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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 4077
Extracto de la Resolución de la consejera de Presidencia de 19 de abril de 2017 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar campañas divulgativas de sensibilización de la ciudadanía hacia la diversidad sexual y de género y de prevención de la LGTBI fobia en las Illes Balears, así como de difusión de los derechos de lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) para el 2017.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS: 343561

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para diseñar e implementar campañas divulgativas de sensibilización de la ciudadanía hacia la diversidad sexual y de género y de prevención de la LGTBI fobia en las Illes Balears, así como de difusión de los derechos de lesbianas, gais, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) para el 2017. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (<http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans>).

Primero

Entidades beneficiarias

Pueden ser beneficiarios de las subvenciones que prevé esta convocatoria las las asociaciones, federaciones de asociaciones, fundaciones y cualquier otra persona jurídica privada sin ánimo de lucro legalmente constituidas y en activo, radicadas en las Illes Balears que cumplan los requisitos que establece el apartado 5.2 de la convocatoria.

Segundo

Objeto

El objeto de esta convocatoria es conceder ayudas, mediante subvenciones públicas, para diseñar e implementar campañas divulgativas de sensibilización de la ciudadanía hacia la diversidad sexual y de género y de prevención de la LGTBI fobia en las Illes Balears, así como de difusión los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales (LGTBI) en cualquiera de los ámbitos sensibles que establece la Ley 8/2016, de 30 de mayo, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar la LGTBI fobia (ámbito laboral, de la educación, de la salud, de los servicios sociales, de la justicia y los cuerpos de seguridad, del deporte y el ocio y de la comunicación), en el marco de las actuaciones previstas en el artículo 2.1 j de las bases reguladoras.

El objeto de las ayudas es la creación y la realización de campañas de difusión de los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales, de sensibilización hacia la diversidad sexual y de género, y de prevención de la LGTBI fobia a las Illes Balears, con el fin de:

a) Dar a conocer la diversidad sexual y de género en la ciudadanía de las Illes Balears.

b) Fomentar una percepción y una actitud positivas hacia el colectivo LGTBI para evitar situaciones de rechazo y de marginación de las personas por razón de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

c) Difundir la Ley 8/2016 entre toda la ciudadanía de las Illes Balears, especialmente entre lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y sus familias, con el objetivo de que conozcan los nuevos derechos que les concede esta ley.

Tercero

Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por la Orden del consejero de Presidencia de 14 de enero de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de acción cívica (BOIB núm. 17, de 3 de febrero).

Cuarto

Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 20.000 € (veinte mil euros) con cargo a las correspondiente partida presupuestaria de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017.

La determinación del importe de la subvención se establece en el punto 13 de la convocatoria de acuerdo con los criterios previstos en el punto 12.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes y la documentación adjunta es de un mes a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Los modelos para presentar la solicitud están disponibles en la sede electrónica del Gobierno de las Illes Balears (<http://seuelectronica.caib.es>) y en la página web de la Dirección General de Coordinación de la Consejería de Presidencia (<http://dgpresid.caib.es/>).

Palma, a 19 de abril de 2017

       

La consejera de Presidencia

Pilar Costa i Serra