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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS

Núm. 2884
Aprobación fichero de datos personales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Se hace público para general conocimiento que mediante Resolución de Alcaldía núm. 2017/228, de día 22.03.17, la Alcaldesa ha dictado la siguiente Resolución:

“El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, introdujo, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.

En el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma,

RESUELVO

Primero. Crear el fichero que consta en el anexo I de esta Resolución en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999 y el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo.

Segundo. El fichero que se recoge en el anexo de este Decreto de Alcaldía, se regirá por las disposiciones generales e instrucciones que en él se detallan y estará sometido, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que le sean aplicables.

Tercero. Publicar íntegramente el contenido de la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Cuarto. En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, el fichero será notificado para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Quinto. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

ANEXO I

Fichero de nueva creación

 Fichero: Redes Sociales

a) Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.

a.1) Identificación del fichero: Redes Sociales

a.2) Finalidad y usos previstos: Estadística y análisis de contenido (Estadística (encuestas sociológicas y de opinión))

b) Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.

b.1) Colectivo:

Ciudadanos y residentes.

b.2) Procedencia:

Redes sociales (el propio interesado o su representante legal)

Procedimiento de recogida: páginas web de redes sociales.

c) Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.

c.1) Estructura:

Datos identificativos: nombre y apellidos, pseudónimo, correo electrónico, identificadores de redes (twitter, google).

Otras categorías de carácter personal:

Datos de transacciones (comentarios sobre actividades culturales).

c.2) Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.

d) Comunicaciones de los datos previstas:

No se prevén cesiones o comunicaciones de datos.

e) Transferencias internacionales previstas a terceros países:

No se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del Espacio Económico Europeo.

f) Órganos responsables del fichero:

Ayuntamiento de Sant Lluís.

g) Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición:

Ayuntamiento de Sant Lluís.

h) Nivel de medidas de seguridad: Nivel Medio.”

Lo que se publica, a fin de dar cumplimiento al mandato de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

  

Sant Lluís, 22 de marzo de 2017

La Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís

M. Montserrat Morlà Subirats