Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2885
Delito leve 34/16
D/D.ª MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Letrado de la Administración de Justicia de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.
POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000034 /2016 ha recaído Sentencia, del tenor literal:
SENTENCIA Nº 34/16
En Palma de Mallorca, a seis de octubre de dos mil dieciséis.
El Iltmo. Sr. D. José Castro Aragón, Magistrado-Juez Accidental de este Juzgado, habiendo visto las diligencias expresadas al margen y celebrado el correspondiente juicio oral inmediato sobre delito leve de hurto, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, representado por la Iltma. Sra. Doña Beatriz Domínguez, en nombre de S.M. El Rey, pronuncia la presente Sentencia con base en los siguientes:
FALLO
Que debo condenar y condeno a Lorena Ponce Navarro, a Vanesa Rubio Amaya y a María José Cortés Navarro, como autoras responsables de un delito leve de hurto intentado, previsto y penado en el artículo 234. 2º y 3º del Código Penal más otro de amenazas leves del art. 171. 7 del mismo texto legal, a la pena de cincuenta y nueve días-multa por el primero y treinta por el segundo, a razón en ambos casos de tres euros/día y pago de costas.
Contra esta Sentencia cabe interponer ante la Audiencia Provincial recurso de apelación que se formulará por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.
Así por esta mi Sentencia, de la que se unirá certificación a las actuaciones para su notificación y cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.
Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste y sirva de notificación a VANESA RUBIO AMAYA extiendo y firmo el presente en PALMA DE MALLORCA, a nueve de marzo de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA