Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENCIA
Núm. 3673
Convocatoria de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de Participación Ciudadana para el año 2017
Ref. Base de Datos Nacional de Subvenciones 341961
El Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca, día 5 de abril de 2017, adoptó el siguiente acuerdo
«1.- Aprobar el expediente de convocatoria pública de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de participación ciudadana para el año 2017.
»2.- Autorizar un gasto de cuatrocientos mil euros (400.000,00 €), de los cuales doscientos mil euros (200.000,00 €) irán con cargo a la partida presupuestaria 00.23180.48900 y doscientos mil euros (200.000,00 €) irán con cargo a la partida presupuestaria 00.92400.46200 del presupuesto para el año 2017 del Consell de Mallorca.
»3.- Ordenar la publicación del texto íntegro de la convocatoria en el BOIB por conducto de la Base de Datos nacional de subvenciones.»
Contra esta acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, podéis interponer, si corresponde, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 7 de abril de 2017
El secretario general por delegación
(Decreto de día 17 de julio de 2015,
BOIB nº. 114, de 28 de julio)
Jeroni M. Mas Rigo
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES O PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL AÑO 2017
1. Objeto de la convocatoria
Esta convocatoria se aprueba en el marco de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº 21, de 18 de febrero de 2017.
Las ayudas económicas de esta convocatoria se dirigen al desarrollo de actividades o proyectos en el ámbito de la participación ciudadana que se hagan en Mallorca o que tengan una repercusión y un beneficio, de forma clara y directa, de acuerdo con los objetivos de la convocatoria, en la ciudadanía de Mallorca.
Limitación: Se pueden subvencionar, como máximo, hasta dos proyectos de entre los que presente, en su caso, la entidad solicitante, teniendo en cuenta que tienen que ser aquellos que hayan obtenido la mejor puntuación.
2. Finalidades
Las actividades o proyectos que se subvencionarán tendrán que fomentar actividades de interés público o social que tengan como objetivo:
- favorecer el trabajo conjunto entre administraciones locales y ciudadanía
- implicar a personas y colectivos en la transformación de su comunidad
- mejorar los canales de participación ciudadana
- promover cualquier tipo de participación social.
3. Modalidades objeto de subvención
a) Proyectos para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales y fomentar la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones.
b) Proyectos destinados a fomentar el trabajo en red (redes ciudadanas) y la colaboración asociativa.
4. Periodo de elegibilidad de los gastos subvencionables
Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes de entidades que tengan por objeto realizar entre el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de julio de 2017 (ambos incluidos) actividades o proyectos de participación ciudadana en la isla de Mallorca.
5. Crédito presupuestario
Durante el ejercicio presupuestario 2017, se destina la cantidad de 400.000,00 euros a las subvenciones objeto de esta convocatoria que se financiarán con cargo al presupuesto de gastos del Consell de Mallorca para el año 2017:
Las líneas objeto de subvención y el presupuesto inicial para cada una de ellas son las siguientes:
a) Proyectos de participación de entidades sin ánimo de lucro: doscientos mil euros (200.000,00€) con cargo a la aplicación presupuestaria 00.23180.48900
b) Proyectos de participación de entidades de administración local: doscientos mil euros (200.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 00.92400.46200
6. Régimen de la concesión
El procedimiento de concesión de la subvención previsto en esta convocatoria se hace mediante concurrencia competitiva de todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos.
7. Persona beneficiaria
7.1 Pueden obtener la condición de persona beneficiaria de las subvenciones las entidades asociativas u organizativas, sin ánimo de lucro, inscritas de forma definitiva en el registro pertinente en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y las entidades de administración local de Mallorca, de menos de 60.000 habitantes, que cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 de la Ordenanza General de subvenciones del Consell de Mallorca.
7.2 No pueden obtener la condición de beneficiaria las personas o las entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) las asociaciones y entidades de tercera edad, las federaciones y las fundaciones.
b) las entidades asociativas con finalidad lucrativa, comercial, mercantil o similar, los colegios profesionales y las asociaciones profesionales y las cooperativas.
c) las entidades en las cuales concurre alguna de las prohibiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 8 de la Ordenanza General de subvenciones del Consell de Mallorca, ni clubs que no se encuentren legalmente constituidos.
