Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA
Núm. 2917
Resolución del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de 15 de marzo de 2017 por la cual se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica
Dado que han transcurrido cuatro años desde la elección de los miembros del actual Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, corresponde renovar los cargos, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto 27/2009, de 7 de abril, por el cual se aprueba el Decreto de adaptación del régimen jurídico y económico del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica al Decreto 49/2004, de 28 de mayo, de régimen jurídico y económico de los consejos reguladores y otros organismo de gestión y de control de denominación de calidad. Por lo tanto, hay que convocar elecciones de acuerdo con los criterios generales que prevé el Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.
Por eso, en virtud de las facultades que tengo atribuidas en materia de agricultura y a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Artículo 1
Aprobación de la convocatoria de elecciones
Se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, que figura como anexo.
Artículo 2
Publicación
Esta Resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 15 de marzo de 2017
El consejero
Vicenç Vidal Matas
ANEXO
Convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica
1. Convocatoria de elecciones
La convocatoria se hace de conformidad con el artículo 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica.
2. Calendario del proceso electoral
Se aprueba el calendario, referido a días naturales, que tiene que regir el proceso electoral, que figura en el anexo 1.
En caso de que alguno de los días fijados en el calendario electoral coincida en el sábado, domingo o festivo, se habilitará, a este efecto, el día hábil siguiente.
3. Plazos
De acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 139/2002, y con el objetivo de cumplir los plazos que establece el calendario electoral, todos los plazos acaban a las 14 horas. La documentación se puede presentar por correo electrónico (mirosello@semilla-caib.es) y en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en las direcciones siguientes:
C/ de la Reina Constanza, 4 C/ de Eusebi Estada, 145
07006 Palma 07009 Palma
4. Junta Electoral
La Junta Electoral de la Denominación del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica (JED), tiene la sede en las dependencias de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de la calle de Eusebi Estada, 145, de Palma, y tiene que estar compuesta por:
El presidente y los vocales tienen que disponer de un suplente designado de la misma manera que el titular.
Para proponer representantes, las organizaciones profesionales agrarias, de uniones de cooperativas agrarias y de asociaciones empresariales tienen que acreditar la inscripción al registro correspondiente, y la propuesta tiene que ser suscrita por quien ejerza la representación de acuerdo con los estatutos.
Las organizaciones que estén integradas en otra de orden superior no pueden presentar candidato si esta presenta.
Las propuestas se tienen que presentar ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo que se señala en el calendario electoral (anexo 1).
5. Censos electorales
De acuerdo con la normativa del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, los censos electorales son los siguientes:
Sección A Productores
Subsección 1, constituida por los titulares de explotaciones agropecuarias de Mallorca
Subsección 2, constituida por los titulares de explotaciones agropecuarias de Menorca
Subsección 3, constituida por los titulares de explotaciones agropecuarias de Eivissa y Formentera
Sección B Comercializadores, constituida por los titulares de empresas de comercialización final
Sección C Elaboradores, constituida por los titulares de empresas de elaboración
En los plazos que se prevén en el calendario electoral (anexo 1), el Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica tiene que presentar estos censos, debidamente actualizados, ante la JED, la cual tiene que ordenar que se expongan en la sede de la JED, en la sede del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, en los consejos insulares y en la Asociación de Productores de Agricultura ecológica de Mallorca (APAEMA), Menorca (APAEM) e Eivissa y Formentera (APAEEF).
6. Candidaturas
Cualquier titular que figure en los censos definitivos puede ser candidato a vocal del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica.
La solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo tiene que ser la que figura en el anexo 2, y tiene que ir acompañada de la documentación preceptiva que prevé el artículo 16 del Decreto 139/2002, que regula los procesos electorales de los consejos reguladores.
Para cada censo, se tiene que elegir el número de vocales siguiente:
Sección A Productores
Subsección 1: 2 vocales
Subsección 2: 1 vocal
Subsección 3: 1 vocal
Sección B Comercializadores: 1 vocal
Sección C Elaboradores: 1 vocal
7. Mesa electoral
Se tiene que constituir una mesa electoral en Mallorca, en la sede del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica; una en Menorca, en la sede del Consejo Insular de Menorca, y una en Eivissa, en la sede del Consejo Insular de Eivissa. Cada mesa tiene que estar compuesta por un presidente y dos vocales, designados por la JED, en el plazo que se prevé en el calendario electoral (anexo 1).
8. Sobres y papeletas
El formato y las características de las papeletas y de los sobres se tienen que ajustar al modelo del anexo 3.
