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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y PESCA

Núm. 2917
Resolución del consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de 15 de marzo de 2017 por la cual se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica

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Texto

Dado que han transcurrido cuatro años desde la elección de los miembros del actual Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, corresponde renovar los cargos, de acuerdo con el artículo 5 del Decreto 27/2009, de 7 de abril, por el cual se aprueba el Decreto de adaptación del régimen jurídico y económico del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica al Decreto 49/2004, de 28 de mayo, de régimen jurídico y económico de los consejos reguladores y otros organismo de gestión y de control de denominación de calidad. Por lo tanto, hay que convocar elecciones de acuerdo con los criterios generales que prevé el Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

Por eso, en virtud de las facultades que tengo atribuidas en materia de agricultura y a propuesta de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1

Aprobación de la convocatoria de elecciones

Se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, que figura como anexo.

Artículo 2

Publicación

Esta Resolución se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 15 de marzo de 2017

El consejero

Vicenç Vidal Matas

ANEXO

Convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica

1. Convocatoria de elecciones

La convocatoria se hace de conformidad con el artículo 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica.

2. Calendario del proceso electoral

Se aprueba el calendario, referido a días naturales, que tiene que regir el proceso electoral, que figura en el anexo 1.

En caso de que alguno de los días fijados en el calendario electoral coincida en el sábado, domingo o festivo, se habilitará, a este efecto, el día hábil siguiente.

3. Plazos

De acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 139/2002, y con el objetivo de cumplir los plazos que establece el calendario electoral, todos los plazos acaban a las 14 horas. La documentación se puede presentar por correo electrónico (mirosello@semilla-caib.es) y en el Registro de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en las direcciones siguientes:

C/ de la Reina Constanza, 4                          C/ de Eusebi Estada, 145

07006 Palma                                                              07009 Palma

4. Junta Electoral

La Junta Electoral de la Denominación del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica (JED), tiene la sede en las dependencias de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca de la calle de Eusebi Estada, 145, de Palma, y tiene que estar compuesta por:

  • Un presidente designado por el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca.
  • Un representante de cada una de las organizaciones profesionales agrarias, de uniones de cooperativas agrarias y de asociaciones empresariales representativas del sector, con implantación en el territorio insular donde esté ubicada la denominación de calidad, de entre las personas que propongan estas entidades.
  • Dos funcionarios designados por el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, uno de los cuales tiene que actuar de secretario.
  • Un representante designado por el Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica.

El presidente y los vocales tienen que disponer de un suplente designado de la misma manera que el titular.

Para proponer representantes, las organizaciones profesionales agrarias, de uniones de cooperativas agrarias y de asociaciones empresariales tienen que acreditar la inscripción al registro correspondiente, y la propuesta tiene que ser suscrita por quien ejerza la representación de acuerdo con los estatutos.

Las organizaciones que estén integradas en otra de orden superior no pueden presentar candidato si esta presenta.

Las propuestas se tienen que presentar ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca en el plazo que se señala en el calendario electoral (anexo 1).

5. Censos electorales

De acuerdo con la normativa del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, los censos electorales son los siguientes:

Sección A Productores

Subsección 1, constituida por los titulares de explotaciones agropecuarias de Mallorca

Subsección 2, constituida por los titulares de explotaciones agropecuarias de Menorca

Subsección 3, constituida por los titulares de explotaciones agropecuarias de Eivissa y Formentera

Sección B Comercializadores, constituida por los titulares de empresas de comercialización final

Sección C Elaboradores, constituida por los titulares de empresas de elaboración

En los plazos que se prevén en el calendario electoral (anexo 1), el Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica tiene que presentar estos censos, debidamente actualizados, ante la JED, la cual tiene que ordenar que se expongan en la sede de la JED, en la sede del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica, en los consejos insulares y en la Asociación de Productores de Agricultura ecológica de Mallorca (APAEMA), Menorca (APAEM) e Eivissa y Formentera (APAEEF).

6. Candidaturas

Cualquier titular que figure en los censos definitivos puede ser candidato a vocal del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica.

La solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo tiene que ser la que figura en el anexo 2, y tiene que ir acompañada de la documentación preceptiva que prevé el artículo 16 del Decreto 139/2002, que regula los procesos electorales de los consejos reguladores.

Para cada censo, se tiene que elegir el número de vocales siguiente:

Sección A Productores

Subsección 1: 2 vocales

Subsección 2: 1 vocal

Subsección 3: 1 vocal

Sección B Comercializadores: 1 vocal

Sección C Elaboradores: 1 vocal

7. Mesa electoral

Se tiene que constituir una mesa electoral en Mallorca, en la sede del Consejo Balear de la Producción Agraria Ecológica; una en Menorca, en la sede del Consejo Insular de Menorca, y una en Eivissa, en la sede del Consejo Insular de Eivissa. Cada mesa tiene que estar compuesta por un presidente y dos vocales, designados por la JED, en el plazo que se prevé en el calendario electoral (anexo 1).

