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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 3578
Pleno - Declaración definitiva de bien de interés cultural inmaterial de la técnica constructiva de la piedra en seco

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Texto

Se hace público que el Pleno del Consell Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 20 de febrero de 2017, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero. Declarar definitivamente bien de interés cultural inmaterial la técnica constructiva tradicional de la piedra en seco según la descripción siguiente:

Antecedentes

1. La cultura constructiva de la piedra seca se encuentra implantada plenamente en todo el territorio de la isla de Menorca y representa, en la actualidad, un elemento consustancial con el paisaje.

2. El Consell Insular de Menorca acordó por unanimidad, en la sesión plenaria de 16 de mayo de 2016, adherirse a la Candidatura Internacional de la Piedra en Seco para formar parte de la lista representativa de patrimonio mundial inmaterial, iniciativa iniciada por Grecia y Chipre, y a la que se han incorporado otros seis estados, entre ellos España.

3. Esta candidatura exige que los bienes que se presentan tengan la máxima protección legal.

Fundamentos legales

1. El artículo 65 de la Ley 2/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, dice que forman parte del patrimonio etnológico los lugares y los bienes muebles e inmuebles, así como los conocimientos y las actividades que son o han sido expresión relevante de la cultura tradicional del pueblo de las Islas Baleares en los aspectos materiales, económicos, sociales o espirituales.

2. El artículo 5 de la Ley 2/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares (reformado por el artículo 36 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública, BOIB núm. 186, de 30-12-2004) dice que, dentro de los bienes etnológicos inmateriales que integran el patrimonio histórico de las Islas Baleares, tienen la consideración de bienes de interés cultural inmaterial los de más valor, relevancia y arraigo, y como tal deben ser declarados, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de esta ley.

3. El artículo 67 de la misma ley prevé que:

- Punto 1: los bienes etnológicos inmateriales, como usos, costumbres, comportamientos o creaciones, junto con los restos materiales en que puedan manifestar, deben ser salvaguardados por la administración competente en materia de patrimonio histórico y debe promover la investigación y la recogida exhaustiva en soportes materiales que garanticen su transmisión a las generaciones futuras.

- Punto 2: igualmente deben ser objeto de estudio, documentación y conservación los conocimientos y las actividades propias del pueblo de las Islas Baleares.

- Punto 3 (añadido en virtud del artículo 35 de la Ley 8/2004, de 23 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de función pública): la declaración se formalizará por acuerdo del Pleno del consell insular correspondiente , siguiendo el procedimiento establecido con carácter general en la presente Ley, con las adaptaciones necesarias al carácter inmaterial del bien de que se trate.

El acuerdo de declaración de un bien de interés cultural inmaterial debe definir las características que lo compongan y los elementos que le son propios.

Los poderes públicos de las Islas Baleares deben velar por proteger y promover adecuadamente los bienes etnológicos inmateriales que integran el patrimonio histórico de las Islas Baleares y especialmente aquellos bienes declarados de interés cultural inmaterial, así como para conservar sus elementos esenciales.

Denominación

Técnica constructiva tradicional de la piedra en seco

Descripción

Tipo de bien de interés cultural

Inmaterial

Objeto de la declaración

La técnica constructiva tradicional de la piedra en seco, tal como se conoce en Menorca, utiliza la piedra sin desbastar o poco desbastada como único material, sin ningún tipo de argamasa que la cohesione, la disposición de las piedras es lo que da solidez al elemento construido. Esta piedra es, preferentemente, la localizada en las inmediaciones del lugar donde se hará la construcción. Los constructores de elementos de piedra en seco se denominan paredadors. La técnica se transmitía de padres a hijos por vía masculina, así como las herramientas empleadas. La técnica de construir con piedra seca se convertía en un proceso de aprendizaje largo en una cuadrilla, usualmente familiar y jerarquizada, en la cima de la cual estaba el maestro paredador.

