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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 3129
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se autoriza la suscripción de un contrato de comodato entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte comodataria, y la entidad Successió Miró, CB, como parte comodante, de doce esculturas de Miró para instalar en los jardines de Marivent (DGTPFP/SP 91/2017)

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Texto

Hechos 

1. El 13 de marzo de 2017, la secretaria general de la Consejería de Presidencia emitió un informe en el que propone a la consejera de Presidencia que inste a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas a iniciar el expediente de cesión temporal y gratuita de uso de doce esculturas de Miró para instalar en los jardines de Marivent por un plazo de cinco años. 

2. El 15 de marzo de 2017 tuvo entrada en el Registro de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas un oficio de la secretaria general de la Consejería de Presidencia al que se adjuntaba la documentación relativa al expediente para la formalización de un contrato de comodato de doce esculturas de Miró, con el fin de que la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio lo tramitara. 

3. El 22 de marzo de 2017, el director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó la resolución de inicio del expediente basándose en la Resolución de la consejera de Presidencia de 14 de marzo de 2017 por la que se insta a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas a iniciar el expediente de cesión temporal y gratuita de uso de doce esculturas de Miró para instalar en los jardines de Marivent. 

4. Las características de las esculturas son las siguientes: 

1. Título: Conque, 1969

Ejemplar: 6/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 110 x 80 x 50 cm

Valor: 300.000 €

        

2. Título: Tête de bélier, 1970

Ejemplar: 6/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 61 x 53 x 53 cm

Valor: 100.000 €

          

3. Título: Femme et oiseaux, 1972

Ejemplar: E.A. I

Técnica: bronce fundido en arena y a la cera perdida

Medidas: 156 x 78 x 70 cm

Valor: 300.000 €

        

4. Título: Le Pèlerin, 1972

Ejemplar: 6/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 57 x 23 x 22 cm

Valor: 150.000 €

          

5. Título: Projet pour un monument, 1973

Ejemplar: E.A. 1/1

Técnica: bronce fundido a la cera perdida pintado

Medidas: 133 x 22 x 28 cm

Valor: 600.000 €

       

6. Título: Figure, 1976

Ejemplar: 5/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 205 x 62 x 38 cm

Valor: 450.000 €

         

7. Título: Projet pour un monument, 1977

Ejemplar: 5/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 65 x 32 x 22 cm

Valor: 120.000 €

         

8. Título: Homme et femme, 1977

Ejemplar: 2/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 117 x 52 x 49 cm

Valor: 300.000 €

            

9. Título: Personnage et oiseau, 1978

Ejemplar: 6/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 67 x 75 x 35 cm

Valor: 200.000 €

       

10. Título: Figure, 1981

Ejemplar: 5/6

Técnica: bronce fundido en arena y a la cera perdida

Medidas: 126 x 50 x 28 cm

Valor: 300.000 €

            

11. Título: Tête et oiseau, 1981

Ejemplar: 5/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 125 x 26 x 51 cm

Valor: 300.000 €

          

12. Título: Projet pour un monument, 1981

Ejemplar: 6/6

Técnica: bronce fundido a la cera perdida

Medidas: 80 x 60 x 60 cm

Valor: 175.000 € 

Fundamentos de derecho 

1. Los artículos 3.1 y 87 k de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 49, de 24 de abril), y el resto de disposiciones aplicables concordantes. 

2. El artículo 1768 del Código Civil, en conexión con los artículos 1740 a 1752 y los concordantes de la misma norma. 

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 44, de 3 de abril). 

4. El Decreto 9/2015, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB n.º 97, de 2 de julio). 

5. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto). 

6. El Decreto 49/2016, de 22 de julio, de cese y nombramiento de altos cargos de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por el que se nombra al director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (BOIB n.º 93, de 23 de julio). 

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas que dicte una resolución en los siguientes términos: 

1. Autorizar la concertación de un contrato de comodato entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, como parte comodataria, y la entidad Successió Miró, CB, como parte comodante, de doce esculturas de Miró para instalar en los jardines de Marivent. 

2. Condicionar la eficacia de esta autorización a la tramitación y la firma de todos los documentos necesarios para formalizar el comodato con la finalidad y las condiciones que se expongan en el mismo. 

3. Establecer que la cesión tendrá una duración de cinco años que se contarán desde la firma del comodato, prorrogable tácitamente por periodos anuales, si no existe un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes firmantes del contrato con tres meses de antelación al vencimiento del contrato o de sus prórrogas. Las dos partes firmantes, en cualquier momento, pueden dar por terminado el contrato, siempre que lo hayan notificado a la parte contraria con un mínimo de tres meses de antelación. 

4. Establecer que los gastos de transporte, acondicionamiento, mantenimiento, conservación y seguro correrán a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en la forma y el modo en que quede estipulado en el comodato, y en concreto a cargo de la Consejería de Presidencia, la cual, en virtud de sus competencias en materia de relaciones institucionales, asume la tramitación de los expedientes relacionados con el Palacio de Marivent. 

5. Notificar esta resolución a la entidad Successió Miró, CB, y a la Consejería de Presidencia para su conocimiento, a los efectos que correspondan. 

6. Anotar la cesión derivada del comodato en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

7. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

También puede interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses que se contarán desde el día siguiente al de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa.

 

Palma, 27 de marzo de 2017

El director general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

José Luis Gil Martín

     

De acuerdo con la propuesta. Dicto resolución.

La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas

Catalina Cladera i Crespí