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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSPARENCIA, CULTURA Y DEPORTES

Núm. 2797
Resolución de la Consejera de Transparencia, Cultura y Deportes al amparo de la Resolución de la consejera de Participación, Cultura y Deportes de 3 de enero nde 2017 por la cual se convocan ayudas a los deportistas y a los clubes deportivos de las Islas Baleares para facilitarles los desplazamientos a la península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos de los años 2016, 2017, 2018 y 2019 (BOIB núm. 15, de 4 de febrero de 2017)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Hechos

1. Las personas y las entidades que figuran en el punto 1 de esta Resolución han presentado a la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para facilitarles los desplazamientos a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos de los años 2016, 2017, 2018 y 2019.

2. El Servicio de Administración Deportiva de la Dirección General de Deportes y Juventud ha examinado las solicitudes y está conforme con los aspectos siguientes: 

  • Las personas y entidades solicitantes, por su naturaleza, podrán ser beneficiarios de la subvención objeto de la convocatoria.
  • Las personas y entidades han presentado las solicitudes dentro del plazo y de la manera adecuada y han adjuntado la documentación exigida por la convocatoria.
  • Las personas y entidades han presentado la factura acreditativa del desplazamiento y el acta del partido o prueba deportiva emitida por la correspondiente federación deportiva.
  • Las personas y entidades deportivas se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Administración Tributaria.

3. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el punto 1, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente a la partida presupuestaria 26501 457A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2017. 

Fundamentos de derecho

1. El artículo 21.4 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que la resolución, que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, se ha de notificar individualmente o mediante publicación en el BOIB, de acuerdo con lo que se dispone en la convocatoria.

2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013).

3. El apartado 6.5 de la Resolución de la Consejera de  Transparencia, Cultura y Deportes de 3 de enero de 2017 (BOIB nº 15, de 4 de febrero de 2017) dispone que la resolución expresa de la consejera de Participación, Transparencia y Cultura finaliza el procedimiento de concesión de subvención. La resolución colectiva se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el plazo de seis meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes.

4. La propuesta de resolución de concesión de ayudas de la Dirección General de Deportes y Juventud de 13 de febrero de 2017. 

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la concesión de subvenciones, para facilitarles los desplazamientos a la Península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla  para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, a los beneficiarios que figuran a continuación

 

Nº expediente

Solicitante

Importe solicitado

Total subvención

P/2017-2019/1

Marc Horrach Coll

472,17 €

236,08 €

P/2017-2019/2

Federación Balear de Vela

2.692,71 €

1.156,75 €

P/2017-2019/3

M. Ángeles Alcarria Cuevas

224,00 €

100,00 €

P/2017-2019/5

Club Deportivo Discaesports

1.455,32 €

442,09 €

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB. 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Transparencia, Cultura y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación (o notificación), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de  Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 9 de marzo de 2017  

El secretario general

Xavier-Lluís Bacigalupe i Blanco

Resolución de la Consejera de Transparencia, Cultura y Deportes

de delegación de competencias y firma

(BOIB nº 55, de 03.05.2016)