8. Composición de la comisión evaluadora
Para estudiar y para evaluar las solicitudes así como para fijar el importe de las subvenciones de las solicitudes, se constituye la comisión evaluadora que integran las personas relacionadas a continuación:
Presidencia
- Jaume Alzamora Riera, director insular de Participación Ciudadana y Juventud. La persona suplente es Maria Elena Ramis Llabrés, directora insular de Presidencia y Relaciones Institucionales.
Secretaría
- Maria Monserrat Bennàssar, tag de Promoción Sociocultural. Su suplente es Ana Maria Bou Martín, tag de la Secretaría técnica del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia.
Vocalías
- M. Rosa Deyà Simonet, técnica de la Sección de Dinamización o el funcionario o la funcionaria que la sustituya.
- Maria Antònia Llompart Villalonga, técnica de la Sección de Dinamización o el funcionario o la funcionaria que la sustituya.
Esta comisión examina y evalúa las solicitudes, de acuerdo con los criterios establecidos en las bases de la convocatoria, y emite el informe que sirve de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de acuerdo. En este sentido, la comisión puede instar el órgano instructor para que requiera a las entidades solicitantes los informes o las aclaraciones que considere convenientes.
9. Órganos competentes para instruir y resolver el procedimiento
9.1 El órgano instructor es el secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia.
El órgano instructor desarrollará las actividades de instrucción detalladas en el artículo 18 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca.
El órgano instructor, cuando ha recibido el informe de la comisión evaluadora y ha comprobado, por una parte, que las entidades propuestas cumplen los requisitos establecidos en las bases y, por otra parte, si están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias del Consell de Mallorca y de los organismos autónomos que dependen, tiene que formular la propuesta de acuerdo definitiva.
9.2 El órgano competente para resolver esta convocatoria es el Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca.
10. Plazo de presentación de solicitudes
10.1 El plazo para presentar las solicitudes es de 20 días naturales, contadores a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día es inhábil, se entiende prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
10.2 Las solicitudes se tienen que dirigir a la Dirección Insular de Participación Ciudadana y Juventud, y se pueden presentar, en cualquier terminal del Registro del Consell de Mallorca. Asimismo, también se pueden presentar en los lugares establecidos en el apartado 4 del artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
10.3 Si la solicitud se entrega en un lugar diferente del Consell de Mallorca, los solicitantes de la subvención tienen que enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de entrada dentro del plazo al Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia (fax: 971173750), durante las 24 horas siguientes a la finalización del plazo hábil. De la misma manera, si se envía por correo certificado, se tiene que enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos en el cual conste el envío dentro de plazo.
No obstante, si esta documentación no entra en el registro general dentro de los 10 días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá en ningún caso.
10.4 Si la solicitud no cumple los requisitos establecidos en estas bases reguladoras, el órgano instructor tiene que requerir a la persona interesada que lo enmiende en el plazo improrrogable de diez días con indicación que, si no lo hace, se considerará que ha desistido de la solicitud, previa resolución expresa, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
10.5 Las solicitudes presentadas fuera del plazo mencionado en el apartado 9.1 no serán admitidas en la presente convocatoria.
11. Formalización de solicitudes
11.1 Las solicitudes se tienen que formalizar mediante los modelos anexos, y tienen que contener los datos necesarios para identificar la entidad solicitante y la persona que la representa. Estos modelos anexos se encuentran al alcance de los interesados en la web: «www.conselldemallorca.net»
11.2 La documentación que se tiene que presentar con la solicitud es la siguiente:
a) Modelo de solicitud (anexo 1).
b) Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI, NIF o NIE, del/de la representante legal que la firma.
c) Formulario descriptivo del proyecto y presupuesto detallado por partidas, indicando los gastos que tiene que suponer y las entradas y subvenciones previstas, si es el caso (anexo 3).
d) Documentación acreditativa de la representación en virtud de la cual actúa el/la firmante de la solicitud. Se puede acreditar con certificado de nombramiento y de vigencia del cargo, de fecha posterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
e) Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente o la libreta en que se ingresará el importe de la subvención (anexo 4).
f) Acreditación de no incurrir en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca para obtener la condición de beneficiario. Esta acreditación se tiene que hacer de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.7 de la Ley 3/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, es decir, mediante testimonio judicial o certificado administrativo y, si la autoridad competente no lo puede hacer, se puede sustituir por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa o notario público (en el caso de declaración responsable ante una autoridad administrativa, se tiene que utilizar el modelo del anexo 2 de esta convocatoria).
g) Declaración de no haber pedido ninguna otra ayuda o subvención por el mismo concepto; si es el caso, relación de las subvenciones y ayudas solicitadas o concedidas, con indicación de los importes y de las entidades subvencionadoras (anexo 2). En caso que durante la instrucción del procedimiento, previamente a la propuesta de concesión, la entidad tenga conocimiento de la concesión de alguna subvención, lo tiene que comunicar tan pronto como sea posible al órgano instructor.
h) Las entidades sin ánimo de lucro también tienen que presentar la documentación acreditativa de la constitución de la entidad y de sus estatutos debidamente registrados en los casos necesarios.
i) Declaración responsable de no encontrarse en la situación prevista en el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres (anexo 5).
En el supuesto de que los documentos exigidos estén en poder del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia, el solicitante se puede acoger a lo que establece el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, siempre que se haga constar la fecha y la dependencia en que se presentaron, y cuando no haya transcurrido más de cinco año desde la finalización del procedimiento al cual corresponda.
12. Plazo para resolver y notificar
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificarlo es de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, transcurrido el cual sin que se haya dictado la resolución, se entienden desestimadas todas las solicitudes por silencio administrativo.
13. Criterios objetivos que rigen el otorgamiento e importe de las subvenciones
13.1 El procedimiento para conceder la subvención, previsto en esta convocatoria, se tiene que hacer mediante concurrencia competitiva de todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos.
La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, concurrencia competitiva, objetividad, igualdad y no discriminación, y se tiene que resolver según estos criterios.
El proyecto puede obtener una puntuación máxima de 10 puntos repartida en dos partes:
(A) Puntuación por adecuación del proyecto a los criterios generales de valoración: hasta 6 puntos. Se trata de criterios que evalúan las características de los solicitantes y la adecuación técnica del proyecto (fundamentos, calidad, impacto, solidez, financiación y perspectiva de género).
(B) Puntuación por adecuación del proyecto a los criterios específicos de valoración de la modalidad del proyecto: hasta 4 puntos. Se detallan los criterios que tiene que cumplir el proyecto presentado, atendiendo las especificidades del tema, que se tomarán como base para valorar el proyecto.
La valoración final del proyecto resultará de la suma de la puntuación obtenida en ambos grupos de criterios. Los proyectos, en todo caso, tendrán que alcanzar una puntuación mínima de 4 puntos globales y, por lo tanto, no podrán recibir subvención aquellos proyectos que hayan obtenido una puntuación inferior.
En caso de que la entidad haya solicitado subvención para más de dos proyectos, la podrán recibir los dos proyectos que hayan obtenido mayor puntuación.
(A) Criterios generales de valoración (hasta 6 puntos)
- Redacción y coherencia en las partes del proyecto: 1 punto
- Relevancia del proyecto (resultados esperados, impacto): 1 punto
- Nivel de concreción de los indicadores de seguimiento del proyecto y grado de adecuación con las actividades propuestas: 1 punto
- Uso de una metodología participativa para el diseño del proyecto y para la consecución de los objetivos: 1,5 puntos
- Incorporación de la perspectiva de género en el proyecto: 1 punto
- Fomento del uso de la lengua catalana (uso y difusión del proyecto en lengua catalana): 0,5 puntos
(B) Requisitos y criterios de valoración específicos (hasta 4 puntos por proyecto)
b.a) Proyectos para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales y fomentar la implicación de la ciudadanía en la toma de decisiones.
- Capacidad de la iniciativa para fomentar la participación y la implicación de la ciudadanía en el proyecto: 1,5 puntos.
- Duración de la iniciativa o proyecto: hasta un máximo de 1 punto
Duración superior a 3 meses hasta 6 meses: 0,5 puntos
Duración superior a 6 meses: 1 punto
- Utilización de medidas que favorezcan el aumento de la capacitación de las personas o colectivos implicados: 1,5 puntos
b.b) Proyectos destinados a fomentar el trabajo en red (redes ciudadanas) y la colaboración asociativa.
