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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE MODERNIZACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 3323
Decreto que resuelve el recurso administrativo contra la Resolución que aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de Técnico –a superior de medio natural

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Texto

La Presidencia del Consell de Mallorca, en fecha 20 de marzo de 2017, ha dictado el siguiente Decreto:

<<ANTECEDENTES

1. La Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Modernización y Función Pública del Consell de Mallorca, de fecha 28-11-2016 y publicada en el BOIB núm. 151 de 1-12-2016, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de técnico/a superior de medio natural, por el procedimiento extraordinario y específico de selección mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca y publicada en el BOIB número 24, de día 20 de febrero de 2016.

2. El recurso de alzada que interpone Sergio Martino Bennassar, con fecha de registro de entrada en el Consell de Mallorca de 19-12-2016 y número 35465, contra el acto administrativo indicado en el antecedente anterior.

3. El informe que ha emitido la Junta Calificadora, de fecha 15 de febrero de 2017, sobre el recurso interpuesto.

CONSIDERACIONES

PRIMERA.- Sobre cuestiones de carácter procedimental, el recurso de alzada se interpone contra un acto administrativo que no agota la vía administrativa (una resolución de consejera ejecutiva) y se ha interpuesto dentro del plazo de un mes; por tanto, en vista de los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se admitirá a trámite.

SEGUNDA.- Sobre la cuestión de fondo, la persona interesada alega, por un lado, que su puntuación no es correcta y falta una centésima y, por otra parte, que no se ha puntuado la licenciatura en Biología.

En respuesta a lo anterior, la Junta Calificadora constituida en este proceso selectivo ha emitido informe en fecha 15-02-2017, que expone textualmente:

“Informe sobre el recurso de alzada formulado contra la Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Modernización y Función Pública de fecha 28 de noviembre de 2016 (BOIB núm.151, de uno de diciembre de 2016), por el que se aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de técnico/a superior de medio natural, por el procedimiento extraordinario y específico de selección, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca.

A la vista del recurso de alzada presentado por el Sr. Sergio Martino Bennassar de fecha 20 de diciembre de 2016 (registro general de entrada en el Consell de Mallorca núm. 35465, de 19.12.2016) , se reúnen los miembros de la Junta Calificadora con objeto de emitir el presente informe para que sirva de base para su resolución.

Antecedentes

1.- El Sr. Sergio Martino Bennassar interpone recurso de alzada contra la Resolución de la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública, de día 28 de noviembre de 2016 y publicada en el BOIB número 151, de 1 de diciembre de 2016, por la que se aprueba la lista definitiva des aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de técnico/a superior de medio natural, por el procedimiento extraordinario y específico de selección, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca, convocada por el Consell de Mallorca el pasado 20 de febrero de 2016 (BOIB núm.24).

Consideraciones técnicas

1.- El Sr. Sergio Martino Bennassar expone que no se le ha sumado correctamente su puntuación total y alega que le falta una centésima.

Las puntuaciones parciales de cada uno de los apartados son introducidas por la Junta Calificadora en un programa que lleva a cabo las sumas totales. En el caso del Sr. Martino, ha obtenido 10,16 puntos en el apartado de experiencia profesional, 3,66 puntos corresponden al apartado de formación no reglada y 2 puntos del nivel de catalán, esto supone un total de 15,82 puntos, por lo tanto esta suma es correcta. 

El aspirante alega que en la baremación de sus méritos no se ha tenido en cuenta la licenciatura en Biología que presentó como segunda titulación.

Dado que esta Junta decidió valorar esta titulación en el apartado formación reglada y que por error no se le valoró, se añaden tres puntos en este apartado, quedando su puntuación total en 18,82.

Conclusión

En definitiva, y de acuerdo con las manifestaciones contenidas en el presente informe, los miembros de la Junta Calificadora elevan al órgano competente propuesta de estimar en parte el recurso de alzada interpuesto por el Sr. Sergio Martino Bennassar contra la Resolución de la consejera ejecutiva de Modernización y Función Pública, de día 28 de noviembre de 2016 y publicada en el BOIB número 151, de 1 de diciembre de 2016, por la cual se aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de técnico/a superior de medio natural, por el procedimiento extraordinario y específico de selección, mediante el sistema de concurso de méritos, para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del Consell de Mallorca, convocada por el Consell de Mallorca el pasado 20 de febrero de 2016 (BOIB núm.24).   

Lo firma el secretario de la Junta Calificadora en nombre, representación y consentimiento del resto de los miembros.

Palma, día 15 de febrero de 2017”

Visto el informe del Tribunal Calificador, es procedente aplicar el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, que dispone que las administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo esto, esta Presidencia, a la vista del expediente y de la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Modernización y Función Pública, en uso de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, adopta el siguiente:

D E C R E TO

Primero.- Estimar parcialmente el recurso de alzada que ha interpuesto Sergio Martino Bennassar, contra la Resolución de la consejera ejecutiva del Departamento de Modernización y Función Pública del Consell de Mallorca, de fecha  28-11-2016 y publicada en el BOIB núm. 151 de 1-12-2016, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes seleccionados para constituir dos bolsas de la subescala, clase o categoría de técnico/a superior de medio natural, de modo que, por un lado se desestima la solicitud de corrección de la suma de la puntuación realizada y añadir una centésima. Por otra parte, se estima la petición de puntuar la licenciatura en Biología y se añaden tres puntos en este apartado, quedando su puntuación total en 18,82. 

En consecuencia, se rectifica el acto impugnado, de manera que en el anexo I, donde dice:

BOLSA  POR EL PROCEDIMIENTO EXTRAORDINARIO

Núm.   DNI                APELLIDOS Y NOMBRE              RESULTADO

15        46133069Z     MARTINO BENNASAR, SERGIO           15,82

Debe decir:

Núm.   DNI                APELLIDOS Y NOMBRE              RESULTADO

7          46133069Z     MARTINO BENNASAR, SERGIO           18,82

Los aspirantes que ocupaban las posiciones 7 a 14, inclusive, pasan a ocupar una posición posterior, de manera correlativa.

Y donde dice:

BOLSA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO

Núm.   DNI                APELLIDOS Y NOMBRE              RESULTADO

10        46133069Z     MARTINO BENNASAR, SERGIO           15,82

Debe decir:

Núm.   DNI                APELLIDOS Y NOMBRE              RESULTADO

6          46133069Z     MARTINO BENNASAR, SERGIO           18,82

Los aspirantes que ocupaban las posiciones 6 a 9, inclusive, pasan a ocupar una posición posterior, de manera correlativa.

Segundo.- Notificar este Decreto a la persona que ha interpuesto el recurso; así mismo, se ha de publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y exponer al público en el tablón de edictos del edificio de la Llar de la Infància i, a efectos informativos, en la Web del Consell de Mallorca.  

Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer directamente el recurso contencioso administrativo delante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir esta notificación.

No obstante, puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. >>

 

Palma, 29 de marzo de 2017

Por delegación del presidente, el secretario general

(Decreto de 17 de julio de 2015, BOIB núm. 114, de 28 de julio de 2015)

Jeroni M. Mas Rigo