Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLUCMAJOR

Núm. 3227
Aprobación definitiva modificación reglamento municipal del servicio de suministro de agua potable de Llucmajor

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ajuntament, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 28 de diciembre de 2016, se acordó inicialmente y, en el supuesto que no se formulen alegaciones en el período de información pública, también definitivamente, la modificación del quinto párrafo del artículo 56 del Reglamento municipal del servicio de suministro de agua potable de Llucmajor, y publicado anuncio en el BOIB número 12, de 28 de enero de 2017, no se ha formulado ninguna reclamación contra el acuerdo en el plazo de 30 días, por la cual cosa el acuerdo de aprobación es definitivo, de manera que el texto que se modifica, del quinto párrafo del artículo 56 es el siguiente:

“Batería de contadores divisionarios: cuando haya más de una vivienda o local, será obligatorio instalar un aparato de medición para cada una de ellas y los necesarios para los servicios comunes. El sistema de control de consumos para los inmuebles situados en calles de carácter privado o supuestos similares, y los conjuntos de edificaciones sobre sótanos, se controlará mediante un contador general, independientemente de la batería de contadores divisionarios. Quedaran exentos de la obligación de instalar contadores divisionarios las fincas plurifamiliares construidas o que hayan sido objecto de obras de gran rehabilitación con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 55/2006, de 23 de junio, por el cual se establece el sistema de medidas para la instalación obligatoria de contadores individuales y fontanería de bajo consumo y ahorradora de agua”.

Llucmajor, 27 de marzo de 2017

El Alcalde

Bernadí Vives Cardona