Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD
Núm. 3005
Resolución de la secretaria general de la Consejería de Salud por la que se somete a información pública el Proyecto de orden de la consejera de Salud de creación de ficheros y modificación de algunos de los existentes que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Salud
Antecedentes
1. El día 20 de marzo de 2017, la consejera de Salud ordenó el inicio del procedimiento de elaboración del Proyecto de orden de la consejera de Salud de creación de ficheros y de modificación de algunos de los existentes que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Salud. En esta Resolución se ordenaba la publicación del trámite de información pública.
2. La secretaria general de Salud firmó la correspondiente Memoria de análisis de impacto normativo el 17 de marzo de 2017.
Fundamentos de derecho
1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. El artículo 42 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Islas Baleares, regula el procedimiento de elaboración de las disposiciones administrativas, y el artículo 44 para la información pública.
3. Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
En consecuencia, dicto la siguiente
Resolución
1. Someter a información pública el borrador de proyecto de orden de la consejera de Salud de creación de ficheros y modificación de algunos de los existentes que contienen datos de carácter personal de la Consejería de Salud, y ponerlo a disposición de las personas interesadas en la Secretaría General (plaza d’Espanya, 9,2ª planta, 07002, de Palma), en su web <http://sgtsic.caib.es> y en el Portal de Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Islas Baleares.
2. Fijar el plazo para la información pública en 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Disponer que las alegaciones se presentarán en la sede de la Secretaría General (plaza d’Espanya, 9, 2ª planta, 07002, de Palma) o en cualquiera de los lugares determinados por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y se dirigirán a la Secretaría General de la Consejería de Salud.
4. Habilitar la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web del Portal de Participación Ciudadana (http://participaciociutadana.caib.es) del Gobierno de las Islas Baleares, en el plazo que se establece en el apartado 2 anterior, conforme al artículo 34.2 f de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que realiza las alegaciones, se incluirán en el expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. A dicho efecto, el funcionario o funcionaria del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente emitirá una diligencia de las alegaciones presentadas.
5. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 22 de marzo de 2017
La secretaria general
Guadalupe Pulido Román