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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2992
Despido/ceses en general 718 /2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000718 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MIRIAM HACHADI WILKINSON contra la empresa INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES FERRER SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

QUE ESTIMANDO LA DEMANDA interpuesta por Dª MIRIAM HACHADI WILKINSON contra la empresa INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES FERRER S.L., con citación del FOGASA debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado con efectos de 13 de julio de 2016 por parte de la empresa demandada, y resultando imposible la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo, declaro extinguida desde la fecha 31 de julio de 2016 la relación laboral habida entre las partes, y condeno a la demandada a indemnizar a la demandante por despido improcedente con la cantidad de 704,88 euros, y a pagarle la cantidad de 1.041,3 euros en concepto de salarios pendientes, más el interés de mora del 30% del Convenio del sector de hostelería Y declaro la responsabilidad subsidiaria del Fondo de Garantía Salarial para el caso de insolvencia de la empresa condenada, en los términos del art. 33 del E.T.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES FERRER SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a nueve de febrero de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA