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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 2989
Impugnacion de actos de la administración 945 /2016

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  MARIA ADELAIDA GARCIA GARCIA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 002 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento IMPUGNACION DE ACTOS DE LA ADMINISTRACION 0000945 /2016 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de   MORENA MALLORCA, S.L. contra la empresa  FERROVIAL-AGROMAN,  INVERSIONES LLAUT SL  ,  CONSELLERIA DE TREBALL , sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

En PALMA DE MALLORCA, a catorce de marzo de dos mil diecisiete.

Por presentados los anteriores escritos por el Graduado Social D. Jaime Sitjar así como por la abogado de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, únanse a los autos de su razón y visto el contenido de los mismos en los que se solicita la suspensión del presente procedimiento al existir prejudicialidad penal, acuerdo:

-  Suspender el juicio previsto para el día 21 de marzo de 2017 a las 10:45 horas, al encontrarse en situación de prejudicialidad penal, y señalar nuevamente para el próximo día 19 de septiembre de 2017 a las 10:15 horas, bajo los apercibimientos establecidos en la Ley.

- Notificar la presente resolución a las partes personadas en el presente procedimiento y dar traslado de los escritos presentados.

-  Dar cuenta a SSª de la suspensión y del nuevo señalamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  INVERSIONES LLAUT SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de les Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veinte de marzo de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA