Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 3396
Resolución del director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la cual se autoriza al Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares a hacer obras de mejora en el Centro Bit de Inca (DGTPFP 100/2017 PATRIM)
Antecedentes
1. La Comunidad Autónoma de las Illes Balears es propietaria del Centro Bit de Inca, ubicado en la calle Selleters, 25, de Inca:
Activo fijo terrenos: 100000001114 -0
Activo fijo construcción: 100000001289 - 0
Referencias catastrales: 2160401DD9926S0001QR
2160402DD9926S0001PR
2. Oficio de la directora gerente del Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares, de 17 de marzo de 2017, mediante el cual solicita la autorización para realizar unas obras de mejora en el Centro Bit de Inca, para evitar humedades y reparar los daños que éstas han producido en el edificio, y para mejorar el estado del suelo de losas del edificio.
3. Anteproyecto de obras de reparación de varias deficiencias en el Centro Bit de Inca, que ha elaborado el arquitecto Miquel Ferrer Vallori con la colaboración del estudio de Arquitectura Pons y Asociados SLP.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 88 c de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, (BOIB núm. 49, de 24 de abril) y demás disposiciones aplicables concordantes.
2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
3. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 97, de 2 de julio).
4. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 120, de 8 de agosto).
5. El Decreto 71/2015, de 17 de julio, por el que se nombra director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 108, de 17 de julio).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar al Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares a efectuar las obras de mejora, con las particularidades detalladas en el anteproyecto de obras de reparación de varias deficiencias en el Centro Bit de Inca, que ha efectuado en el mes de febrero de 2017 el arquitecto Miquel Ferrer Vallori con la colaboración del estudio de Arquitectura Pons y Asociados SLP, por un importe de 367.600 €.
2. Condicionar esta autorización a la obtención previa de las licencias municipales correspondientes, el informe favorable de impacto ambiental y la declaración de interés general, en su caso, y en la supervisión por el Departamento de Arquitectura de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. Notificar esta Resolución al Instituto de Innovación Empresarial de las Islas Baleares, a la Consejería de Trabajo, Comercio e Industria y a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.
4. Trasladar la documentación a la Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Territorio, Energía y Movilidad, para su supervisión.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
6. Anotar esta autorización de obras en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Palma, 3 de abril de 2017
El director general del Tesoro,
Política Financiera y Patrimonio
José Luis Gil Martín
Por delegación de la Consejera de Hacienda y
Administraciones Públicas (BOIB 111/2015)