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AYUNTAMIENTO DE ANDRATX
Núm. 3119
Extracto de la Convocatoria de ayudas y subvenciones deportivas, para el año 2017
Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada día 24 de febrero de 2017, la convocatoria para las ayudas y subvenciones deportivas para el año 2017, se hace público la presente extracto de la convocatoria:
“Extracto de la Convocatoria de ayudas y subvenciones deportivas, para el año 2017.
Código de la Convocatoria: 339437
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.go.es/bdnstrans/index):
Primer. Beneficiarios.
Podrán solicitar subvenciones:
Entidades y asociaciones sin finalidad de lucro inscritas en el Registro Municipal de asociaciones vecinales del Ayuntamiento y el domicilio social el cual esté situado en Andratx que se incluyan al ámbito de Deportes.
1.- Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento.
2.- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores al mismo por cualquier otro concepto no tributario.
Con cuyo objeto, una vez finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes, el Tesorero del Ayuntamiento expedirá de oficio certificación acreditativa de si los peticionarios están al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento y no ser deudores al mismo por cualquier otro concepto no tributario.
Los peticionarios que no estuvieran al corriente de sus obligaciones, tendrán 5 días hábiles para enmendar la deficiencia detectada.
En general, no podrán ser beneficiarios de la subvención las personas que se encuentren culpables en alguno de los motivos establecidos en el arte. 13.2 de la Ley 38/2033.
Segundo. Objeto.
El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas y subvenciones públicas que concede el Ayuntamiento de Andratx durante el año 2017 a entidades deportivas, los servicios de los cuales o actividades, completen o suplan los atribuidos a la competencia local.
Tercero. Bases Reguladoras.
En espera de la publicación de nuestra Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Andratx
https://www.boe.es/boe/dias/2003/11/18/pdfs/A40505-40532.pdf
Cuarto. Cuantía.
El importe de las ayudas y subvenciones a conceder dependerá del crédito previsto para las distintas áreas en el Presupuesto del año 2017, que está distribuido de la siguiente forma:
AREA |
PARTIDA |
CREDITO |
Esports |
341.489.19 |
40.000,00 € |
Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes.
Una vez aprobadas las presentes bases de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, serán objeto de publicación en el BOIB. Los 20 días hábiles siguientes a la publicación servirán de plazo general para la presentación de las solicitudes.
La cuantía de las subvenciones se prorrateará entre todos los solicitantes con el límite de la partida presupuestaría.
Los peticionarios que reúnan los requisitos establecidos en su punto tercero de esta convocatoria, tendrán que presentar, dentro del plazo a que se refiere la base anterior, sus solicitudes de ayudas y subvenciones en el Registro General de entrada de documentos del Ayuntamiento de Andratx (S.A.C.) y en cualquier otro de los lugares admitidos por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de fecha 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.”
Lo que se hace público para su conocimiento general.
Andratx, 27 de marzo de 2017
El Alcalde,
Jaume PORSELL ALEMANY