inscritas de forma definitiva en el registro pertinente en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y las entidades de administración local de Mallorca, de menos de 60.000 habitantes, que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza General de subvenciones del Consell de Mallorca.

No pueden obtener la condición de beneficiaria las personas o las entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) las asociaciones y entidades de tercera edad, las federaciones y las fundaciones.

b) las entidades asociativas con finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales y las asociaciones profesionales y las cooperativas.

c) las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 8 de la Ordenanza General de subvenciones del Consell de Mallorca, ni clubs que no se encuentren legalmente constituidos.

Segundo. Objeto

Las ayudas económicas de esta convocatoria se dirigen al desarrollo de actividades o proyectos en el ámbito de la participación ciudadana que se hagan en Mallorca o que tengan una repercusión y un beneficio, de forma clara y directa, de acuerdo con los objetivos de la convocatoria, en la ciudadanía de Mallorca.

Tercero. Modalidades objeto de subvención

a) Proyectos para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales y fomentar la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones.

b) Proyectos destinados a fomentar el trabajo en red (redes ciudadanas) y la colaboración asociativa.

Cuarto. Bases reguladoras

Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº 21, de 18 de febrero de 2017.

Quinto. Crédito presupuestario

Durante el ejercicio presupuestario 2017, se destina la cantidad de 400.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2017:

Las líneas objeto de subvención y el presupuesto inicial para cada una de ellas son las siguientes:

a) Proyectos de participación de entidades sin ánimo de lucro: doscientos mil euros (200.000,00€) con cargo a la aplicación presupuestaria 00.23180.48900

b) Proyectos de participación de entidades de administración local: doscientos mil euros (200.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 00.92400.46200

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes es de 20 días naturales, contadores a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.

  

Palma, 18 de abril de 2017

El secretario general por delegación
(Decreto de día 17 de julio de 2015,
BOIB núm. 114, de 28 de julio)
Jeroni M. Mas Rigo