8. Sobres y papeletas

El formato y las características de las papeletas y de los sobres se tienen que ajustar al modelo del anexo 3.

9. Jornada de votación

La jornada de votación tiene que empezar a las 9 horas del día 6 de junio de 2017 con la constitución de la Mesa Electoral, incluidos los interventores (anexo 4), si hay. Una vez se haya constituido la Mesa, se tiene que extender el acta de constitución de acuerdo con el modelo que figura en el anexo 5, y posteriormente tiene que empezar la votación.

El presidente tiene que comprobar que están todos los medios necesarios para el desarrollo normal de la jornada de votación, y seguidamente ordenar el inicio, que tiene que durar hasta las 14 horas. El desarrollo de la jornada de votación se tiene que adecuar al Decreto 139/2002, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

10. Documentación electoral

Una vez ha acabado la votación y el escrutinio, se tiene que redactar el acta de la sesión de acuerdo con el modelo del anexo 6. Seguidamente los miembros de la Mesa Electoral tienen que completar la documentación electoral y entregarla a la JED.

Anexo 1: calendario electoral

Anexo 2: solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo

Anexo 3: modelo de papeleta oficial

Anexo 4: modelo de designación de interventor

Anexo 5: modelo de acta de constitución de la Mesa Electoral

Anexo 6: modelo de acta de la sesión

Anexo 7: modelo de escrito de impugnación

11. Normativa aplicable

En todo lo que no determina expresamente esta Resolución se tienen que aplicar supletoriamente el Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, por el cual se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, y la Ley 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general.

12. Notificaciones y comunicaciones telemáticas

De acuerdo con lo que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la presentación de escritos y cualquier comunicación derivada de los actos propios del proceso electoral se puede hacer por correo electrónico (mirosello@semilla-caib.es) o las direcciones de la JED siguientes:

C/ de la Reina Constanza, 4                                      C/ de Eusebi Estada, 145

07006 Palma                                                                         07009 Palma

 

ANEXO 1

Calendario electoral

Fecha

Periodo

Concepto

27/3/2017

Convocatoria de elecciones; fecha de entrada en vigor

27/3/2017

7/4/2017

Presentación de representantes en la JED

10/4/2017

Designación de los miembros de la JED

10/4/2017

Constitución de la JED

27/3/2017

10/4/2017

El Consejo Regulador tiene que enviar el censo electoral a la JED

10/4/2017

27/4/2017

Exposición de los censos provisionales en la sede de la JED, en los consejos insulares, en el Consejo Regulador y en las asociaciones de productores ecológicos de las Islas Baleares

10/4/2017

27/4/2017

Reclamaciones al censo electoral provisional

5/5/2017

Aprobación de los censos electorales definitivos

5/5/2017

Exposición del censos definitivos en la sede de la JED, en los consejos insulares, en el Consejo Regulador y en las asociaciones de productores ecológicos de las Islas Baleares

5/5/2017

12/5/2017

Presentación de candidaturas a vocales del Consejo

5/5/2017

23/5/2017

Solicitudes de votación por correo

15/5/2017

Proclamación provisional de las candidaturas

15/5/2017

22/5/2017

Exposición de las candidaturas provisionales

15/5/2017

22/5/17

Reclamaciones y recursos a la proclamación provisional de las candidaturas

26/5/2017

Proclamación definitiva de las candidaturas

26/5/2017

Nombramiento de los miembros de las mesas electorales

26/5/2017

30/5/2017

Alegaciones a los nombramientos de los miembros de las mesas electorales

01/6/2017

Resolución de posibles alegaciones a los nombramientos de los miembros de las mesas electorales

26/5/2017

5/6/2017

Campaña electoral

26/5/2017

6/6/2017

Envío de documentación de los solicitantes de voto por correo

26/5/2017

1/6/2017

Solicitudes de nombramiento de interventores

6/6/2017

Elecciones

6/6/2017

Asignación provisional de las vocalías electas

6/6/2017

Proclamación provisional de las vocalías electas

6/6/2017

9/6/2017

Recursos y resoluciones contra la proclamación provisional de las vocalías electas

13/6/2017

Proclamación definitiva de las vocalías electas

13/6/2017

Tramitación de credenciales

13/6/2017

Provisión de los miembros de la Junta para las organizaciones

19/6/2017

Sesión constitutiva del Consejo y propuesta de las candidaturas a la Presidencia y la Vicepresidencia

Documentos adjuntos