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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 3994
Extracto de la Resolución de Alcaldía de 12 de abril de 2017, por la que se aprueban la convocatoria de ayudas para la realización de actividades culturales del término municipal de Es Mercadal para entidades sin ánimo de lucro

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS (Identif.): AE-343235-B

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios:

1. Los solicitantes que quieran acogerse a estas ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser entidades privadas sin ánimo de lucro.

b) Realizar actuaciones en el ámbito del fomento de la cultura en el término de Es Mercadal.

c) No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).

d) No estar incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4. de la misma.

2. Quedan expresamente excluidas:

a) Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.

b) Cooperativas

c) Centros docentes o de enseñanza

d) Entidades políticas o sindicales

Segundo. Finalidad:

Colaborar con las entidades que realizan actividades culturales dentro del término municipal de Mercadal, según las bases reguladoras incluidas en la base 16ª de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2017, aprobado inicialmente por el Pleno de 16 de diciembre de 2016 y publicado definitivamente en el BOIB núm. 8, de 19 de enero de 2017.

Tercero. Bases reguladoras:

Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Es Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n º. 189, de 17 de diciembre de 2005.

Quarto. Importe:

El importe máximo por solicitante será de 3.500 euros y en ningún caso superará el 50% del presupuesto presentado.

Las ayudas concedidas serán atendidas con cargo a la aplicación presupuestaria 40.334.48300 del Presupuesto General de 2017, con un importe máximo conjunto de 8.500 euros.

 

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Hasta el día 31 de mayo de 2017.

 

Es Mercadal, 19 de abril de 2017

El alcalde del Ayuntamiento de Es Mercadal,

Francesc Ametller Pons