- Promoción de estrategias para fomentar la participación y la implicación de personas y/o colectivos en el proyecto: 1,5 puntos.
- Duración de la iniciativa o proyecto: hasta un máximo de 1 punto
Duración superior a 3 meses hasta 6 meses: 0,5 puntos
Duración superior a 6 meses: 1 punto
- Colaboración entre entidades (que el proyecto sea ejecutado por más de 2 entidades): 1,5 puntos
13.2 El procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se lleva a cabo mediante concurrencia competitiva, en virtud de la cual se comparan, en un único procedimiento todas las solicitudes presentadas con la intención de establecer una prelación como consecuencia de la valoración por parte de comisión evaluadora de los criterios de evaluación establecidos en el punto anterior.
Las subvenciones se adjudicarán mediante el sistema de prorrateo del crédito asignado a cada una de las líneas de manera proporcional a los puntos obtenidos por las entidades (siempre que la puntuación obtenida sea superior a 4). Así, el importe de la subvención, para cada una de las líneas, se calculará de la manera siguiente:
Is=[(CxPs)/Pt]
Is= importe subvención
C= crédito presupuestario asignado en la convocatoria para cada una de las líneas
Ps= puntuación de la solicitud obtenida en la aplicación de los criterios de valoración del proyecto
Pt= suma de las puntuaciones obtenidas de todas las solicitudes
En ningún caso el importe resultante puede ser superior a la cantidad solicitada, ni superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones de cualquier procedencia, al coste del proyecto subvencionable.
En caso de que haya un remanente, este se distribuirá proporcionalmente, de acuerdo con la puntuación obtenida, entre el resto de beneficiarios los cuales no hayan llegado al límite descrito en el párrafo anterior.
En caso de que siguiera habiendo un remanente pasaría a la otra línea, es decir, si la línea de las subvenciones para entidades sin ánimo de lucro no se agota, el remanente aumentará la otra línea para entidades locales, o viceversa.
No obstante lo que se establece en esta base, se exceptúa de fijar un orden de prelación entre las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos establecidos en estas bases si el crédito consignado en la convocatoria es suficiente, atendiendo el número de solicitudes una vez finalizado el plazo de presentación.
14. Forma, plazos y condiciones para el pago de las subvenciones
Las entidades subvencionadas quedan obligadas a justificar los gastos efectuados con cargo al proyecto presentado.
Las actividades o proyectos justificados y la documentación justificativa tienen que corresponder al periodo subvencionable que comprende desde el día 1 de enero hasta el día 31 de julio de 2017.
Dado que no se determina explícita y concretamente qué tipo de gastos del presupuesto se imputan a la subvención, se permite que los gastos subvencionables del proyecto se puedan compensar entre ellos.
Los beneficiarios tienen que presentar la documentación justificativa, necesariamente, antes de día 31 de agosto de 2017.
Si el gasto justificado es inferior al proyecto presentado, se tiene que reducir proporcionalmente la subvención concedida.
La justificación se hará mediante la presentación de una cuenta justificativa con aportación de justificantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 39 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca.
La cuenta justificativa tiene que incluir la documentación siguiente:
a) Una memoria de actuaciones justificativa de las actividades realizadas, los resultados obtenidos y el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, incluida la de la publicidad de la subvención, firmada por el beneficiario.
b) Una memoria económica justificativa del coste de los gastos realizados
Si se aportan facturas con retención de IRPF al prestador del servicio, se tiene que presentar, junto con la factura, el modelo 111 y la documentación que justifique el pago del impuesto. Si no se aporta el modelo 111 únicamente se entenderá justificado el importe de la factura con la deducción de la cuantía del IRPF.
Para justificar el coste bruto de los gastos de personal, se tienen que aportar las nóminas, los documentos TC1 y TC2, el modelo 111 y documentación acreditativa del coste patronal del trabajador con los correspondientes justificantes de pago.
Si únicamente se aportan nóminas y los justificantes de su pago se entenderá justificada la cuantía correspondiente al líquido de las nóminas.
c) Declaración responsable sobre la realización del proyecto subvencionado y de su presupuesto (anexo 6).
d) Declaración responsable de no ser deudor por una resolución de reintegro de subvenciones (anexo 7).
e) Si es el caso, declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (anexo 8).
15. Documentación acreditativa del pago de los gastos justificados
La documentación acreditativa de los pagos presentados para justificar la subvención se detalla al artículo 48 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consell de Mallorca, en función de la forma en que se ha realizado el pago.
16. Protección de datos
La información y los datos declarados en las solicitudes de subvención de la presente convocatoria están amparados por la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
17. Medio de publicación
Los actos de este procedimiento serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Asimismo, se expondrán en el tablón de edictos del Consell de Mallorca y se publicarán en la página Web del Consell de Mallorca (www.conselldemallorca.net).
18. Régimen de recursos
El acuerdo de concesión no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de su publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante este Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno Consell Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda, sin plazo, a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si es el caso, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
19. Normativa aplicable
Las subvenciones objeto de esta convocatoria se rigen por lo que disponen:
- La Ordenanza General de Subvenciones del Consell Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consell de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016, BOIB nº 21, de 18 de febrero de 2017.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
- La Ordenanza vigente de procedimiento administrativo del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consell de 2 de mayo de 1995.
- El Reglamento orgánico del Consell de Mallorca aprobado por Acuerdo del Pleno de día 2 de julio de 2001, modificado por Acuerdo del Pleno de día 8 de marzo de 2004, por Acuerdo del Pleno de día 28 de julio de 2008, por Acuerdo del Pleno de día 13 de octubre de 2011, por Acuerdo del Pleno de día 14 de febrero de 2013, por Acuerdo del Pleno de día 9 de octubre de 2014, por Acuerdo del Pleno de día 8 de octubre de 2015 y por Acuerdo del Pleno de día 12 de diciembre de 2016.
- El Decreto de la Presidencia del Consell de Mallorca de día 10 de julio de 2015 por el cual se determina la organización del Consell Insular de Mallorca (BOIB nº 109, de 18 de julio de 2015), modificado por el Decreto de día 24 de febrero de 2016 (BOIB nº 27, de 27 de febrero de 2016) y por el Decreto de día 9 de marzo de 2016 (BOIB nº 35, de 17 de marzo de 2016)
- La Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.
- El resto de la normativa que sea de aplicación.
Anexo 1
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN AÑO 2017 PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES O PROYECTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
1. Datos de la entidad solicitante
Entidad: |
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NIF: |
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Domicilio (a los efectos de notificaciones) Calle o plaza: |
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Localidad: |
CP: |
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Teléfono de persona de contacto: |
Dirección electrónica: |
2. Datos del representante legal/persona autorizada
Nombre y apellidos: |
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DNI/NIE: |
|
Represento la entidad solicitante en calidad de: |
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Teléfono móvil o fijo: |
Dirección electrónica: |
3. Datos básicos del proyecto
Denominación: |
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Lugar de realización: |
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Modalidad del proyecto: |
( ) (A) para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales ( ) (B) fomentar el trabajo en red y la colaboración asociativa. |
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Fecha inicio del proyecto: |
Fecha final del proyecto: |
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Gasto total del proyecto (sin IVA): € |
Importe solicitado: € |
DOCUMENTACIÓN QUE TENÉIS QUE ADJUNTAR A LA SOLICITUD DE SUBVENCIÓN
Marcad con una “X” las casillas correspondientes.
( ) 1. Modelo de solicitud (anexo 1).
( ) 2. Fotocopia del NIF de la entidad solicitante y del DNI, NIE, NIF del representante legal o de la persona autorizada para firmar la solicitud.
( ) 3. Documentación acreditativa de la vigencia del cargo del representante legal en virtud de la cual actúa el firmante de la solicitud o en su caso, acreditación de la autorización correspondiente y suficiente, en el caso que la firme una persona distinta.
( ) 4. Declaración responsable del representante legal de la entidad solicitante o de persona autorizada, ante autoridad administrativa (anexo 2).
( ) 5. Proyecto y presupuesto (sin IVA y equilibrado) firmado por el representante legal de la entidad solicitante. En este documento sí se tienen que reflejar y desarrollar los datos necesarios para poder evaluar los aspectos que se mencionan en los criterios de evaluación correspondientes de la base duodécima (anexo 3).
( ) 6. Certificado bancario normalizado, acreditativo de la cuenta corriente en que se tiene que ingresar el importe de la subvención (anexo 4).
( ) 7. Declaración firmada por el representante legal o persona autorizada sobre el hecho de que esta entidad no ha sido sancionada o condenada, en los tres últimos años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme, en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 11/2016 de 28 de julio (BOE de día 22 de agosto de 2016) de igualdad de mujeres y hombres (anexo 5)
Notas: 1. Visto el procedimiento de concesión de subvenciones de esta convocatoria, mediante concurrencia competitiva, es muy importante que toda la documentación reseñada, en especial el proyecto y el presupuesto, se presente esmerada con el fin de tener toda la información necesaria para seleccionar las entidades beneficiarias.
Anexo 2
DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL REPRESENTANTE LEGAL O PERSONA AUTORIZADA
(Nombre y apellidos) ....................................................................................................................,
con NIF ................................, como (cargo que ocupa a la entidad) .................................., en representación de la entidad solicitante,
DECLARO bajo mi responsabilidad:
1. Que acepto las bases de la Convocatoria de subvenciones para llevar a cabo actividades o proyectos de participación ciudadana para el año 2017.
2. Que adjunto la documentación exigida y que se compromete, en cualquier caso, a aportar la documentación acreditativa en la forma y plazo en que sea requerida al efecto por el órgano gestor.
3. Que todos los datos que constan en esta solicitud, y en los documentos que lo acompañan, son ciertos.
4. Que la entidad no incurre en ninguno de los supuestos de prohibición de obtener subvenciones de conformidad con el artículo 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.
5. Que cumple la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
6. Que la cuantía de las subvenciones, conjuntamente con otras fuentes de financiación específicas de este proyecto no supera el coste total del proyecto.
7. Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Consejo de Mallorca.
8. Que por lo que respecta al/s proyecto/s objeto de la solicitud:
( ) Que la entidad no ha pedido ni ha recibido ninguna otra apoyo, ayuda o subvención para el proyecto presentado.
( ) Que la entidad ha pedido o ha recibido para el proyecto las ayudas o las subvenciones que se detallan a continuación:
Entidad subvencionadora: ................................................................................
Importe de la ayuda o subvención: ..........................................................................
Marcad con una “X” la casilla correspondiente |
|||||||
( ) |
No resuelta |
( ) |
Denegada |
( ) |
Concedida y no recibida |
( ) |
Recibimiento |
Entidad subvencionadora: ................................................................................
Importe de la ayuda o subvención: ..........................................................................
Marcad con una “X” la casilla correspondiente |
|||||||
( ) |
No resuelta |
( ) |
Denegada |
( ) |
Concedida y no recibida |
( ) |
Recibimiento |
9. Que con respecto al proyecto objeto de la solicitud:
( ) No se prevén ingresos derivados de la ejecución del proyecto (ventas, entradas, etc.) o la obtención de otros recursos para financiar el proyecto.
( ) Los ingresos que se prevén obtener de la ejecución del proyecto o de otros recursos para financiar el proyecto son los siguientes:
Tipo de ingresos |
Importe |
|
€ |
|
€ |
|
€ |
|
€ |
Según lo que prevé el artículo 56 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, la inexactitud o falsedad de esta declaración responsable es motivo de exclusión de la persona que realiza la solicitud de subvención, como también motivo de revocación y/o reintegro de la subvención en el caso que le sea otorgada, sin perjuicio de la posibilidad de imponer las sanciones que correspondan y de exigir las responsabilidades de cualquier tipo en que se haya podido incurrir como consecuencia de la inexactitud o la falsedad en la declaración.
La inexactitud, falsedad u omisión de datos esenciales en esta declaración responsable, o el incumplimiento de los requisitos exigibles de acuerdo con la legislación vigente para la obtención de la subvención, determinará el reintegro de la subvención, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas que le puedan ser exigidas.
