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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 3979
Procedimiento ordinario 771/2014

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Texto

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado SENTENCIA 56/2016 DE FECHA 19/05/2016 cuyo FALLO es el siguiente:

FALLO

ESTIMO la demanda interpuesta por CP EDIFICIO VINSI, S.A. contra HERENCIA YACENTE Y HEREDEROS DESCONOCIDOS DE D. CHANDRA RATANLA PRAKASH CHAUDHARI y en consecuencia,

1. debo DECLARAR Y DECLARO que la HERENCIA YACENTE O LOSDESCONOCIDOS HEREDEROS DE D. CHANDRA RATANLA PRAKASH CHAUDHARI adeudan a la CP DEL EDIFICIO VINSI, la cantidad de 11.550’62 euros en concepto de principal, más los intereses desde la interposición de la demanda.

2. debo CONDENAR Y CONDENO a la HERENCIA YACENTE O LOS DESCONOCIDOS HEREDEROS DE D. CHANDRA RATANLA PRAKASH CHAUDHARI a abonar las citadas cantidades a la actora.

3. debo DECLARAR Y DECLARO la preferencia de crédito a favor de la actora por importe de 4.968’55 EUROS derivados de los gastos comunitarios correspondientes a los ejercicios 2011, 2012, Y 2013 y la anualidad en curso, imputables a la finca registral número 43.758, por encima de las cargas y gravámenes inscritos a favor de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARÍA e IMP MIRAGE SL, en los términos del art. 9.1 e) LPH, condenando expresamente a las codemandadas a estar y pasar por tal declaración.

Todo ello, con expresa imposición de las costas derivadas de la acción de reclamación de cantidad a la HERENCIA YACENTE O LOS DESCONOCIDOS HEREDEROS DE D. CHANDRA RATANLA PRAKASH CHAUDHARI y respecto de la acción de prelación con imposición de las costas a la entidad IMP MIRAGE SL, sin que proceda pronunciamientos relativo a costas en cuanto a la entidad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARÍA.

Y como consecuencia del ignorado paradero de HEREDEROS DESCONOCIDOS DE CHANDRA RATANLA PRAKASH CHAUDHARI, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Mayo de dos mil dieciséis.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA