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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE CIUTADELLA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 1 DE CIUTADELLA

Núm. 3310
Juicio verbal 105/2016

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Texto

Dª. MARIA ANGELES PALLICER MERCADAL, Letrado de la Administración de Justicia, del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de CIUTADELLA DE MENORCA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento JUICIO VERBAL NUM. 105/16 seguido a instancia de  CATALA & PERICAS S.L. frente a GEMMA CRESPI PONS se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

“S E N T E N C I A   Nº 46/2017

En Ciutadella de Menorca, a veintidós de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, Dña. María Vanessa Cubells Barbena, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Ciutadella de Menorca, los presentes autos de JUICIO VERBAL seguidos en este Juzgado y tramitados con el número 105/2016, promovidos a instancia de la entidad CATALA & PERICAS S.L., representada por la Procuradora Dña. Begoña Jusué Hernández y bajo la dirección letrada de D. Carlos Roldán Brondo, contra Dña. GEMMA CRESPI PONS, en situación de rebeldía, resultando los siguientes,

…/…

“F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda, debo CONDENAR Y CONDENO a Dña. GEMMA CRESPI PONS a abonar a la entidad CATALA & PERICAS S.L. la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO EUROS CON VEINTIDOS CENTIMOS (2.534,22 €), más los intereses legales correspondientes, con expresa imposición de las costas a la demandada. 

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma ES FIRME y que contra ella no cabe recurso alguno. 

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente Libro de Sentencias.

Así por esta mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.”

Y encontrándose dicho demandado, GEMMA CRESPI PONS, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

CIUTADELLA DE MENORCA a veintisiete de marzo de dos mil diecisiete.

LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,