Sección V. Anuncios
Subsección primera. Contratación Pública
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 3238
Licitación para la explotación servicios desmontables temporada turística 2017 de las playas del término de Manacor
Por Decreto de Alcaldía de 28 de marzo de 2017 se ha aprobado el expediente de autorización administrativa reglamentada que es objeto de este anuncio. De conformidad con este y a los efectos previstos en el artículo 188 de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Illes Balears, los pliegos de condiciones reguladoras de esta contratación se exponen al público durante el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOIB, para que puedan presentarse reclamaciones con carácter simultáneo a la apertura del procedimiento de licitación.
1. Entidad adjudicadora
Organismo: Ajuntament de Manacor.
Dependencia que tramita el expediente: Contratación
Exp. núm.: 12/2017
2. Objeto del contrato
a) Descripción: explotación de los servicios desmontables para la temporada turística 2017 de las playas del término de Manacor con la obligación de prestar los servicios de salvamento y socorrismo y de mantenimiento y limpieza de las playas en las playas que se indican en el PCA y de aportación de diverso material tal como pasarelas de madera, baños higiénicos, duchas etc., sin división con lotes, y con las siguientes instalaciones:
- Cala Murada: 48 hamacas, 24 sombrillas.
- Cala Tropicana (Es Domingos Petit): 130 hamacas, 56 sombrillas.
- Cala Domingos (Es Domingos Gran): 266 hamacas, 133 sombrillas y 5 velomares.
- Cala Antena: 60 hamacas, 26 sombrillas, 2 velomares y 2 elementos náuticos sin motor.
- Cala Estany: 300 hamacas, 140 sombrillas y 4 elementos náuticos sin motor.
- Cala Mendia: 230 hamacas, 105 sombrillas.
- Cala Anguila: 140 hamacas, 70 sombrillas.
- Porto Cristo: 130 hamacas, 60 sombrillas, 6 elementos náuticos sin motor
- Cala Moreia (S'Illot): 400 hamacas, 190 sombrillas, 5 velomares
Y instalación de 200 cajas de seguridad a instalar en los postes de las sombrillas de cualquiera de las playas mencionadas, pero siempre habrá un mínimo de 5 en cada una de las playas.
b) Plazo de la autorización: desde la fecha de formalización del contrato, previsto para el día 1 de mayo de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018.
3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación
Tramitación: ordinaria
Procedimiento: abierto
Forma: concurso
4. Canon de licitación mejorable al alza: 177.671,00 euros.
Además del canon de licitación que resulte de la adjudicación, el autoritzatario deberá abonar a finales del mes de mayo de 2017 el importe de 894,85 € diarios, por cada día que no habrá prestado el servicio de socorrismo y salvamento si debido a la tramitación administrativa no ha iniciado el servicio el día previsto para su inicio, 1 de mayo de 2017.
5. Garantías
Definitiva: 5% del canon adjudicado
6. Presentación de las ofertas
a) Fecha límite de presentación: 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOIB, de las 9 a las 14 horas, si el último día fuera inhábil se prorrogará hasta el primer día hábil.
b) Documentación a presentar: La que establece la cláusula 15 del pliego de cláusulas administrativas.
c) Lugar de presentación:
1º. Entidad: Registro de entrada del Ayuntamiento de Manacor
2º. Domicilio: plaza Convento, 1
3º. Localidad y código postal: Manacor 07500
4º. Teléfono: 971849100 Fax: 971849133
7. Apertura de las ofertas
El acto público de apertura de las proposiciones contenidas en el sobre B, se celebrará el séptimo día natural, a las 12 horas en el edificio administrativo (2º piso, Ayuntamiento nuevo) a contar desde la apertura de la documentación administrativa. En el supuesto de coincidir con día inhábil se prorrogará al día hábil siguiente.
8. Documentación requerida para acreditar la solvencia económica y técnica.
La establecida en la cláusula 19 del Pliego de Cláusulas Administrativas con los medios y requisitos que se indican.
La solvencia económica y financiera se podrá acreditar por cualquiera de los medios siguientes:
1) Declaración relativa a la cifra de negocios de los servicios o trabajos realizados por la empresa: Será requisito mínimo de solvencia: que el año del mayor volumen de negocios en el curso de los últimos 3 años concluidos, debe ser al menos de una vez y media el valor estimado del contrato (266.506,5 €).
2) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que está vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales. Será requisito mínimo de solvencia, acreditar que dispone de unos fondos propios que sean de al menos el 20% del importe del contrato (35.534,2 €).
La solvencia técnica deberá acreditarse con los siguientes medios:
- Haber ejecutado al menos durante una temporada turística la prestación de explotación de servicios desmontables de temporada (hamacas, sombrillas, velomares) con elementos similares a lo que son objeto de esta autorización durante cualquiera de los últimos 5 años, entendiendo por similares, aquellas servicios que comprendan al menos dos de los tipos de elementos indicados y que comprendan un número de estos elementos de aproximadamente un 25% los que son objeto de esta licitación.
Y haber ejecutado al menos durante una temporada turística un servicio de vigilancia y socorrismo similar al que es objeto de esta licitación durante cualquiera de los últimos 5 años, entendiendo por similar aquel cuyas prestaciones sean de importe igual o superior a un 50% del gasto máximo previsto en el estudio económico de explotación que forma parte de este expediente de licitación (144.676,115 €).
Además de la acreditación de la solvencia técnica con los medios mencionados anteriormente, los licitadores deberán presentar en el sobre A una declaración de compromiso del firmante de la proposición de dedicar o adscribir a la ejecución de la presente autorización los medios materiales y personales del que se dispondrá para la realización de la autorización, y que como mínimo deberán ser los que se exigen en esta licitación con las condiciones y requisitos establecidos en el PCA y los anexos.
9. Criterios de adjudicación
Son los que se especifican en la cláusula 10 del pliego de cláusulas administrativas:
Criterios de adjudicación calificables mediante la aplicación de fórmulas: hasta 56,75 puntos
1) Por aumento del canon a satisfacer a favor del Ayuntamiento: de 0 a 40 puntos.
2) Compromiso formal, que en el caso de resultar adjudicatario, abonará en efectivo al Ayuntamiento el importe total del canon ofertado, dentro de los 10 días naturales siguientes a la fecha de inicio de la explotación de las instalaciones: 10 puntos.
3) Mejoras ofertadas relativas a la obligación del servicio de vigilancia y salvamento sobre los mínimos exigidos en este pliego relativas a la adscripción de más medios humanos (socorristas acuáticos con la titulación de socorrista acuático) sobre los mínimos exigidos en el anexo I del PCA 1,125 puntos por cada 3 horas diarias de servicio (máximo 18h) hasta un máximo de 6,75 puntos.
Criterios de adjudicación cuya calificación depende de un juicio de valor: hasta 24 puntos
4) Mejoras ofertadas relativas al objeto de la obligación de prestar el servicio de mantenimiento y limpieza de las playas y lugares públicos de baño objeto de la autorización, no contempladas en el pliego y en el protocolo de actuación de limpieza con carácter obligatorio y que mejoren la calidad de la prestación: de 0 a 24 puntos.
Sólo se valorará las mejoras relativas a la limpieza de la superficie de la arena de todas las playas, incluida Cala Varques, así como la orilla del mar, limpieza del agua del litoral entendido este ámbito como la primera franja de contacto con el agua (zona de Bayada) y primeros metros de playa sumergida; limpieza de las zonas de acceso a las playas (escaleras, paseos, pasos o aparcamientos, zona pinar o arbórea existente en los accesos de las playas) siempre que éstas no consten en el PCA y en el anexo III como obligación a prestar por el autoritzatario.
10. Condiciones especiales de ejecución de carácter social.
Las que constan en la cláusula 22 del PCA:
1- Cumplimiento de las obligaciones laborales de la empresa (pago de salarios y cotizaciones).
2- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 228 bis del TRLCSP y en Ley 3/2004, de 29 de diciembre relativas a los pagos que los contratistas adjudicatarios deben realizar los subcontratistas o suministradores, y de la obligación del contratista remitir al órgano de contratación a requerimiento de éste la documentación acreditativa de dichos cumplimientos.
Manacor, 28 de marzo de 2017
El alcalde, por delegación de firma
(Decreto 2863/2015)
La 4a. Teniente de Alcalde
Isabel Febrer Gelabert