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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 3998
Resolución de la directora gerente del hospital comarcal de Inca de rectificación de errores de la Resolución de la directora gerente del Hospital Comarcal de Inca por la que se aprueba la convocatoria por promoción interna temporal de una plaza de Técnico de la Función administrativa de Inca (Expd. PIT 3/17)

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Texto

Antecedentes

1.En el Boib núm. 35/2017, 23 de marzo, se publicó la resolución de la directora gerente del hospital de Inca por la que se aprueba la convocatoria por promoción interna temporal de una plaza de Técnico de la función administrativa de Inca (Expd.PIT 3/17) que está vacante.

2. Se ha observado un error en el Anexo II (Baremo de méritos), concretamente en el punto 1 (experiencia profesional).

Fundamentos de derecho

1. El artículo 32 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las  Islas Baleares, dispone que ”la renovación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de errores materiales, aritméticos y de hecho en actos o disposiciones administrativas corresponde al órgano que  haya dictado  el acto o la disposición.”

Resolución

1.Rectificar los errores observados en el Anexo II (baremo de méritos),concretamente en el punto 1(experiencia profesional) de la Resolución de la directora gerente del hospital comarcal de Inca, por la que se prueba la convocatoria de una plaza de técnico de la función administrativa del hospital comarcal de Inca (Expd.PIT 3/17)

Se modifica el apartado b) del punto 1.1 experiencia profesional donde dice:

b) Por cada mes de servicio prestado como cooperante en programas de cooperación internacional para el desarrollo o en programas de ayuda humanitaria ejerciendo las funciones propias de la categoría a que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,14 puntos.

Debe decir:

b) Por cada mes de servicio prestado en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría o plazas del mismo contenido funcional: 0,14 puntos.

Ampliar el plazo para presentar solicitudes a diez días naturales des del día siguiente a la fecha de publicación.

 

Inca, 19 de abril de 2017.

La directora gerente
Soledad Gallardo Bonet
Por delegación de firma del director general
(Resolución de 12 de febrero de 2016)