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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDAD

Núm. 2898
Resolución del consejero de Educación y Universidad de 10 de marzo de 2017 por la que se autoriza al centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca, a impartir el CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería, el CFGM de Farmacia y Parafarmacia, el CFGS de Higiene Bucodental, el CFGS de Dietética, el CFGS de Prótesis Dentales y el CFGS de Salud Ambiental en régimen de enseñanza a distancia

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Texto

Hechos

1. Mediante una resolución del consejero de Educación y Cultura de 20 de noviembre de 2009 (BOIB n.º 176, de 3 de diciembre), se autorizó el centro privado de formación profesional ADEMA, de Palma (código: 07005647), con la configuración siguiente:

Ciclos formativos de grado medio:

- Cuidados Auxiliares de Enfermería: 2 grupos y 20 plazas escolares (horario de mañana).

- Atención Sociosanitaria: 1 grupo y 15 plazas escolares (horario de mañana), que se ha transformado en el título LOE de Atención a Personas en Situación de Dependencia.

- Farmacia: 1 grupo y 20 plazas escolares (horario de mañana), que se ha transformado en el título LOE de Farmacia y Parafarmacia.

Ciclos formativos de grado superior:

- Higiene Bucodental: 2 grupos y 40 plazas escolares (horario de tarde).

- Prótesis Dentales: 2 grupos y 40 plazas escolares (1 de horario de mañana y 1 de horario de tarde).

- Dietética: 1 grupo y 15 plazas escolares (horario de tarde).

- Salud Ambiental: 1 grupo y 15 plazas escolares (horario de tarde)

2. Mediante una resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 6 de octubre de 2014 (BOIB n.º 149, de 30 de octubre), se autorizó una unidad del CFGS de Higiene Bucodental con temporalización especial y se desestimó la autorización para realizar una nueva distribución temporal y horaria especial para el CFGM de Farmacia y Parafarmacia en el centro privado de formación profesional ADEMA, de Palma. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la manera siguiente:

Ciclos formativos de grado medio:

- CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería (título LOGSE): 2 unidades y 10 plazas escolares (2 grupos y 20 plazas escolares en horario de mañana).

- CFGM de Farmacia y Parafarmacia (título LOE): 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares en horario de mañana).

- CFGM de Atención a Personas en Situación de Dependencia (título LOE): 1 unidad y 15 plazas escolares (2 grupos y 30 plazas escolares en horario de mañana).

Ciclos formativos de grado superior:

- CFGS de Higiene Bucodental (título LOGSE): 3 unidades (3 grupos) y 60 plazas escolares (horario de mañana / horario de tarde y horario de temporalización especial).

- CFGS de Prótesis Dentales (título LOE): 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares, horario de mañana / 1 horario de tarde).

- CFGS de Dietética (título LOGSE): 1 unidad (1 grupo) y 15 plazas escolares (horario de tarde).

- CFGS de Salud Ambiental (título LOGSE): 1 unidad (1 grupo) y 15 plazas escolares (horario de temporalización especial).

Adscripción administrativa: los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Francesc de Borja Moll, de Palma (código 07006238).

3. El 22 de marzo de 2016 (NRE 16064/2016), el señor Gabriel González Molinero, como representante del centro, presentó una solicitud de autorización para impartir los ciclos formativos que se enumeran a continuación en régimen de enseñanza a distancia, en la que especificaba el tanto por ciento de horas presenciales (30 %) y no presenciales (70 %) que tendrían que hacerse en el centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca: CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería, CFGM de Farmacia y Parafarmacia, CFGS de Higiene Bucodental, CFGS de Dietética, CFGS de Prótesis Dentales y CFGS de Salud Ambiental.

4. El 5 de mayo de 2016, el Servicio de Oferta Formativa e Infraestructuras emitió un informe favorable, con el visto bueno del jefe del Departamento de Formación Profesional y Calificaciones Profesionales, sobre los equipamientos y el entorno virtual utilizado para la comunicación, la impartición del temario y la entrega de las tareas a distancia de los ciclos solicitados por el centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca.

5. El 6 de marzo de 2017, el jefe del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización para impartir el CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería, el CFGM de Farmacia y Parafarmacia, el CFGS de Higiene Bucodental, el CFGS de Dietética, el CFGS de Prótesis Dentales y el CFGS de Salud Ambiental en régimen de enseñanza a distancia en el centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca, dado que el centro ya tiene autorizadas las enseñanzas mencionadas en la modalidad presencial, lo cual es un requisito necesario para poder impartir enseñanzas a distancia.

Fundamentos de derecho

1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE n.º 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán n.º 7 de 1985).

2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE n.º 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán n.º 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE n.º 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. El Real decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE n.º 182, de 30 de julio).

4. El Decreto 91/2012, de 23 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo en el sistema integrado de formación profesional en las Illes Balears (BOIB n.º 177, de 29 de noviembre).

5. Las Instrucciones del jefe del Departamento de Planificación y Centros (NRS 175/2014, de 6 de marzo) referentes a la normativa de mínimos aplicable para la autorización de centros privados de FP, aplicación del principio de especialidad.

6. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE n.º 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán n.º 9, de 16 de marzo), el cual establece en el artículo 36.2 que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 120, de 8 de agosto), modificado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero (BOIB n.º 23, de 18 de febrero), y por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo (BOIB n.º 60, de 12 de mayo).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros con fecha de 7 de marzo de 2017, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2016-2017, al centro privado de formación profesional ADEMA, Escuela Dental de Mallorca, a impartir el CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería, el CFGM de Farmacia y Parafarmacia, el CFGS de Higiene Bucodental, el CFGS de Dietética, el CFGS de Prótesis Dentales y el CFGS de Salud Ambiental en régimen de enseñanza a distancia.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07005647

Denominación genérica: centro privado de formación profesional específica

Denominación específica: ADEMA, Escuela Dental de Mallorca

Titular: ADEMA, SL

Domicilio: c. de Joaquim Maria Bover, n.º 13, bajos

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07005

Enseñanzas autorizadas:

Ciclos formativos de grado medio:

- CFGM de Cuidados Auxiliares de Enfermería (título LOGSE): 2 unidades y 10 plazas escolares (2 grupos y 20 plazas escolares en horario de mañana), presencial y a distancia.

- CFGM de Farmacia y Parafarmacia (título LOE): 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares en horario de mañana), presencial y a distancia.

- CFGM de Atención a Personas en Situación de Dependencia (título LOE): 1 unidad y 15 plazas escolares (2 grupos y 30 plazas escolares en horario de mañana), presencial.

Ciclos formativos de grado superior:

- CFGS de Higiene Bucodental (título LOGSE): 3 unidades (3 grupos) y 60 plazas escolares (horario de mañana / horario de tarde y horario de temporalización especial), presencial y a distancia.

- CFGS de Prótesis Dentales (título LOE): 1 unidad y 20 plazas escolares (2 grupos y 40 plazas escolares, horario de mañana / 1 horario de tarde), presencial y a distancia.

- CFGS de Dietética (título LOGSE): 1 unidad (2 grupos) y 15 plazas escolares (horario de tarde), presencial y a distancia.

- CFGS de Salud Ambiental (título LOGSE): 1 unidad (1 grupo) y 15 plazas escolares (horario de temporalización especial), presencial y a distancia.

Adscripción administrativa:

Los ciclos formativos de grado medio y de grado superior quedan adscritos al IES Francesc de Borja Moll, de Palma (código 07006238).

3. Recordar al centro mencionado que está obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se tenga que modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 10 de marzo de 2017

El consejero de Educación y Universidad

Martí X. March Cerdà