Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 4013
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 19 de abril de 2017 por la que se adjudica, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo administrativo de la función administrativa (C1) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud
Antecedentes
1. El 19 de abril de 2016 se publicó en el BOIB n.º 49/2016 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 5 de abril de 2016 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de promoción interna temporal, una plaza del grupo administrativo de la función administrativa (C1) de la plantilla orgánica autorizada de los Servicios Centrales del Servicio de Salud adscrita inicialmente a la Subdirección de Compras y Logística (Área de Implantes) de los Servicios Centrales.
2. Una vez concluido el procedimiento establecido en la convocatoria, se ha publicado en el web del Servicio de Salud la Resolución del director general que establece la lista definitiva con las puntuaciones, de conformidad con el punto 6.f de las bases de la convocatoria.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Adjudicar por el procedimiento de promoción interna temporal la plaza en cuestión a la señora Paula Vidal Pomar, dado que es la candidata que ha obtenido la puntuación más alta.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere procedente.
No obstante, los interesados pueden optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo hasta que se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
Palma, 19 de abril de 2017
El director general
Julio Miguel Fuster Culebras