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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 3873
Modificación del apartado segundo del acuerdo del Pleno de fecha 16-7-2015, de creación de Secretarías Técnicas y Direcciones Insulares del Consejo Insular de Ibiza

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Texto

El Pleno ordinario del Consejo Insular de Ibiza, en sesión del día 31 de marzo de 2017, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“(...)

PRIMERO- Modificar el apartado segundo del acuerdo del Pleno de fecha 16-7-2015, de creación de Secretarías Técnicas y Direcciones Insulares del Consejo Insular de Ibiza, añadiendo al final del párrafo tercero la siguiente frase: “así como las condiciones sociales previstas en el Pacto de condiciones para el personal funcionario del Consejo Insular de Ibiza y en el Convenio Colectivo para el personal laboral del Consejo Insular de Ibiza.”

En consecuencia, el apartado segundo, en su párrafo tercero quedaría redactado de la siguiente manera:

En todo caso las personas que sean nombradas secretarios/arias técnicos/as o directores/as insulares que tengan la consideración de funcionarios/as del Consejo Insular de Ibiza, conservarán su retribución bruta anual en el momento en que sean nombradas en caso de que ésta fuese de un importe superior a lo establecido en este apartado, así como las condiciones sociales previstas en el Pacto de condiciones para el personal funcionario del Consejo Insular de Ibiza y en el Convenio Colectivo para el personal laboral del Consejo Insular de Ibiza.”

SEGUNDO- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) a los efectos de general conocimiento y de acuerdo con el artículo 8.1 f de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno."

(...)”.

 

Ibiza, 12 de abril de 2017

El secretario técnico de Turismo, Interior, Territorio y Movilidad

Ramón Roca Mérida