Las construcciones de piedra en seco de la isla de Menorca son elementos complejos que exigen una técnica depurada y profesional. Algunas de las construcciones producidas con esta técnica, como las barraques de bestiar, manifiestan un alto grado de conocimiento técnico y especialización, sobre todo en cuanto a la cubierta, hecha por aproximación de hiladas, o los puentes de ganado y otras construcciones, que se cubrían con grandes losas planas colocadas a dos aguas. Otros, como las parets de tanca, se convirtieron en imprescindibles en la ordenación del campo y de los ciclos agrarios y ganaderos, por lo que las encontramos extendidas por toda la geografía insular y configuran un paisaje muy característico. Esta especialización es la base de su estructura. Las paredes en seco son el elemento de estas características que hace que Menorca destaque en relación a otras tierras donde también están presentes, y destaca no por su originalidad sino por su abundancia; podríamos decir que, en Menorca, son el paradigma de esta técnica constructiva.

La técnica consiste, en síntesis, en colocar las piedras más grandes de las que se dispone en la parte inferior, ligeramente empotradas en la tierra, e ir construyendo dos paredes estrechas y paralelas, dirigidas con un cordel abajo y otro arriba para que queden rectas, pero con sección trapezoidal, es decir: la base es más amplia que la parte superior. Posteriormente, las paredes se suben por la superposición de hileras de piedras de tamaño medio, y se encajan unas con otras aprovechando su forma natural, de forma que es más importante, para hacerla bien hecha, el buen ojo y la experiencia del paredador que no las herramientas, que casi no se utilizan. Los huecos que quedan entre las piedras se llenan de piedras más pequeñas, el reble. Finalmente, la parte superior se corona por las llamadas pedres cobertores, elegidas especialmente para esta función y encajadas con mucho cuidado. Las paredes se pueden completar con pequeños elementos útiles para la gestión del campo: portells, botadors, escaleras y comederos integradas en la pared, y las passadores o fibles ras del suelo.

Pertenencias del bien

El bien inmaterial de la técnica constructiva tradicional de la piedra en seco se conforma por los siguientes elementos:

a) Los conocimientos técnicos relativos a la construcción de estructuras de piedra en seco, en el que se puede diferenciar el levantamiento de paredes de cierre y de paramentos de edificaciones, la técnica de empedrar, la construcción de cubiertas y la creación de acequias de drenaje

b) El oficio de paredador o maestro de pared en seco, que son los principales transmisores de la cultura de la piedra en seco.

c) La tradición oral, dado el carácter inmaterial del bien, por la que se ha transmitido tanto la técnica como el vocabulario propios de este tipo de construcciones.

d) El vocabulario propio, con diferencias en el ámbito local, esquematizado en cuatro grandes grupos: tipología, técnica, herramientas y materiales, formado básicamente por la terminología siguiente:

  • aixada: herramienta que se utiliza para remover la tierra.
  • càvec y senalla: conjunto de utensilios que se utilizan para hacer el barrido.
  • civera: es una especie de cama de acebuche que se utiliza para transportar piedras por terrenos por donde no pasa una carreta
  • cobertora: piedra grande y plana, de forma rectangular, que se utilizan para hacer la última hilada de una pared seca.
  • cobertorada: última hilada de una pared seca, formada por cobertores puestas de canto, reponiendo la una sobre la otra en una línea continua.
  • escombrar / fer l’escombra: limpiar de tierra y pedregal el terreno que ocupará una pared seca hasta llegar a la roca madre.
  • eixermar: limpiar la tierra de hierbas y arbustos.
  • fer el pedreny: dejar todas las piedras que se utilizarán para hacer la construcción en la medida necesaria.
  • filada: cada una de las hileras de piedras con las que se forman las construcciones en piedra en seco.
  • fonaments: primera hilada de una pared seca, que reposa directamente sobre la roca madre y está formada por las piedras más grandes.
  • guiar: preparar, a cada lado de la pared, los montones de piedras que harán falta para levantarla.
  • llinyola / ginyola [dial.]: es un simple hilo o cordel (puede ser de emplomar) que se pueda tensar sin romperse y que se utiliza para trazar las líneas del muro de piedra.
  • mall: martillo muy grande que se emplea para hacer pedreny.
  • martell de paredador: herramienta que identifica el maestro.
  • monjoia: conjunto de cuatro o cinco piedras amontonadas que sirven para marcar la pared seca sobre el terreno antes de empezar a construir.
  • paredador: constructor de todo elemento hecho en piedra en seco.
  • parpal / perpal: barra de hierro, de dos metros de largo y entre 8 y 10 cm de diámetro, que se utiliza para sacar las piedras más grandes.
  • pedreny: conjunto de piedras que formarán la pared seca o la construcción de piedra en seco.
  • pioixa: herramienta similar a la azada, pero terminada en punta.
  • reble: pedreny pequeño que sirve para llenar los vacíos de una pared.
  • reblir: llenar con pedreny pequeño las cavidades de una pared seca o construcción de piedra en seco.
  • tallant: herramienta que se utiliza para preparar las piedras con las que se hacen las esquinas.
  • taulaplom: herramienta que se emplea para trazar las perpendiculares a la hora de hacer las esquinas o de colocar las barreras, consistente en una regla que en una punta lleva colgando un hilo acabado con una pieza de metal.

(Fuente: web de cultura popular de Menorca)

Bienes inmuebles vinculados

Los elementos arquitectónicos realizados con piedra en seco en Menorca son conocidos por sus nombres en catalán: parets seques, barraques, ponts de bestiar, boers, corrals, estables, síquies, forns de cal, sitges de carboner, ponts, safareigs, pous, pallises, camins empedrats, encadenats, corrals, clapers, camins ...

Bienes muebles vinculados

Los bienes muebles vinculados a la técnica constructiva de la piedra en seco son las herramientas utilizadas por los paredadors (véase el punto Pertenencias del bien, terminología)

Memoria histórica del bien

No se conoce en qué momento se empiezan a construir elementos arquitectónicos de piedra en seco en Menorca, pero parece que esta técnica se encuentra arraigada desde época prehistórica, porque las construcciones talayóticas son siempre así.

Los primeros documentos a que hacen referencia datan del siglo XIV, cuando el rey Pedro IV permite cerrar con paredes las posesiones. No obstante, la mayoría de ejemplos conservados actualmente se deberían datar en los siglos XVIII, XIX y principios del siglo XX. En el siglo XIX corresponde la mayor parte de la retícula de paredes de piedra en seco que alfombra toda la superficie de la isla, momento en el que se completa el proceso de cierre y privatización de los pastos comunales y de las divisiones entre propiedades.

Pero al margen de las paredes divisorias de vallas y de propiedades, la actividad agropecuaria tradicional de Menorca creó una serie de construcciones de piedra en seco, la función de las cuales formaba parte de un conjunto bien articulado para resolver todas las necesidades de la principal unidad de explotación rural menorquina denominada lloc. Al mismo tiempo, tanto las paredes como las otras construcciones, servían para liberar de la piedra sobrante las tierras cultivables y daban respuesta a las dificultades naturales: protegían los cultivos del viento, daban utilidad a las faldas empinadas de los cerros, detenían la erosión, canalizaban el agua atorrentada para desecar terrenos inundables, amparaban las higueras u otros frutales del rebaño, protegían el ganado de las inclemencias del tiempo, etc.

Las grandes barracas para el ganado datan de finales del siglo XVIII y la primera mitad del siglo XIX. Destacan por su monumentalidad las situadas en la zona norte de Ciutadella (llocs de Ses Truqueries, Son Salamó, Son Escudero, o Ses Arenetes, entre otros), hechas de varios pisos, el tamaño de los cuales se va haciendo más pequeño a medida que cobran altura. Algunas de estas barracas conservan la fecha de su construcción en la puerta o en la piedra clave de la cubierta.