9. Jornada de votación
La jornada de votación tiene que empezar a las 9 horas del día 6 de junio de 2017 con la constitución de la Mesa Electoral, incluidos los interventores (anexo 4), si hay. Una vez se haya constituido la Mesa, se tiene que extender el acta de constitución de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 5, y posteriormente tiene que empezar la votación.
El presidente tiene que comprobar que están todos los medios necesarios para el desarrollo normal de la jornada de votación, y seguidamente ordenar el inicio, que tiene que durar hasta las 14 horas. El desarrollo de la jornada de votación se tiene que adecuar al Decreto 139/2002, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.
10. Documentación electoral
Una vez ha acabado la votación y el escrutinio, se tiene que redactar el acta de la sesión de acuerdo con el modelo del anexo 6. Seguidamente los miembros de la Mesa Electoral tienen que completar la documentación electoral y entregarla a la JED.
Anexo 1: calendario electoral
Anexo 2: solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo
Anexo 3: modelo de papeleta oficial
Anexo 4: modelo de designación de interventor
Anexo 5: modelo de acta de constitución de la Mesa Electoral
Anexo 6: modelo de acta de la sesión
Anexo 7: modelo de escrito de impugnación
11. Normativa aplicable
En todo lo que no determina expresamente esta Resolución se tienen que aplicar supletoriamente el Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, y la Ley 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.
12. Notificaciones y comunicaciones telemáticas
De acuerdo con lo que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la presentación de escritos y cualquier comunicación derivada de los actos propios del proceso electoral se puede hacer por correo electrónico (mirosello@semilla-caib.es) o las direcciones de la JED siguientes:
C/ de la Reina Constanza, 4 C/ de Eusebi Estada, 145
07006 Palma 07009 Palma
ANEXO 1
Calendario electoral
Fecha |
Periodo |
Concepto |
---|---|---|
27/3/2017 |
|
Convocatoria de elecciones; fecha de entrada en vigor |
27/3/2017 |
7/4/2017 |
Presentación de representantes en la JED |
10/4/2017 |
|
Designación de los miembros de la JED |
10/4/2017 |
|
Constitución de la JED |
27/3/2017 |
10/4/2017 |
El Consejo Regulador tiene que enviar el censo electoral a la JED |
10/4/2017 |
27/4/2017 |
Exposición de los censos provisionales en la sede de la JED, en los consejos insulares, en el Consejo Regulador y en las asociaciones de productores ecológicos de las Islas Baleares |
10/4/2017 |
27/4/2017 |
Reclamaciones al censo electoral provisional |
5/5/2017 |
|
Aprobación de los censos electorales definitivos |
5/5/2017 |
|
Exposición del censos definitivos en la sede de la JED, en los consejos insulares, en el Consejo Regulador y en las asociaciones de productores ecológicos de las Islas Baleares |
5/5/2017 |
12/5/2017 |
Presentación de candidaturas a vocales del Consejo |
5/5/2017 |
23/5/2017 |
Solicitudes de votación por correo |
15/5/2017 |
|
Proclamación provisional de las candidaturas |
15/5/2017 |
22/5/2017 |
Exposición de las candidaturas provisionales |
15/5/2017 |
22/5/17 |
Reclamaciones y recursos a la proclamación provisional de las candidaturas |
26/5/2017 |
|
Proclamación definitiva de las candidaturas |
26/5/2017 |
|
Nombramiento de los miembros de las mesas electorales |
26/5/2017 |
30/5/2017 |
Alegaciones a los nombramientos de los miembros de las mesas electorales |
01/6/2017 |
|
Resolución de posibles alegaciones a los nombramientos de los miembros de las mesas electorales |
26/5/2017 |
5/6/2017 |
Campaña electoral |
26/5/2017 |
6/6/2017 |
Envío de documentación de los solicitantes de voto por correo |
26/5/2017 |
1/6/2017 |
Solicitudes de nombramiento de interventores |
6/6/2017 |
|
Elecciones |
6/6/2017 |
|
Asignación provisional de las vocalías electas |
6/6/2017 |
|
Proclamación provisional de las vocalías electas |
6/6/2017 |
9/6/2017 |
Recursos y resoluciones contra la proclamación provisional de las vocalías electas |
13/6/2017 |
|
Proclamación definitiva de las vocalías electas |
13/6/2017 |
|
Tramitación de credenciales |
13/6/2017 |
|
Provisión de los miembros de la Junta para las organizaciones |
19/6/2017 |
|
Sesión constitutiva del Consejo y propuesta de las candidaturas a la Presidencia y la Vicepresidencia |