Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 2918
Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 21 de marzo de 2017 por la que se avoca la competencia de resolución con relación al procedimiento derivado a la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de mayo de 2016 por la que se convoca un procedimiento extraordinario para acceder al modelo de carrera profesional del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares
Antecedentes
1. El 8 de octubre de 2015 se publicó en el BOIB n.º 148 la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de septiembre de 2015 por la que se delegan competencias en materia de gestión de personal estatutario. Concretamente en el punto 2.t se delegaron en el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares las competencias siguientes con relación al personal estatutario al servicio de la sanidad pública autonómica:
Convocar y resolver los procedimientos de reconocimiento del grado alcanzado en la carrera profesional, establecer las bases y el contenido de la evaluación y nombrar a los miembros de los órganos de evaluación, así como homologar los grados de carrera profesional reconocidos por otros servicios de salud.
2. El 2 de abril de 2016 se publicó en el BOIB n.º 42 el Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 17 de marzo de 2016 por el que se aprueba el Texto consolidado de los acuerdos sobre el sistema de promoción, desarrollo y carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares, modificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de enero de 2017 (BOIB n.º 9/2017, de 21 de enero).
3. El 19 de mayo de 2016 se publicó en el BOIB n.º 63 la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de mayo de 2016 por la que se convoca un procedimiento extraordinario para acceder al modelo de carrera profesional del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
4. Tanto dicho Acuerdo de carrera como la convocatoria a que hace referencia el punto anterior prevén la posibilidad de que el personal estatutario fijo con reserva de plaza pueda participar en el procedimiento extraordinario de carrera profesional, aunque en determinados casos únicamente a efectos administrativos.
5. Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes y antes de publicar las listas provisionales del personal que asciende de nivel de carrera profesional, se ha observado que el titular del órgano competente para resolver por delegación tiene también la condición de interesado en el procedimiento.
6. El antecedente 7 de dicha Resolución de 8 de octubre de 2015 prevé las potestades de revocación y avocación del consejero competente en materia de función pública respecto al conocimiento o a la resolución de los asuntos o procedimientos en que lo considere oportuno, siempre de acuerdo con lo que prevén los artículos 25 y 28 de la Ley 3/2003.
Fundamentos jurídicos
1. Artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, relativo a la avocación.
2. Artículos 25.2 y 28 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Avocar la competencia delegada en el director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares que consta en el punto 2.t de la Resolución de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 25 de septiembre de 2015 por la que se delegan competencias en materia de gestión de personal estatutario con relación al procedimiento derivado en la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 16 de mayo de 2016 por la que se convoca un procedimiento extraordinario para acceder al modelo de carrera profesional del personal del Servicio de Salud de las Islas Baleares.
2. Ordenar que se publique esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
3. Ordenar que esta resolución se aplique a todos los actos que vayan a dictarse a partir de la fecha en que tenga efectos.
4. Establecer que esta resolución tiene efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 21 de marzo de 2017
La consejera de Hacienda y Administraciones Públicas
Catalina Cladera Crespí