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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA

Núm. 2783
Juicio Verbal 1047/2015

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Texto

Dª. AMANDA PONS BOIX, Letrada de la Administración de Justicia, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.3 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,

A N U N C I O:

En el presente procedimiento seguido a instancia de ZURICH y de Dª ELENA JUAN PICO frente a D. BRYAN TONELLI se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

S E N T E N C I A.

En Ibiza a veintiocho de febrero de dos mil diecisiete

Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, los presentes autos de Juicio Verbal 1047/2.015, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de ELENA JUAN PICO y ZURICH, representadas por el Procurador de los Tribunales Sr. Landáburu Riera con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sra. Cristina Tur Sanz, contra BRYAN TONELLI, declarado en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver sobre la base de los siguientes:

[…]

FALLO

ESTIMO la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Landáburu Riera en nombre y representación de ELENA JUAN PICO y ZURICH, contra BRYAN TONELLI y, en consecuencia, CONDENO al demandado a abonar a ELENA JUAN PICO la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA EUROS (270 euros), más los intereses legales correspondientes, y a ZURICH la cantidad de QUINIENTOS UNO CON VEINTICUATRO EUROS (501’24 euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada.

 Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que no cabe formular recurso de apelación, conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC.

Y encontrándose dicho demandado, D. BRYAN TONELLI, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

IBIZA/EIVISSA a dos de marzo de dos mil diecisiete.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,