................................................................., .......... d ............................... de 2017
El representante legal o persona autorizada de la entidad solicitante |
He tomado nota, El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia |
(firma) |
(firma) |
|
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(nombre y linajes) |
Jaume Sabater Malondra |
Anexo 3
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y PRESUPUESTO
1. Identificación
Denominación del proyecto: |
||
Persona de contacto responsable del proyecto: Teléfono y/o mail de contacto: |
||
Lugar de realización: |
||
Modalidad del proyecto: |
( ) (A) para favorecer la participación ciudadana en las políticas municipales ( ) (B) fomentar el trabajo en red y la colaboración asociativa. |
|
Fecha inicio del proyecto: |
Fecha final del proyecto: |
|
Otras entidades colaboradoras en este proyecto:
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2. Breve descripción del proyecto
Explicación general sobre el tema del proyecto y de las actividades
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3. Justificación del proyecto
Antecedentes del proyecto, justificación de su necesidad...
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4. Destinatarios del proyecto
Breve descripción del colectivo destinatario (directo e indirecto) del proyecto. Hay que describir, si se cree necesario, la participación del colectivo destinatario en el proceso de definición, ejecución y seguimiento del proyecto
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5. Objetivos generales y específicos
Objetivos generales o finalidades genéricas del proyecto y objetivos concretos
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6. Metodología del proyecto
Especificar de qué manera se realizarán los objetivos.
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7. Plan de ejecución y evaluación del proyecto
Son las acciones necesarias para conseguir cada uno de los resultados, con los indicadores que medirán si se han alcanzado los resultados, las personas que participarán y las fechas de inicio y fin de cada actividad.
Hay que enumerar todas las actividades previstas para realizar el proyecto.
Actividades propuestas Descripción de las actividades.
¿“Con qué actividades se llevará a cabo el proyecto”? |
Agentes involucrados Descripción de las personas involucradas en estas actividades
¿“Quién participará en estas actividades”? |
Temporalización Fecha de inicio y finalización de cada actividad
¿“Cuándo se harán estas actividades”? |
Resultados esperados Indican los productos o servicios que se generan de la intervención realizada
¿“Qué se quiere conseguir”? |
Indicadores de evaluación de los resultados Criterios que permiten medir los resultados esperados. ¿“Cómo se medirá si se ha conseguido”? |
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8. Recursos necesarios para desarrollar el proyecto
Humanos: número de personas necesarias, cuántas horas, y si son remuneradas o no
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Infraestructuras: locales, instalaciones y equipos técnicos
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Materiales
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9. Presupuesto general
Previsión de gastos e ingresos vinculados al proyecto presentado
Gastos previstos |
Importe |
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Ingresos previstos |
Importe |
Subvención Consejo de Mallorca (importe solicitado en esta convocatoria) |
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€ |
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€ |
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€ |
............................................., .............. d............................. de 2017
(firma del representante legal o persona autorizada de la entidad)
Anexo 4
SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS
Datos perceptor:
NIF PERCEPTOR |
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APELLIDOS Y NOMBRE / RAZÓN SOCIAL |
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DIRECCIÓN |
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LOCALIDAD |
C. POSTAL |
PROVINCIA |
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TELÉFONO |
FAX |
Datos bancarios:
ENTIDAD BANCARIA / SUCURSAL |
BIC |
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IBAN |
BANCO |
OFICINA |
CUENTA NÚM |
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Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden en la c/c o en la libreta abierta a nombre mío.
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD Palma, ........., d ........................ de 2017
DE LA ENTIDAD BANCARIA
Estos datos coinciden con los que constan en esta oficina.
El Director / El Delegado El Perceptor
Firmado: ..........................
(Sello de la entidad bancaria)
De acuerdo con lo que dispone la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal BOE num.298, de 14 de diciembre), los datos facilitados en este documento se incorporan en ficheros propiedad del Consejo de Mallorca. El órgano administrativo ante el cual se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca la Ley mencionada, es la Secretaría Técnica del Departamento de Hacienda y Función Pública de la Corporación
Anexo 5
DECLARACIÓN RESPONSABLE de no encontrarse en la situación prevista en el art. 11 de la Ley 11/2016 de 28 de julio (BOE de día 22 de agosto de 2016) de igualdad de mujeres y hombres.