En todo caso, el archiduque Luis Salvador de Austria explica perfectamente la técnica en la parte dedicada a Menorca de su obra Die Insel Balearen geschildern in Wort und Bild editada en 1890, lo cual demuestra que era plenamente vigente en aquella época.

Debido a los cambios producidos en la maquinaria agrícola y en la misma gestión del campo, a partir de mediados del siglo XX, algunos de los elementos que tradicionalmente se construían con la técnica de la piedra en seco quedan obsoletos y dejan de construirse, y también de repararse. Sin embargo, la legislación actual de ordenación del territorio de Menorca obliga a cerrar con muros de piedra en seco los márgenes de las carreteras y los caminos, a reparar los existentes y utilizarlos para separar las parcelaciones de las urbanizaciones turísticas. También se han convocado ayudas de las administraciones para rehabilitar tanto las paredes como de otros elementos etnológicos. Esto hace que la construcción de piedra en seco continúe siendo un elemento vivo en la sociedad y que requiera de buenos profesionales.

La transmisión sigue siendo oral, basada en la experiencia adquirida en la práctica de esta técnica en el transcurso de los siglos. Ocasionalmente, la Administración organiza cursos de formación y escuelas taller.

Estado de conservación del bien

Regular.

La obsolescencia de los bienes derivados de la técnica en la gestión del campo de Menorca tiene repercusiones directas en el mantenimiento de la profesión de paredadors, que quedan relegados únicamente a la construcción de paredes secas, y también de toda la terminología asociada.

Sin embargo, una parte importante de los bienes inmuebles derivados de la técnica constructiva tradicional de la piedra en seco se encuentran protegidos por los catálogos municipales que los ayuntamientos de Menorca tienen adjuntos a sus PGOU.

El artículo 62 del Plan Territorial Insular, sobre la protección urbanística del patrimonio paisajístico (norma directiva, prevalente sobre y vinculado de la ordenación urbanística), prevé en el punto 12 conservar y valorar los elementos del paisaje rural tradicional (paredes en seco, cierres de acebuche, infraestructuras tradicionales de drenaje, pozos, aljibes, etc.), especialmente dentro ANEI y ANIT a todas las áreas que se consideren de especial interés paisajístico y, por supuesto, a las áreas de interés paisajístico fijadas por el Plan Territorial insular, propiciando este fin el acuerdo y la conclusión de convenio con la propiedad y explotación de la tierra.

Bibliografía

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Vidal Hernández, Josep Miquel (2009). Menorca. Reserva de la Biosfera. Institut Menorquí d'Estudis. Agència Menorca Reserva de la Biosfera, Maó.

Segundo. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establecen la Ley 12/1998, del patrimonio histórico de las Islas Baleares, y la normativa concordante.

Tercero. Notificar el acuerdo a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Gobierno de las Islas Baleares, a los efectos de su inscripción definitiva en el Registro de Bienes, con especial mención de la información que se remitirá al Registro del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Cuarto. Notificar el acuerdo a los ayuntamientos de la isla de Menorca.

Quinto. Hacer la anotación correspondiente en el Registro de los BIC del Consell Insular de Menorca.

Sexto. Publicar el acuerdo en el BOIB y en el BOE.

Lo que se comunica para general conocimiento y a los efectos oportunos, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que pone fina a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:

- En el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears, recurso potestativo de reposición ante el Pleno. Este recurso se entenderá desestimado si no se hubiera notificado la resolución después de haber transcurrido un mes des de su interposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

- En el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma siempre que no se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, dado que en este caso debería esperarse a que se dicte la resolución.

Todo esto sin perjuicio que se pueda utilizar cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

Todo lo anterior se ajusta a la Ley 29/1998, de 013 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa y a la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Finalmente, cabe indicar que la interposición de los recursos pertinentes no suspende la eficacia de la resolución impugnada ni interrumpe los plazos que se puedan derivar, excepto que la autoridad competente lo acuerde expresamente.

 

Maó, a 5 de abril de 2017

La secretaria interina,
Rosa Salord Oleo