Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 3549
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Modificación decreto por error material
La Regidora del Área de Función Pública y Gobierno Interior, por resolución número 06.628 de abril de 2017, acordó lo siguiente:
Rectificar la publicación en castellano del decreto núm. 22.078 de 23 de diciembre de 2016 por el que se aprueba la convocatoria del bolsín extraordinario de ingeniero superior de caminos, canales y puertos para añadir los 10 temas del temario específico que quedan, que son los siguientes:
20. Proyectos de infraestructura telefónica, gas y eléctricos: Principales parámetros de diseño. Características de su ejecución y relaciones con la compañía suministradora.
21. Proyecto de jardinería en nuevas urbanizaciones: Viales y Zonas verdes. Principales parámetros de diseño, condicionantes. Riego con agua regenerada. Especies más usuales. Incidencias en el resto de servicios urbanísticos. Anexo V del PGOU.
22. En torno a la vía pública. Acondicionamiento y calidad visual. Alumbrado Público: criterios generales y parámetros de iluminación, especificaciones técnicas, elementos normalizados y eficiencia energética. Gestión y control.
23. Durabilidad del hormigón. Control de calidad. Los productos metálicos la construcción: Aceros para hormigón armado. Aceros para hormigón pretensado. Estructuras metálicas. Carriles. Aparatos de apoyo. Tuberías. Aplicaciones del cobre, zinc, plomo y aluminio. Durabilidad de los productos metálicos. C.T.E.
24. Madera: Estructura de madera. Empleo en la construcción. Propiedades. Defectos y alteraciones. La protección y preparación para el uso. Utilización de la madera: carpintería de armar, de taller y uniones. Madera laminada encolada. C.T.E.
25. Selección de materiales y medio ambiente. Aspectos medioambientales. Los principios del desarrollo sostenible: Materiales respetuosos con el medio, proyectos energéticamente eficaces, disminución de los riesgos para la salud y el medio. Ciclo de vida de los materiales de construcción para un uso racional: materias primas, manufacturas, el reciclaje, la gestión de residuos. Normativa de aplicación.
26. Cimentaciones superficiales. Formas de cimentación. Cálculo de la carga de hundimiento. Efectos de la profundidad de empotramiento. Proximidad de un talud. Inclinación de la carga. Cálculo de asientos. Asientos admisibles. C.T.E.
27. Fundamentos semiprofunda: pozos de cimentación. Cimentaciones profundas: puntales. Cálculo de la carga de hundimiento. Penetración de pilotos. Cargas admisibles. Pruebas de carga. Grupos de pilotos. Esfuerzos parásitos.C.T.E.
28. Muros de contención. Tipo. Estructuras rígidas y flexibles. Cálculo de empujones. Estabilidad de las estructuras de contención. Muros de gravedad. deslizamiento, hundimiento y vuelco. Estabilidad de taludes. Tipo de inestabilidad. Clasificación. Métodos de cálculo. El círculo de rozamiento. Muros de carga.
29. Instalaciones de la edificación. Fontanería y saneamiento. Instalaciones de electricidad. Climatización, calefacción, aire acondicionado, Agua caliente sanitaria. Instalaciones diversas: evacuación de residuos, elevadores, gas, contra incendios. C.T.E.: Exigencias básicas.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 05 de abril de 2017
La jefa del Servicio de Selección, Provisión y Gestión
p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 02.26.2014
(BOIB núm. 30, de 03.04.2014)
Esperanza Vega Terrón