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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 3596
Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 21.02.2017 de aprobación de la addenda al proyecto de urbanización de la Unidad de Actuación 14-1 del PGOU

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad a lo previsto en el artículo 141 del Reglamento de Planeamiento aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, se publica, para general conocimiento, que la Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 21 de febrero de 2017, ha adoptado entre otros, el siguiente ACUERDO:

SEGUNDO.- Aprobar la adenda al proyecto de urbanización, presentada en fecha 19.10.2016, registre de entrada 25162 en cumplimiento del cumplimiento de la prescripción segunda del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de urbanización de la Unidad de Actuación 14-1 del PGOU

R E C U R S O S

a) Directamente, un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contado a partir del dia siguiente de la publicación del anunció de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

b) Un recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del anuncio ante el órgano que lo ha dictado, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.

Contra la desestimación por silencio administrativo del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya notificado la resolución expresa del mismo, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

c) Cualquier otro recurso que se considere conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y la Llei 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Eivissa, 13 de març de 2017

EL SECRETARIO ACCTAL

Joaquín Roca Mata