......................................................................................................., titular del documento de identidad ..........................................................., como representante legal de la entidad .................................................................................................................., DECLAR, de conformidad en el previsto en la Ley 11/2016 de 28 de julio (BOE de día 22 de agosto de 2016) de igualdad de mujeres y hombres, que la entidad .............................................................
....................................................................... con NIF ......................................., no ha sido sancionada o condenada, en los tres últimos años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionada por resolución administrativa firme o por sentencia judicial firme.
El representante legal de la entidad beneficiaria
(firma)
.............................., ......., d ................................. de 2017
Anexo 6
(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria)
DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO SUBVENCIONADO Y DE SU PRESUPUESTO
................................................................................................, como representante legal de la entidad...................................................................................................................................., con NIF........................................................, en relación con la subvención concedida por el Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia del Consejo de Mallorca para llevar a cabo el proyecto .....................................................................................................................
Declaro bajo mi responsabilidad:
1. Que el mencionado proyecto se ha realizado.
2. Que la relación detallada y equilibrada de gastos y de ingresos que integran el presupuesto ejecutado del proyecto señalado ha sido la que se adjunta.
(Nota importante: 1. La relación de gastos, que se tiene que estructurar de acuerdo con las partidas del presupuesto presentado, tiene que indicar los siguientes datos de las facturas o documentos acreditativos: la denominación del proveedor y su NIF, el número, el importe, la fecha de emisión y el concepto de la factura o del documento similar, la fecha de pago; y la relación de ingresos tiene que señalar las ayudas, las subvenciones, los ingresos o los fondos propios que han financiado el proyecto subvencionado, indicando el importe y la procedencia; 2. Esta relación de gastos e ingresos tiene que ir firmada por el beneficiario)
3. Que el importe total de los gastos relacionados, es decir, ................................€, corresponden sin lugar a dudas al presupuesto del proyecto subvencionado, y que no tienen un valor superior al de mercado.
4. Que la entidad beneficiaria en relación al IVA soportado en el gasto subvencionable de la ejecución del proyecto y, de acuerdo con el artículo 39 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca:
( ) No recupera ni compensa el IVA soportado del gasto subvencionable
( ) Sí recupera o compensa el IVA soportado del gasto subvencionable
5. Que la subvención otorgada por el Consejo de Mallorca se ha aplicado a la finalidad para la cual se concedió y que no supera - con las subvenciones y otros ingresos concurrentes- el presupuesto de ejecución del proyecto cultural subvencionado.
6. Que se adjunta fotocopia compulsada de los justificantes originales del presupuesto de ejecución del proyecto subvencionado y, si se cree conveniente, el resto de documentación relativa al proyecto resta a disposición del Consejo de Mallorca y de la Sindicatura de Cuentas, en la sede de esta entidad, situada en .............................................................................................
(firma)
.............................., ......., d ................................. de 2017
Anexo 7
(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar y presentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria)
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO SER DEUDOR POR UNA RESOLUCIÓN DE REINTEGRO DE SUBVENCIONES
........................................................................................................................................, con NIF............................................,como representante legal de la entidad ..................................
............................................................................................., con el NIF ..........................., DECLARO, de acuerdo con el artículo 48 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, que la entidad qué represento no es deudora por una resolución de reintegro de subvenciones.
Lo declaro ante la Secretaría técnica del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia,
El representante legal o persona autorizada de la entidad solicitante |
He tomado nota, El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia |
(firma) |
(firma) |
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(nombre y linajes) |
Jaume Sabater Malondra |
Anexo 8
(Este anexo sólo se tiene que cumplimentar y presentar si se tiene que justificar la subvención que se haya concedido en esta convocatoria)
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANTE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
........................................................................................................................................, con NIF............................................,como representante legal de la entidad ..................................
..............................................................................................., con el NIF .......................
DECLARO, bajo mi responsabilidad, en virtud del artículo 10 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, que la entidad qué represente se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante la Administración del Estado.
Lo declaro a los efectos del artículo 48.4 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca.
El representante legal o persona autorizada de la entidad solicitante |
He tomado nota, El secretario técnico del Departamento de Participación Ciudadana y Presidencia |
(firma) |
(firma) |
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(nombre y linajes) |
Jaume Sabater Malondra |