Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 1954
Procedimiento ordinario 533/2010
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
Nº 175
En Palma de Mallorca, a treinta de diciembre de dos mil quince.
MARIA ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, HE VISTO Y EXAMINADO los presentes autos de juicio ordinario nº 533/10, seguidos a instancia de D. JOSÉ ANTONIO ROBLES JUÁREZ Y Dª. CARMEN ESTEVE MANJÓN, representados por la Procuradora Dª. Sara Álvarez- Novoa Truyols y defendidos por el Letrado D. Ricardo González Zayas, contra la sociedad “ALTOMAR BALEAR PROMOCIONES S.L.”, representada por el Procurador D. Antonio Juan Ramón Roig y defendida por el Letrado D. Hugo Torres Quetglas, con la intervención de los agentes intervinientes en el proceso constructivo llamados al proceso por la parte demandada: el Arquitecto D. Juan Rotger Arbona, representado por el Procurador D. Antonio Ferragut Cabanellas y defendido por el letrado D. Gabriel Lladó Ribot, el Arquitecto Técnico D. Nicolás Morell Cotoner, representado por la Procuradora Dª. Carmen Gayà Font y defendido por el letrado D. Emilio Adame, y la constructora “Stico S.L.”, que no compareció en autos, sobre declaración de existencia de defectos constructivos y condena a su reparación.
Contra la presente resolución se podrá anunciar recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente a su notificación.
Se hace saber a los referidos demandados que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando esta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que contra ella no cabe la interposición de recurso.
El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaria General de al administración de Justicia.
Y como consecuencia del ignorado paradero de STICO SL , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En PALMA DE MALLORCA, a dos de Diciembre de dos mil dieciséis.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUDICIAL